C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221019-29)
Bases subvenciones – Orden de 4 de octubre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación de proyectos integrados de inserción en el marco de la inversión 4 del componente 23 “Nuevos Proyectos Territoriales para el reequilibrio y la equidad-Colectivos Vulnerables”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU y se convocan subvenciones para el año 2022
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BOCM
MIÉRCOLES 19 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 249
Undécimo. Consulta de Datos
1. La Dirección General del Servicio Público de Empleo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, procederá a la consulta u obtención, por medios electrónicos, de los siguientes documentos, salvo oposición expresa del
interesado consignada en la solicitud, en cuyo caso deberá proceder a su aportación:
a) Documento de identificación fiscal del solicitante.
b) Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la
Seguridad Social, a efectos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
En el supuesto de aplazamiento, fraccionamiento de deudas o sanciones o cuya ejecución se encuentre suspendida, deberá presentar certificados positivos de la Tesorería General de la Seguridad Social, cuya validez deberá extenderse a la fecha de concesión y pago
de la ayuda.
2. El órgano gestor procederá a la obtención o consulta del certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, a efectos de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, salvo que en la solicitud de subvención no conste autorización expresa del
interesado, de conformidad con el artículo 95 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en cuyo caso deberá proceder a su aportación.
En el supuesto de aplazamiento, fraccionamiento de deudas o sanciones o cuya ejecución se encuentre suspendida, deberá presentar certificados positivos de la Agencia Estatal
Tributaria, cuya validez deberá extenderse a la fecha de concesión y pago de la ayuda.
3. El certificado de inexistencia de apremio en deudas con la Comunidad de Madrid
se solicitará de oficio por el órgano gestor de estas subvenciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
Duodécimo. Declaraciones responsables
1. El solicitante, formulará las siguientes declaraciones responsables mediante la
suscripción de la solicitud las siguientes declaraciones responsables:
a) Cumplimiento de los requisitos incluidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas.
b) Realización, en su caso, del Plan de Prevención de Riesgos Laborales, según el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, de conformidad con lo dispuesto en el apartado f) del artículo 8 de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
c) Solicitud u obtención de ayudas concurrentes, así como compromiso de comunicar ayudas obtenidas con posterioridad. Esta declaración se hará efectiva cumplimentando el apartado correspondiente de la solicitud.
2. La entidad u organismo solicitante formulará las siguientes declaraciones responsables y asunción de compromisos, mediante la suscripción del modelo normalizado “Declaración responsable de cumplimiento de condiciones de acceso y de los principios transversales establecidos en el PRTR” (Anexo IV).
a) Cumplimiento de las condiciones de acceso a la subvención.
b) Compromiso de informar a las personas participantes de que el itinerario se haya
financiado con fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación
(“Next Generation EU”).
c) Compromiso con los estándares más exigentes en relación con el cumplimiento de
las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando
en su caso a las autoridades que proceda los incumplimientos observados.
d) Compromiso de cumplir con todas las medidas antifraude establecidas en la normativa europea, nacional y autonómica, así como las contenidas en el Plan de medidas antifraude en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, el 29
de diciembre de 2021.
e) Compromiso de respeto de los principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el medio ambiente (“DNSH” por sus siglas en inglés “do
no significant harm”) en la ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de dicho Plan, y manifiesta que no incurre en doble financiación y que, en su caso,
no le consta riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas de Estado.
BOCM-20221019-29
Pág. 114
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 249
Undécimo. Consulta de Datos
1. La Dirección General del Servicio Público de Empleo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, procederá a la consulta u obtención, por medios electrónicos, de los siguientes documentos, salvo oposición expresa del
interesado consignada en la solicitud, en cuyo caso deberá proceder a su aportación:
a) Documento de identificación fiscal del solicitante.
b) Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la
Seguridad Social, a efectos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
En el supuesto de aplazamiento, fraccionamiento de deudas o sanciones o cuya ejecución se encuentre suspendida, deberá presentar certificados positivos de la Tesorería General de la Seguridad Social, cuya validez deberá extenderse a la fecha de concesión y pago
de la ayuda.
2. El órgano gestor procederá a la obtención o consulta del certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, a efectos de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, salvo que en la solicitud de subvención no conste autorización expresa del
interesado, de conformidad con el artículo 95 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en cuyo caso deberá proceder a su aportación.
En el supuesto de aplazamiento, fraccionamiento de deudas o sanciones o cuya ejecución se encuentre suspendida, deberá presentar certificados positivos de la Agencia Estatal
Tributaria, cuya validez deberá extenderse a la fecha de concesión y pago de la ayuda.
3. El certificado de inexistencia de apremio en deudas con la Comunidad de Madrid
se solicitará de oficio por el órgano gestor de estas subvenciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
Duodécimo. Declaraciones responsables
1. El solicitante, formulará las siguientes declaraciones responsables mediante la
suscripción de la solicitud las siguientes declaraciones responsables:
a) Cumplimiento de los requisitos incluidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas.
b) Realización, en su caso, del Plan de Prevención de Riesgos Laborales, según el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, de conformidad con lo dispuesto en el apartado f) del artículo 8 de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
c) Solicitud u obtención de ayudas concurrentes, así como compromiso de comunicar ayudas obtenidas con posterioridad. Esta declaración se hará efectiva cumplimentando el apartado correspondiente de la solicitud.
2. La entidad u organismo solicitante formulará las siguientes declaraciones responsables y asunción de compromisos, mediante la suscripción del modelo normalizado “Declaración responsable de cumplimiento de condiciones de acceso y de los principios transversales establecidos en el PRTR” (Anexo IV).
a) Cumplimiento de las condiciones de acceso a la subvención.
b) Compromiso de informar a las personas participantes de que el itinerario se haya
financiado con fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación
(“Next Generation EU”).
c) Compromiso con los estándares más exigentes en relación con el cumplimiento de
las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando
en su caso a las autoridades que proceda los incumplimientos observados.
d) Compromiso de cumplir con todas las medidas antifraude establecidas en la normativa europea, nacional y autonómica, así como las contenidas en el Plan de medidas antifraude en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, el 29
de diciembre de 2021.
e) Compromiso de respeto de los principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el medio ambiente (“DNSH” por sus siglas en inglés “do
no significant harm”) en la ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de dicho Plan, y manifiesta que no incurre en doble financiación y que, en su caso,
no le consta riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas de Estado.
BOCM-20221019-29
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