Colmenar Viejo (BOCM-20221024-74)
Organización y funcionamiento. Ordenanza vehículos en estado de abandono
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 253

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE OCTUBRE DE 2022

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TÍTULO II
Vehículos abandonados y vehículos residuos sólidos
Art. 4. Vehículo abandonado.—1. Se presumirá racionalmente el estado de abandono de un vehículo en aquellos supuestos que a continuación se relacionan:
a) Cuando hayan transcurrido más de dos meses desde que el vehículo fuera depositado por la Administración, tras su retirada de la vía pública, y su titular no hubiera formulado alegaciones.
b) Cuando permanezca estacionado por un período superior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios, por carecer de alguno de los elementos necesario (ITV caducada, falta de faros, retrovisores, ruedas pinchadas o desinfladas, cristales rotos, etc.).
c) Cuando le falten las placas de matrícula.
d) Cuando consultada la base de datos de la Dirección General de Tráfico el vehículo
figure en la misma en “situación de baja definitiva”.
e) Cuando recogido un vehículo como consecuencia de avería o accidente del mismo
en un recinto privado su titular no lo hubiese retirado en el plazo de dos meses. En
este caso, el propietario o responsable del lugar o recinto deberá solicitar de la Jefatura Provincial de Tráfico autorización para el tratamiento residual del vehículo. A estos efectos deberá aportar la documentación que acredite haber solicitado
al titular del vehículo la retirada de su recinto.
2. En los supuestos contemplado en los apartados anteriores, excepto en el establecido en el apartado 1.e) y en aquellos vehículos que, aun teniendo signos de abandono, mantengan la placa de matriculación o disponga de cualquier signo o marca visible que permita la identificación de su titular, se requerirá al mismo una vez transcurridos los
correspondientes plazos, para que en el plazo de un mes retire el vehículo del depósito, con
la advertencia de que en caso contrario, se procederá a su traslado al Centro Autorizado de
Tratamiento.
3. En los casos contemplados en los apartados 1.c) y 1.d), se procederá a la inmediata retirada del vehículo de la vía pública y a su trasladado al Depósito Municipal de Vehículos.
Art. 5. Vehículo residuo sólido doméstico.—Se considera que un vehículo constituye residuo sólido cuando por su estado pueda suponer un peligro para el resto de usuarios
de la vía, o si carece de placa de matrícula. Los vehículos abandonados en la vía pública,
una vez tramitado el correspondiente expediente, serán considerados, en su caso, residuos
sólidos, y se les aplicará el procedimiento propio de estos últimos.
Art. 6. Grúa.—1. Los vehículos abandonados en la vía pública y los vehículos residuos sólidos serán retirados por el servicio de grúa municipal, siendo trasladados a los lugares habilitados para este fin.
2. Las tasas correspondientes de traslado y permanencia en el depósito se devengarán según lo dispuesto en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio, de retirada, inmovilización, traslado y depósito de vehículos, siendo a cargo del titular
del vehículo.
TÍTULO III

Art. 7. Iniciación.—1. Cuando cualquier agente o patrulla de la Policía Local, localice en la vía pública un vehículo que, por sus síntomas externos, haga presumir objetivamente su estado de abandono, se levantará Acta de Primera Inspección, la cual dará lugar a la iniciación del expediente, y se procederá a colocar en el mismo una pegatina
adhesiva en lugar visible, informando al responsable del vehículo de la situación de abandono del mismo.
2. Sobre este adhesivo o elemento similar, se consignará la matrícula, fecha de colocación, nombre y número de la calle en que se encuentra y número de teléfono de la Policía Local al que el titular debe llamar.
3. Asimismo, tomarán los datos del vehículo, datos sobre el estado en que se encuentre, lugar exacto de la vía pública donde está estacionado, así como reportaje fotográfico
ilustrativo de su estado y de las marcas de coincidencia realizadas, cumplimentado poste-

BOCM-20221024-74

Procedimiento para la retirada de vehículos abandonados en la vía pública