Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20221018-78)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 248
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 325
— La cuantía máxima a conceder a las entidades que soliciten ayuda, será como
máximo 1.600,00 euros, que estará vinculada al número de entidades solicitantes,
la disponibilidad de la partida asignada y los presupuestos de gasto presentados
por las entidades.
— La cuantía máxima a conceder a las entidades solicitantes de proyectos para actividades estará en función de los proyectos presentados y de los siguientes criterios de prevalencia:
1. Implantación en el ámbito de las fiestas.
2. Propuestas tendentes a dinamizar las actividades de Navidad/Reyes.
3. Propuestas coordinadas entre dos o más entidades y adecuación de estas a las
fiestas.
4. Complementariedad a las actividades programadas por el Ayuntamiento.
5. Adecuación de la cuantía del proyecto propuesto al contenido del mismo.
6. Promoción sociocultural de colectivos y grupos participantes en las fiestas encaminados a la dinamización social.
7. Carácter abierto al conjunto de la población.
8. Originalidad e interés de la actividad.
9. Número de participantes que colaboran con la entidad o la organización de la
actividad.
10. Cualquier otro elemento que resulte beneficioso para el desarrollo de las fiestas.
— La actividad podrá quedar condicionada a las circunstancias concurrentes derivadas de la crisis sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19, así como del
cumplimiento de las recomendaciones de la OMS, Ministerio de Sanidad y Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid y demás medidas adoptadas por el
Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid ante la emergencia de salud pública.
7. Período subvencionable.—Desde el 6 de octubre de 2022 al 9 de enero 2023.
BOCM-20221018-78
Rivas-Vaciamadrid, a 7 de octubre de 2022.—El concejal de Hacienda y Patrimonio,
José Manuel Castro Fernández.
(03/19.630/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 248
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 325
— La cuantía máxima a conceder a las entidades que soliciten ayuda, será como
máximo 1.600,00 euros, que estará vinculada al número de entidades solicitantes,
la disponibilidad de la partida asignada y los presupuestos de gasto presentados
por las entidades.
— La cuantía máxima a conceder a las entidades solicitantes de proyectos para actividades estará en función de los proyectos presentados y de los siguientes criterios de prevalencia:
1. Implantación en el ámbito de las fiestas.
2. Propuestas tendentes a dinamizar las actividades de Navidad/Reyes.
3. Propuestas coordinadas entre dos o más entidades y adecuación de estas a las
fiestas.
4. Complementariedad a las actividades programadas por el Ayuntamiento.
5. Adecuación de la cuantía del proyecto propuesto al contenido del mismo.
6. Promoción sociocultural de colectivos y grupos participantes en las fiestas encaminados a la dinamización social.
7. Carácter abierto al conjunto de la población.
8. Originalidad e interés de la actividad.
9. Número de participantes que colaboran con la entidad o la organización de la
actividad.
10. Cualquier otro elemento que resulte beneficioso para el desarrollo de las fiestas.
— La actividad podrá quedar condicionada a las circunstancias concurrentes derivadas de la crisis sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19, así como del
cumplimiento de las recomendaciones de la OMS, Ministerio de Sanidad y Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid y demás medidas adoptadas por el
Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid ante la emergencia de salud pública.
7. Período subvencionable.—Desde el 6 de octubre de 2022 al 9 de enero 2023.
BOCM-20221018-78
Rivas-Vaciamadrid, a 7 de octubre de 2022.—El concejal de Hacienda y Patrimonio,
José Manuel Castro Fernández.
(03/19.630/22)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791