Aranjuez (BOCM-20221025-53)
Organización y funcionamiento. Ordenanza Administración Electrónica
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 254

Fecha y hora oficial, calendario de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos
aplicable a la Administración del Ayuntamiento de Aranjuez.
7. Información de cualquier incidencia técnica que acontezca o imposibilite el funcionamiento del sistema así como de la ampliación del plazo no vencido que, en
su caso, acuerde el órgano competente debido a ella.
2. La sede electrónica dispondrá, al menos, de los siguientes servicios, sin perjuicio
de que se vayan incorporando otros nuevos:
a) Un acceso a los servicios y trámites disponibles en la sede electrónica del Ayuntamiento de Aranjuez, con indicación de los plazos máximos de duración de los
procedimientos, excluyendo las posibles ampliaciones o suspensiones que en su
caso, pudiera acordar el órgano competente.
b) Un enlace para la formulación de sugerencias y quejas ante el órgano municipal
competente en cada caso.
c) Los mecanismos de comunicación y procedimiento de reclamación establecidos al respecto de los requisitos de accesibilidad de los sitios web y aplicaciones móviles del sector público.
d) Sistema de verificación de los certificados de la sede electrónica.
e) Sistema de verificación de los sellos electrónicos de los órganos, organismos públicos o entidades de derecho público que abarque la sede electrónica.
f) Servicio de comprobación de la autenticidad e integridad de los documentos emitidos por los órganos, organismos públicos o entidades de derecho público comprendidos en el ámbito de la sede electrónica, que hayan sido firmados por cualquiera de los sistemas de firma conformes a la Ley 40/2015, 1 de octubre, y para
los cuales se haya generado un código seguro de verificación.
g) Acceso a los modelos, y sistemas de presentación masiva, de uso voluntario, que
permitan a las personas interesadas presentar simultáneamente varias solicitudes
en la forma que establezca el Ayuntamiento de Aranjuez.
h) Acceso a los modelos normalizados de presentación de solicitudes que establezca
el Ayuntamiento de Aranjuez u organismo público o entidad de derecho público
vinculado.
i) Servicio de consulta del directorio geográfico de oficinas de asistencia en materia de registros, que permita al interesado identificar la más próxima a su dirección de consulta.
3. De acuerdo con lo previsto en el artículo 66.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el
Ayuntamiento de Aranjuez deberá mantener y actualizar en su sede electrónica un listado con
los códigos de identificación vigentes de sus órganos, centros o unidades administrativas.
Art. 8. Calidad, usabilidad y accesibilidad de la sede electrónica.—1. El Ayuntamiento de Aranjuez velará por la calidad de toda la información puesta a disposición en su sede electrónica, identificando debidamente y mencionando el origen de la obtenida de fuentes externas.
2. El Ayuntamiento de Aranjuez velará por que el diseño de su sede electrónica y la
estructura de los menús facilite su uso por la ciudadanía, siguiendo las normas y aplicando
las metodologías definidas para la mejora de la usabilidad de los sitios web.
3. El Ayuntamiento de Aranjuez facilitará la posibilidad de acceso a su sede electrónica, procurando a tal efecto en las sedes físicas del Ayuntamiento de Aranjuez y en cualquier otra ubicación que se determine.
4. La Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento auxiliará en el acceso a
los servicios que ofrece el portal electrónico, a aquellos vecinos u organizaciones que no
pudieren acceder al portal electrónico.
5. Toda información deberá ser publicada de forma que resulte fácilmente comprensible a la ciudadanía.
Art. 9. Operatividad de la sede electrónica.—1. Los servicios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Aranjuez estarán disponibles las veinticuatro horas del día, todos
los días del año.
2. Cuando por razones técnicas se prevea que la sede electrónica o algunos de sus servicios puedan no estar operativos deberá anunciarse a los usuarios y usuarias con la máxima antelación que sea posible, indicando los medios de consulta alternativos que estén disponibles.
Art. 10. Cuestiones organizativas.—1. La responsabilidad de la gestión de la sede
electrónica recaerá en la unidad administrativa de Desarrollo Tecnológico.
2. Las decisiones relativas al alojamiento en servidores y adquisición de dominios y
subdominios relacionadas con todas las sedes y subsedes electrónicas del Ayuntamiento serán
competencia exclusiva de la Concejalía competente en materia de sistemas informáticos.

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