C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221019-27)
Bases ayudas – Orden 3026/2022, de 10 de octubre, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para contribuir a la mejora de la cooperación público privada en materia de I+D+I mediante proyectos de efecto tractor en consorcio
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 249
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 75
En virtud del principio de eficiencia, la Orden evita cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionaliza, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
La forma más adecuada de alcanzar los objetivos planteados es incrementar el apoyo
económico para este tipo de proyectos específicos, lo cual exige necesariamente la aprobación de unas bases reguladoras de acuerdo con lo previsto en la normativa de subvenciones.
Esta acción, que se prevé sea cofinanciada con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), se alinea con la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación
(EECTI) 2021-2027 y las nuevas políticas regionales de especialización inteligente S3 que
sienta las bases de la Comisión Europea para el Programa Operativo del período 2021-2027
de FEDER y así poder incorporar la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, a las distintas convocatorias a partir de las presentes bases reguladoras.
Por ello, las convocatorias que se aprueben de acuerdo con las presentes bases se podrán cofinanciar con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del Programa
Operativo de la Comunidad de Madrid 2021-2027 y/o fondos de la Administración General del Estado en el marco de los acuerdos específicos de colaboración establecidos con la
administración regional. En las convocatorias se indicará expresamente si existe cofinanciación y las condiciones requeridas para la misma.
Para la elaboración del proyecto de Orden se ha elaborado el preceptivo Plan Estratégico de Subvenciones y la Memoria de Análisis de Impacto Normativo. Asimismo, y de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.5 de la Ley del Gobierno, se han recabado los informes y dictámenes preceptivos de la Dirección General de Igualdad en materia de impacto por razón de género y de impacto por razón de orientación sexual e identidad y expresión de género; de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, de
impacto en materia de familia, infancia y adolescencia, de la Dirección General de Transparencia y Atención al Ciudadano, de la Dirección General de Trabajo, de la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea y de la Dirección General de Presupuestos. Asimismo, han emitido su preceptivo informe la Secretaría General Técnica, los
Servicios Jurídicos y la Intervención Delegada de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades.
De acuerdo con el artículo 6.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad de Madrid, las bases reguladoras se aprobarán por orden del Consejero correspondiente.
De conformidad con lo anteriormente expuesto, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con el artículo 1 del Decreto 236/2021,
de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en relación con el
Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades,
DISPONE
Artículo 1
Objeto
El objeto de la presente Orden es establecer las bases reguladoras de las subvenciones
destinadas a fomentar la cooperación estable público-privada en investigación, desarrollo e
innovación (I+D+i) mediante el apoyo a proyectos de innovación tecnológica de efecto
tractor elaborados por consorcios en la Comunidad de Madrid.
Artículo 2
Con carácter general, constituyen las metas de las actuaciones susceptibles de beneficiarse de las subvenciones, cuyas bases se aprueban por esta Orden, las siguientes:
a) Extender y optimizar el uso conjunto, por parte de empresas, organismos públicos
de investigación y centros de innovación y tecnología, de las infraestructuras públicas y privadas de investigación existentes.
b) Impulsar un acceso más eficiente de las agrupaciones participantes a los programas internacionales de cooperación en investigación científica y desarrollo tecnológico e innovación, y en particular al Programa Marco Comunitario de I+D+i.
BOCM-20221019-27
Finalidad
B.O.C.M. Núm. 249
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 75
En virtud del principio de eficiencia, la Orden evita cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionaliza, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
La forma más adecuada de alcanzar los objetivos planteados es incrementar el apoyo
económico para este tipo de proyectos específicos, lo cual exige necesariamente la aprobación de unas bases reguladoras de acuerdo con lo previsto en la normativa de subvenciones.
Esta acción, que se prevé sea cofinanciada con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), se alinea con la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación
(EECTI) 2021-2027 y las nuevas políticas regionales de especialización inteligente S3 que
sienta las bases de la Comisión Europea para el Programa Operativo del período 2021-2027
de FEDER y así poder incorporar la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, a las distintas convocatorias a partir de las presentes bases reguladoras.
Por ello, las convocatorias que se aprueben de acuerdo con las presentes bases se podrán cofinanciar con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del Programa
Operativo de la Comunidad de Madrid 2021-2027 y/o fondos de la Administración General del Estado en el marco de los acuerdos específicos de colaboración establecidos con la
administración regional. En las convocatorias se indicará expresamente si existe cofinanciación y las condiciones requeridas para la misma.
Para la elaboración del proyecto de Orden se ha elaborado el preceptivo Plan Estratégico de Subvenciones y la Memoria de Análisis de Impacto Normativo. Asimismo, y de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.5 de la Ley del Gobierno, se han recabado los informes y dictámenes preceptivos de la Dirección General de Igualdad en materia de impacto por razón de género y de impacto por razón de orientación sexual e identidad y expresión de género; de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, de
impacto en materia de familia, infancia y adolescencia, de la Dirección General de Transparencia y Atención al Ciudadano, de la Dirección General de Trabajo, de la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea y de la Dirección General de Presupuestos. Asimismo, han emitido su preceptivo informe la Secretaría General Técnica, los
Servicios Jurídicos y la Intervención Delegada de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades.
De acuerdo con el artículo 6.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad de Madrid, las bases reguladoras se aprobarán por orden del Consejero correspondiente.
De conformidad con lo anteriormente expuesto, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con el artículo 1 del Decreto 236/2021,
de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en relación con el
Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades,
DISPONE
Artículo 1
Objeto
El objeto de la presente Orden es establecer las bases reguladoras de las subvenciones
destinadas a fomentar la cooperación estable público-privada en investigación, desarrollo e
innovación (I+D+i) mediante el apoyo a proyectos de innovación tecnológica de efecto
tractor elaborados por consorcios en la Comunidad de Madrid.
Artículo 2
Con carácter general, constituyen las metas de las actuaciones susceptibles de beneficiarse de las subvenciones, cuyas bases se aprueban por esta Orden, las siguientes:
a) Extender y optimizar el uso conjunto, por parte de empresas, organismos públicos
de investigación y centros de innovación y tecnología, de las infraestructuras públicas y privadas de investigación existentes.
b) Impulsar un acceso más eficiente de las agrupaciones participantes a los programas internacionales de cooperación en investigación científica y desarrollo tecnológico e innovación, y en particular al Programa Marco Comunitario de I+D+i.
BOCM-20221019-27
Finalidad