D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221015-3)
Convenio –  Publicación convenio-subvención de 23 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y los grupos de acción local, para el desarrollo del proyectos de emprendimiento y microempresas, con cargo a los fondos europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 246

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE OCTUBRE DE 2022

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y digital, a través de proyectos de capacitación agraria, desarrollo local sostenible, iniciativas de economía social para la acción cultural y artística, transición ecológica, iniciativas
de desarrollo local, turismo rural y patrimonio histórico-artístico, entre otros, y se prevé que
el 25 por 100 de las actividades a financiar dentro de la Línea “Emprendimiento y microempresas”: Nuevos proyectos territoriales que aborden el reto demográfico y faciliten la transformación productiva, en particular hacia una economía verde y digital, estarán orientadas
al desarrollo de la economía verde y el 25 por 100 al emprendimiento digital.
Asimismo, este convenio contribuye al cumplimiento del objetivo número 346 de la
Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID) de la realización de
al menos 68 proyectos territoriales dirigidos a colectivos vulnerables y proyectos territoriales para el emprendimiento y las microempresas, con la participación de al menos 39.000 trabajadores y 64.000 empresas.
La dotación presupuestaria que el PRTR fija para la C3.I4 “Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad”. “Emprendimiento y microempresa”, 320 millones
de euros, para alcanzar el objetivo en el cuarto trimestre de 2023 de atender 64.000 iniciativas hace que el coste unitario por inciativa sea de un máximo de 5.000 euros.
VIII. Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad
con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de “no causar un perjuicio significativo” (DO C 58, de 18 de febrero de 2021, p. 1).
IX. Que en la Orden TES/1490/2021, de 23 de diciembre (que modifica a la Orden
TES/897/2021, de 19 de agosto), se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico
de 2021, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas en el
ámbito laboral, los créditos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
destinados a la ejecución de los proyectos de inversión en el marco del componente 23 “Nuevas Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo” del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que incluye los proyectos de “Emprendimiento y microempresas” con el fin de ejecutar proyectos de emprendimiento, favorecer el
empleo colectivo y facilitar la transformación productiva, en particular hacia una economía
verde y digital.
X. Las partes se comprometen al desarrollo de las actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Componente 23 Inversión 4, “Emprendimiento y microempresas”, a dar cumplimiento al Plan de medidas antifraude aprobado por Consejo de Gobierno de 29 de diciembre de 2021, y adoptar las medidas necesarias para prevenir y detectar
el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando, en su caso, a las autoridades
que proceda los incumplimientos observados, y declaran responsablemente estar informados
del artículo 61.32 “Conflicto de intereses” del Reglamento, UE Euratom, 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio.
Adicionalmente, atendiendo al contenido del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, se comprometen a respetar los principios de economía circular y evitar impactos
negativos significativos en el medio ambiente (“DNSH” por sus siglas en inglés “do no significant harm”) en la ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de dicho Plan.
Las partes actúan en el ejercicio de sus respectivos cargos y se reconocen capacidad suficiente para obligarse en los términos del presente convenio, con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera

El presente convenio tiene por objeto la concesión de una subvención directa a Galsinma, ADI Sierra Oeste y Aracove para la puesta en marcha de una serie de actuaciones que favorezcan el emprendimiento y la transformación productiva de los emprendedores y microempresas del medio rural de la Comunidad de Madrid hacia una economía verde y digital,
que permitan hacer frente al reto demográfico y contribuyan a la revitalización del medio rural y de los pequeños municipios de la región tal y como indican los objetivos del Componente 23 Inversión 4 (C23.I4) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

BOCM-20221015-3

Objeto del convenio