Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20221018-78)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MARTES 18 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 248
2. Todos los beneficiarios deberán presentar la siguiente documentación justificativa compulsada u original y copia para su compulsa, en el Registro General del Ayuntamiento, según lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Todos los beneficiarios deberán presentar la siguiente documentación justificativa compulsada u original y copia para su compulsa, en el Registro General del Ayuntamiento, según lo establecido en el artículo16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A) Anexo I, Declaración Responsable. Cumplimentar, firmar y sellar la declaración
responsable.
B) Fotocopias compulsadas de las facturas justificativas. Las facturas a compulsar se
presentarán todas de una vez para poder informarlas favorablemente en el mismo
acto administrativo.
Las facturas deberán cumplir con lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que
se regulan las obligaciones de facturación.
Deberán contener:
— Nombre de la asociación o entidad que ha solicitado la subvención con datos
fiscales completos (CIF y dirección).
— Nombre del emisor de la factura (empresa o establecimiento en el que se compra o suministra el material para la actividad a realizar) con datos fiscales
completos (CIF y dirección).
— Relación y/o desglose de artículos o servicios.
— Debe llevar desglosado el IVA o contener la expresión IVA incluido.
— Deben llevar fecha y número de factura. La fecha de emisión comprendida
del 6 de octubre de 2022 y el 9 de enero de 2023. Debe aparecer indicada la
forma de pago (ver indicaciones del punto D).
C) Documento de memoria económica justificativa firmada por la presidencia: relación de facturas justificativas del gasto realizado para la consecución de los objetivos de la presente convocatoria.
D) Documento que acredite el pago realizado: los justificantes de pago de las facturas
deben reunir los siguientes requisitos según corresponda:
— Si se ha pagado en efectivo: firma en la factura de la persona que ha recibido
el dinero, con nombre completo, DNI y fecha e indicar “Pagado”.
— Si se ha pagado con tarjeta: se presentará el justificante del pago realizado con
dicha tarjeta.
— Si se ha pagado por transferencia: se presentará el documento justificativo de
la misma.
— En el caso de justificar con gastos salariales: nóminas de trabajadores o personal que participe en la consecución del objeto de la convocatoria, pago de las
mismas, modelo 111 y pago del mismo, Relación Nominal de Trabajadores
(RNT) y el de Relación de liquidación de cotizaciones (RLC).
E) Anexo II, certificado expedido por la persona que ejerza el cargo de responsable
de Tesorería o Secretaría de la Asociación, acreditativo de que las facturas y pagos de las mismas, que se presentan como justificante se han destinado a la finalidad para la que se otorgó la subvención.
F) Cuando la actividad haya sido financiada, además de con la subvención de la presente convocatoria, con otras subvenciones y/o ayudas públicas o privadas, la presidencia de la entidad, hará una declaración responsable del importe, procedencia
y aplicación de tales fondos a dicha actividad. La suma total de todas ellas no deberá superar el coste total del producto o servicio.
G) Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria y Seguridad Social.
Las facturas que no cumplan con los requisitos indicados en estas bases, y/o no estén
correctamente justificado su pago, no serán válidas, por lo que no serán tenidas en cuenta
para la justificación de las ayudas.
6. Cuantía.—30.000 euros.
— La Concejalía de Cultura y Fiestas subvencionará con cargo a la partida presupuestaria 0412 33800 48903 del presupuesto 2022 un importe máximo de 30.000,00 euros.
BOCM-20221018-78
Pág. 324
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 248
2. Todos los beneficiarios deberán presentar la siguiente documentación justificativa compulsada u original y copia para su compulsa, en el Registro General del Ayuntamiento, según lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Todos los beneficiarios deberán presentar la siguiente documentación justificativa compulsada u original y copia para su compulsa, en el Registro General del Ayuntamiento, según lo establecido en el artículo16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A) Anexo I, Declaración Responsable. Cumplimentar, firmar y sellar la declaración
responsable.
B) Fotocopias compulsadas de las facturas justificativas. Las facturas a compulsar se
presentarán todas de una vez para poder informarlas favorablemente en el mismo
acto administrativo.
Las facturas deberán cumplir con lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que
se regulan las obligaciones de facturación.
Deberán contener:
— Nombre de la asociación o entidad que ha solicitado la subvención con datos
fiscales completos (CIF y dirección).
— Nombre del emisor de la factura (empresa o establecimiento en el que se compra o suministra el material para la actividad a realizar) con datos fiscales
completos (CIF y dirección).
— Relación y/o desglose de artículos o servicios.
— Debe llevar desglosado el IVA o contener la expresión IVA incluido.
— Deben llevar fecha y número de factura. La fecha de emisión comprendida
del 6 de octubre de 2022 y el 9 de enero de 2023. Debe aparecer indicada la
forma de pago (ver indicaciones del punto D).
C) Documento de memoria económica justificativa firmada por la presidencia: relación de facturas justificativas del gasto realizado para la consecución de los objetivos de la presente convocatoria.
D) Documento que acredite el pago realizado: los justificantes de pago de las facturas
deben reunir los siguientes requisitos según corresponda:
— Si se ha pagado en efectivo: firma en la factura de la persona que ha recibido
el dinero, con nombre completo, DNI y fecha e indicar “Pagado”.
— Si se ha pagado con tarjeta: se presentará el justificante del pago realizado con
dicha tarjeta.
— Si se ha pagado por transferencia: se presentará el documento justificativo de
la misma.
— En el caso de justificar con gastos salariales: nóminas de trabajadores o personal que participe en la consecución del objeto de la convocatoria, pago de las
mismas, modelo 111 y pago del mismo, Relación Nominal de Trabajadores
(RNT) y el de Relación de liquidación de cotizaciones (RLC).
E) Anexo II, certificado expedido por la persona que ejerza el cargo de responsable
de Tesorería o Secretaría de la Asociación, acreditativo de que las facturas y pagos de las mismas, que se presentan como justificante se han destinado a la finalidad para la que se otorgó la subvención.
F) Cuando la actividad haya sido financiada, además de con la subvención de la presente convocatoria, con otras subvenciones y/o ayudas públicas o privadas, la presidencia de la entidad, hará una declaración responsable del importe, procedencia
y aplicación de tales fondos a dicha actividad. La suma total de todas ellas no deberá superar el coste total del producto o servicio.
G) Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria y Seguridad Social.
Las facturas que no cumplan con los requisitos indicados en estas bases, y/o no estén
correctamente justificado su pago, no serán válidas, por lo que no serán tenidas en cuenta
para la justificación de las ayudas.
6. Cuantía.—30.000 euros.
— La Concejalía de Cultura y Fiestas subvencionará con cargo a la partida presupuestaria 0412 33800 48903 del presupuesto 2022 un importe máximo de 30.000,00 euros.
BOCM-20221018-78
Pág. 324
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