C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221018-33)
Convenio colectivo –  Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa En Clave Joven, S. L. U. (Código número 28103382012022)
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BOCM

MARTES 18 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 248

CAPÍTULO V: FORMACIÓN Y PROMOCIÓN PROFESIONAL
ARTÍCULO 32.- PLAN DE FORMACIÓN.
Considerando que la formación es un instrumento fundamental para la profesionalización de los/as
trabajadores/as y por tanto para la mejora de los servicios de la empresa, las partes firmantes del
presente convenio colectivo apuestan por una formación profesional continuada y dirigida a todos
los empleados de la empresa con el fin de conseguir dicho objetivo.
Con tal finalidad, En Clave Joven S.L.U. implantará un Plan de Formación para la totalidad de sus
empleados de esta empresa, sustentado en el principio general de que la formación es un elemento
básico e indispensable para el desarrollo profesional y personal de los Recursos Humanos que
desempeñan su actividad en En Clave Joven S.L.U. y de obligado cumplimiento si así lo determinase
la empresa.
En Clave Joven S.L.U. destinará un fondo determinado anual de fondos propios que se dedicará a
la elaboración y ejecución del mencionado plan de formación de sus empleados/as.
Tales fondos se distribuirán anualmente por la Comisión Mixta Paritaria de Formación que
presentará una propuesta a la empresa para su aprobación.
Las partes firmantes del presente convenio se comprometen a desarrollar el presente Artículo
conforme a los siguientes puntos:
a.- Evaluación de Necesidades: La formación del personal se articulará sobre la base de la
evaluación de necesidades realizada por En Clave Joven S.L.U. Los cursos, seminarios,
conferencias, etc., que se organicen se derivarán de dicha Evaluación de Necesidades.
b.- Comisión Mixta Paritaria de Formación estará formada de manera paritaria por
representantes de la empresa, de la parte social firmante (un titular y un suplente en ambos
casos). Será el órgano encargado del impulso, desarrollo y control del Plan de Formación y su
correspondiente ejecución.
c.- En Clave Joven S.L.U., facilitará los medios y espacios necesarios tantas como fueren
necesarias, con el equipamiento y material didáctico necesario que se estime en cada acción
formativa previamente programada.
ARTÍCULO 33.- FORMACIÓN CONTINUA.
33.1. - La empresa será la encargada de aprobar las propuestas formativas del Plan de Formación
Continua de En Clave Joven S.L.U. Y además tendrá los siguientes cometidos:
33.1.1. - Velar por el cumplimiento del Acuerdo de Formación Continua en el ámbito de En
Clave Joven S.L.U.
33.1.2. - Determinar los criterios a que deben ajustarse los planes y proyectos de formación
continua para que puedan financiarse con cargo a los fondos que para esta formación destina
la Administración Central.
33.1.3. - Establecer el orden de prioridades de Planes y Proyectos de Formación Continua.
33.1.4. - Supervisar la adecuada ejecución de las acciones formativas.
33.1.5. - Realizar una memoria anual de actividades.
33.1.6. - Informar favorable o desfavorablemente sobre las solicitudes de Planes Agrupados
dentro de su ámbito y elevarlos para su aprobación definitiva y financiación a la Comisión
General para la Formación Continua.
33.2.- Se negociarán con la parte social firmante, los criterios generales en cuanto a información y
selección para asistencia a los cursos de Formación.
33.3.- Se implementará la organización de programas de recalificación, adaptación profesional y
promoción para los/as empleados/as En Clave Joven S.L.U. en los planes anuales de formación.
33.4.- La evaluación y seguimiento de la Formación, se contemplará como un elemento
imprescindible en los distintos planes de formación.
ARTÍCULO 34.- FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO PROFESIONAL
34.1.- De conformidad con lo previsto en el artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores y para facilitar
su formación y promoción profesional, el personal afectado por el presente convenio tendrá derecho
a ver facilitada la realización de estudios para la obtención de títulos académicos o profesionales y
la realización de cursos de reconversión y capacitación profesional organizados por En Clave Joven
S.L.U., disfrutando de los siguientes beneficios:
34.1.1.- Concesión de las horas suficientes al año para la asistencia a cursos de
perfeccionamiento profesional, con un límite de 30 horas anuales, cuando el curso se celebre
fuera de los centros de la propia empresa y el contenido del mismo esté directamente
relacionado con el puesto de trabajo o su carrera profesional en En Clave Joven S.L.U. e

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