C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221019-27)
Bases ayudas – Orden 3026/2022, de 10 de octubre, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para contribuir a la mejora de la cooperación público privada en materia de I+D+I mediante proyectos de efecto tractor en consorcio
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BOCM
MIÉRCOLES 19 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 249
española que destina el mayor volumen de recursos a actividades de I+D, tiene una alta concentración de empresas prestadoras de servicios empresariales intensivos en alta tecnología
y que, además, cuenta con una importantísima oferta de conocimiento científico y tecnológico (universidades, organismos públicos de investigación, ...) que convive con otros organismos intermedios (centros de innovación, empresas especializadas en servicios de asesoramiento y apoyo a la I+D+I, asociaciones empresariales, aceleradoras de empresas, …),
entre otros agentes.
Entre los objetivos de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una
Especialización Inteligente (S3) de la Comunidad de Madrid, se encuentra el liderazgo industrial y competitivo de las empresas madrileñas mediante acciones de apoyo y fomento
de la investigación y la innovación empresarial y, en concreto, las ayudas destinadas a fomentar la innovación empresarial y las actividades de transferencia de tecnología.
Por su parte, el Plan Regional de Investigación Científica e Innovación Tecnológica
(en adelante PRICIT), cuenta entre sus objetivos vincular la ciencia y la investigación a las
empresas y al entorno socioeconómico, impulsando la adecuación de los organismos de investigación a las necesidades del mercado para proveer de servicios más adaptados a las necesidades de I+D+I del entorno empresarial y social.
Para cumplir este objetivo, hacer de la I+D+I uno de los principales instrumentos para
fomentar la creación, consolidación, crecimiento y el incremento de la productividad de las
empresas y la generación de empleo de alta cualificación, se considera necesario ofrecer al
tejido empresarial programas de ayudas dirigidos a los ámbitos estratégicos de especialización inteligente de la economía madrileña (S3).
Las actuales bases reguladoras de las ayudas de empresas en consorcio, Orden 2830/2018,
de 24 de julio, del Consejero de Educación e Investigación, por las que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para contribuir a la mejora de la cooperación público privada en materia
de I+D+i mediante el apoyo a proyectos de innovación tecnológica de efecto tractor, con las
que se ha tramitado las ayudas los años 2018, 2019 y 2020, necesitaban adaptarse a las nuevas regulaciones Europeas, la aprobación de los nuevos reglamentos Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para el período 2021-2027, igualmente, la experiencia adquirida en estos años aconsejaba la adaptación de las bases reguladoras para aclarar algunos
aspectos, reducir los plazos en la tramitación y facilitar la solución de incidencias. En este
sentido, como instrumento para apoyar y fomentar la investigación y la innovación y la
transferencia de conocimiento, las Bases Reguladoras que se aprueban mediante la presente Orden establecen el procedimiento para la concesión de ayudas que podrán ser cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en régimen de concurrencia competitiva, que se destinarán en concreto a:
— Fomentar la colaboración de empresas en proyectos de investigación e Innovación.
— Transferencia de conocimiento entre empresas y organismos de investigación.
La presente norma se adecua a los principios de buena regulación, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este sentido, en su elaboración se han
tenido en cuenta los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Se cumplen los principios de necesidad y eficacia, en cuanto se explica la necesidad y
fines perseguidos con su aprobación, siendo el instrumento más indicado para responder al
interés general, con la finalidad de impulsar el crecimiento económico, al incrementar la innovación empresarial y las actividades de transferencia de tecnología.
Por otra parte, la adecuación de la norma al principio de proporcionalidad se traduce
en que la norma contiene la regulación imprescindible para atender a las actuaciones que
quieren llevarse a cabo, sin restringir derechos ni imponer obligaciones a las entidades beneficiarias teniendo en cuenta la naturaleza de las ayudas y las normativas reguladoras de
esta materia.
En relación con el principio de seguridad jurídica, la norma es coherente con los planes y normativa vigente en materia de innovación integrándose en el marco del ordenamiento jurídico nacional y de la Unión Europea.
Por lo que respecta al principio de transparencia, se ha garantizado durante la tramitación con la consulta pública, llevada a cabo en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, donde los posibles interesados han tenido oportunidad de participar en
su elaboración.
