Madrid (BOCM-20221019-57)
Otros anuncios. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Concesión demanial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MIÉRCOLES 19 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 249
la tabla F del apartado 3 del Anexo II de la OPCAT (artículos 17 y 30 de la citada
Ordenanza).
— Todos los residuos generados se gestionarán de acuerdo a su naturaleza, en cumplimiento de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados,
la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid y la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y Gestión de Residuos.
— Para la gestión de las tierras de excavación y de los residuos inertes se tendrá en
cuenta asimismo lo establecido en la Orden 2726/2009, de 16 de julio, que regula
la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de
Madrid. Igualmente, será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 105/2008,
de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
El mantenimiento y revisiones periódicas de las instalaciones se realizarán conforme
a lo establecido en el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
Condicionantes para la protección de zonas verdes, hidrantes y fuentes
Tanto en la fase de instalación como en la posterior de explotación, el concesionario
deberá aplicar las medidas preventivas y correctoras propuestas en el proyecto técnico presentado con la oferta, así mismo, deberán incluir de manera adicional las siguientes prescripciones, prevaleciendo estas en caso de discrepancia:
— Los equipos de recarga y otros componentes de la estación de recarga deberán respetar una distancia mínima de 0,5 m en torno al perímetro de los alcorques existentes.
— Se deberá tener un especial cuidado en respetar y no dañar las tuberías de riego
que se puedan encontrar entre alcorque y alcorque.
— Durante la ejecución de la estación se deberán proteger los árboles con tablones
que abarquen todo el perímetro del fuste para impedir el impacto de la maquinaria sobre los mismos.
— Evitar daños en la copa de los árboles por los movimientos de grúa o golpes de maquinaria para evitar desgarros de ramas o perdida de la estructura. En ningún caso
se autorizan las labores de poda, trasplante o tala que requerirán de una nueva solicitud.
— No acopiar material en la base de los árboles ni en los macizos de arbustos, ni en
zonas de césped.
— Al realizar zanjas se minimizará al máximo la afección al sistema radicular, dejando una separación 1,5 metros respecto del cuello del tronco y evitar el corte de raíces, si estas son superiores a 0,30 cm de perímetro, se deberá realizar la zanja manualmente de forma que no se dañe ni se elimine la raíz.
— Evitar alterar los horizontes del terreno con desmontes o terraplenes que varíen la
cota del terreno.
— El arbolado que permanezca en el interior del recinto durante el tiempo que duren
las obras, deberá ser mantenido y regado por la empresa responsable de la actuación, debiendo presentar el mismo estado una vez finalizadas estas.
— Para el arbolado colindante a la obra es imprescindible y obligatorio mantener en
servicio la red de riego existente. El solicitante se compromete a realizar el retranqueo necesario asegurando en todo momento su funcionamiento.
— Dejar las zonas que utilice en perfecto estado, responsabilizándose de los daños
que pudieran ocasionar.
— Si durante la instalación de los nuevos elementos hubiese afección a fuentes de beber o hidrantes existentes, antes del inicio de la ejecución, el concesionario deberá comunicar qué elementos quedarán inaccesibles para su uso. Dicha comunicación deberá realizarse al correo electrónico gestionagua@madrid.es, indicando
datos de la fuente o hidrante y plano con ubicación.
7. Régimen económico que regirá la concesión
El concesionario de cada Lote deberá satisfacer un canon fijo anual de 0 euros por cada
lote, mejorable al alza. El importe del canon anual ha sido determinado y justificado en la
memoria económica de la convocatoria.
El ingreso del canon anual se efectuará mediante la emisión del correspondiente abonaré. El primer canon anual será el proporcional correspondiente al período desde la entra-
BOCM-20221019-57
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 249
la tabla F del apartado 3 del Anexo II de la OPCAT (artículos 17 y 30 de la citada
Ordenanza).
— Todos los residuos generados se gestionarán de acuerdo a su naturaleza, en cumplimiento de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados,
la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid y la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y Gestión de Residuos.
— Para la gestión de las tierras de excavación y de los residuos inertes se tendrá en
cuenta asimismo lo establecido en la Orden 2726/2009, de 16 de julio, que regula
la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de
Madrid. Igualmente, será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 105/2008,
de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
El mantenimiento y revisiones periódicas de las instalaciones se realizarán conforme
a lo establecido en el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
Condicionantes para la protección de zonas verdes, hidrantes y fuentes
Tanto en la fase de instalación como en la posterior de explotación, el concesionario
deberá aplicar las medidas preventivas y correctoras propuestas en el proyecto técnico presentado con la oferta, así mismo, deberán incluir de manera adicional las siguientes prescripciones, prevaleciendo estas en caso de discrepancia:
— Los equipos de recarga y otros componentes de la estación de recarga deberán respetar una distancia mínima de 0,5 m en torno al perímetro de los alcorques existentes.
— Se deberá tener un especial cuidado en respetar y no dañar las tuberías de riego
que se puedan encontrar entre alcorque y alcorque.
— Durante la ejecución de la estación se deberán proteger los árboles con tablones
que abarquen todo el perímetro del fuste para impedir el impacto de la maquinaria sobre los mismos.
— Evitar daños en la copa de los árboles por los movimientos de grúa o golpes de maquinaria para evitar desgarros de ramas o perdida de la estructura. En ningún caso
se autorizan las labores de poda, trasplante o tala que requerirán de una nueva solicitud.
— No acopiar material en la base de los árboles ni en los macizos de arbustos, ni en
zonas de césped.
— Al realizar zanjas se minimizará al máximo la afección al sistema radicular, dejando una separación 1,5 metros respecto del cuello del tronco y evitar el corte de raíces, si estas son superiores a 0,30 cm de perímetro, se deberá realizar la zanja manualmente de forma que no se dañe ni se elimine la raíz.
— Evitar alterar los horizontes del terreno con desmontes o terraplenes que varíen la
cota del terreno.
— El arbolado que permanezca en el interior del recinto durante el tiempo que duren
las obras, deberá ser mantenido y regado por la empresa responsable de la actuación, debiendo presentar el mismo estado una vez finalizadas estas.
— Para el arbolado colindante a la obra es imprescindible y obligatorio mantener en
servicio la red de riego existente. El solicitante se compromete a realizar el retranqueo necesario asegurando en todo momento su funcionamiento.
— Dejar las zonas que utilice en perfecto estado, responsabilizándose de los daños
que pudieran ocasionar.
— Si durante la instalación de los nuevos elementos hubiese afección a fuentes de beber o hidrantes existentes, antes del inicio de la ejecución, el concesionario deberá comunicar qué elementos quedarán inaccesibles para su uso. Dicha comunicación deberá realizarse al correo electrónico gestionagua@madrid.es, indicando
datos de la fuente o hidrante y plano con ubicación.
7. Régimen económico que regirá la concesión
El concesionario de cada Lote deberá satisfacer un canon fijo anual de 0 euros por cada
lote, mejorable al alza. El importe del canon anual ha sido determinado y justificado en la
memoria económica de la convocatoria.
El ingreso del canon anual se efectuará mediante la emisión del correspondiente abonaré. El primer canon anual será el proporcional correspondiente al período desde la entra-
BOCM-20221019-57
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