BOCM-20221019-27
Pág. 74
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 249
española que destina el mayor volumen de recursos a actividades de I+D, tiene una alta concentración de empresas prestadoras de servicios empresariales intensivos en alta tecnología
y que, además, cuenta con una importantísima oferta de conocimiento científico y tecnológico (universidades, organismos públicos de investigación, ...) que convive con otros organismos intermedios (centros de innovación, empresas especializadas en servicios de asesoramiento y apoyo a la I+D+I, asociaciones empresariales, aceleradoras de empresas, …),
entre otros agentes.
Entre los objetivos de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una
Especialización Inteligente (S3) de la Comunidad de Madrid, se encuentra el liderazgo industrial y competitivo de las empresas madrileñas mediante acciones de apoyo y fomento
de la investigación y la innovación empresarial y, en concreto, las ayudas destinadas a fomentar la innovación empresarial y las actividades de transferencia de tecnología.
Por su parte, el Plan Regional de Investigación Científica e Innovación Tecnológica
(en adelante PRICIT), cuenta entre sus objetivos vincular la ciencia y la investigación a las
empresas y al entorno socioeconómico, impulsando la adecuación de los organismos de investigación a las necesidades del mercado para proveer de servicios más adaptados a las necesidades de I+D+I del entorno empresarial y social.
Para cumplir este objetivo, hacer de la I+D+I uno de los principales instrumentos para
fomentar la creación, consolidación, crecimiento y el incremento de la productividad de las
empresas y la generación de empleo de alta cualificación, se considera necesario ofrecer al
tejido empresarial programas de ayudas dirigidos a los ámbitos estratégicos de especialización inteligente de la economía madrileña (S3).
Las actuales bases reguladoras de las ayudas de empresas en consorcio, Orden 2830/2018,
de 24 de julio, del Consejero de Educación e Investigación, por las que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para contribuir a la mejora de la cooperación público privada en materia
de I+D+i mediante el apoyo a proyectos de innovación tecnológica de efecto tractor, con las
que se ha tramitado las ayudas los años 2018, 2019 y 2020, necesitaban adaptarse a las nuevas regulaciones Europeas, la aprobación de los nuevos reglamentos Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para el período 2021-2027, igualmente, la experiencia adquirida en estos años aconsejaba la adaptación de las bases reguladoras para aclarar algunos
aspectos, reducir los plazos en la tramitación y facilitar la solución de incidencias. En este
sentido, como instrumento para apoyar y fomentar la investigación y la innovación y la
transferencia de conocimiento, las Bases Reguladoras que se aprueban mediante la presente Orden establecen el procedimiento para la concesión de ayudas que podrán ser cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en régimen de concurrencia competitiva, que se destinarán en concreto a:
— Fomentar la colaboración de empresas en proyectos de investigación e Innovación.
— Transferencia de conocimiento entre empresas y organismos de investigación.
La presente norma se adecua a los principios de buena regulación, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este sentido, en su elaboración se han
tenido en cuenta los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Se cumplen los principios de necesidad y eficacia, en cuanto se explica la necesidad y
fines perseguidos con su aprobación, siendo el instrumento más indicado para responder al
interés general, con la finalidad de impulsar el crecimiento económico, al incrementar la innovación empresarial y las actividades de transferencia de tecnología.
Por otra parte, la adecuación de la norma al principio de proporcionalidad se traduce
en que la norma contiene la regulación imprescindible para atender a las actuaciones que
quieren llevarse a cabo, sin restringir derechos ni imponer obligaciones a las entidades beneficiarias teniendo en cuenta la naturaleza de las ayudas y las normativas reguladoras de
esta materia.
En relación con el principio de seguridad jurídica, la norma es coherente con los planes y normativa vigente en materia de innovación integrándose en el marco del ordenamiento jurídico nacional y de la Unión Europea.
Por lo que respecta al principio de transparencia, se ha garantizado durante la tramitación con la consulta pública, llevada a cabo en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, donde los posibles interesados han tenido oportunidad de participar en
su elaboración.
BOCM-20221019-27
Pág. 74
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID