C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221015-1)
Convenio colectivo – Resolución de 20 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Aserpinto, S. A. U. (código número 28010272011998)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 22
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 246
Justificante: certificado de defunción, esquela, recordatorio.
Justificante: documento medico acreditativo de la enfermedad o accidente, y/o, en su caso,
justificante de la intervención, hospitalización y justificante de parentesco.
Justificante para parejas de hecho: presentar documento acreditativo de la inscripción de pareja
de hecho en alguno de los registros oficiales.
K) Un día laborable de permiso retribuido por traslado de domicilio.
Justificante: Documento que acredite el cambio de domicilio.
L) Los/as trabajadores/as que acrediten estar matriculados/as en un centro oficial o privado
reconocido y cursen con regularidad estudios para la obtención de un título oficial, tendrán derecho
a las licencias necesarias para concurrir a los exámenes exigidos para la obtención del
correspondiente título, siempre que se verifique, por los resultados de los exámenes, que ha tenido
un adecuado aprovechamiento del curso (50% de asignaturas aprobadas sobre las solicitadas).
Solo para el día del examen.
Justificante: documento acreditativo con las notas del examen.
M) El tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y
personal impuesto por las disposiciones vigentes (juzgados, elecciones…).
Justificante: Documento acreditativo que justifique la asistencia al lugar destinado para la
realización del deber inexcusable de carácter público y personal.
Se exceptúa visita a notarias, registros, consultas voluntarias a juzgados (departamento de
asistencia jurídica).
N) El tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación
al parto.
Justificante: Documento acreditativo de la asistencia.
O) Los/as trabajadores/as sujetos/as a revisiones médicas periódicas del sistema público de salud
tendrán el tiempo realmente necesario para efectuar las mismas. Asimismo, dispondrán los/as
trabajadores/as del tiempo necesario para asistir a consulta de especialistas del sistema público de
salud. En estos casos es imprescindible que figure en el justificante médico la hora de entrada y de
salida a la consulta.
En todos los casos, si hubiere que desplazarse fuera de la Comunidad de Madrid, se tendrá
derecho a dos días más de permiso retribuido.
Para aquellos justificantes médicos en los que se indique que sea preciso reposo de 24 a 72 horas,
este comenzará a contar desde el mismo día de su expedición.
Como permisos no retribuidos, con previo aviso y justificación adecuada, se establecen los
siguientes:
A) Se dispondrá del tiempo necesario, para acompañar a los/as hijos/as menores de dieciocho
años a consulta médica de familia y especialista del sistema público de salud. Asimismo,
dispondrán de este tiempo no retribuido para acompañar a hijos/as mayores de 18 años con
discapacidad que no puedan valerse por sí mismos/as.
B) Se dispondrá del tiempo necesario en caso de fallecimiento de familiares de tercer y cuarto
grado de consanguinidad o afinidad.
C) Se dispondrá del tiempo necesario para asistir a matrimonios o enlaces de parejas de hecho, de
los familiares hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad.
Los/as empleados/as indefinidos/as que deseen participar en proyectos para el desarrollo
financiados por organismos oficiales podrán obtener un permiso sin retribución, a disfrutar de
forma continuada, cuya duración coincidirá con la de su participación en el proyecto, sin que en
ningún caso pueda ser superior a dos años.
Quienes hayan disfrutado este permiso no podrán obtener otro para el mismo o diferente proyecto
hasta que hayan transcurrido cuatro años desde la finalización de aquél.
BOCM-20221015-1
D) Permisos de Cooperación Internacional para el Desarrollo:
Pág. 22
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 246
Justificante: certificado de defunción, esquela, recordatorio.
Justificante: documento medico acreditativo de la enfermedad o accidente, y/o, en su caso,
justificante de la intervención, hospitalización y justificante de parentesco.
Justificante para parejas de hecho: presentar documento acreditativo de la inscripción de pareja
de hecho en alguno de los registros oficiales.
K) Un día laborable de permiso retribuido por traslado de domicilio.
Justificante: Documento que acredite el cambio de domicilio.
L) Los/as trabajadores/as que acrediten estar matriculados/as en un centro oficial o privado
reconocido y cursen con regularidad estudios para la obtención de un título oficial, tendrán derecho
a las licencias necesarias para concurrir a los exámenes exigidos para la obtención del
correspondiente título, siempre que se verifique, por los resultados de los exámenes, que ha tenido
un adecuado aprovechamiento del curso (50% de asignaturas aprobadas sobre las solicitadas).
Solo para el día del examen.
Justificante: documento acreditativo con las notas del examen.
M) El tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y
personal impuesto por las disposiciones vigentes (juzgados, elecciones…).
Justificante: Documento acreditativo que justifique la asistencia al lugar destinado para la
realización del deber inexcusable de carácter público y personal.
Se exceptúa visita a notarias, registros, consultas voluntarias a juzgados (departamento de
asistencia jurídica).
N) El tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación
al parto.
Justificante: Documento acreditativo de la asistencia.
O) Los/as trabajadores/as sujetos/as a revisiones médicas periódicas del sistema público de salud
tendrán el tiempo realmente necesario para efectuar las mismas. Asimismo, dispondrán los/as
trabajadores/as del tiempo necesario para asistir a consulta de especialistas del sistema público de
salud. En estos casos es imprescindible que figure en el justificante médico la hora de entrada y de
salida a la consulta.
En todos los casos, si hubiere que desplazarse fuera de la Comunidad de Madrid, se tendrá
derecho a dos días más de permiso retribuido.
Para aquellos justificantes médicos en los que se indique que sea preciso reposo de 24 a 72 horas,
este comenzará a contar desde el mismo día de su expedición.
Como permisos no retribuidos, con previo aviso y justificación adecuada, se establecen los
siguientes:
A) Se dispondrá del tiempo necesario, para acompañar a los/as hijos/as menores de dieciocho
años a consulta médica de familia y especialista del sistema público de salud. Asimismo,
dispondrán de este tiempo no retribuido para acompañar a hijos/as mayores de 18 años con
discapacidad que no puedan valerse por sí mismos/as.
B) Se dispondrá del tiempo necesario en caso de fallecimiento de familiares de tercer y cuarto
grado de consanguinidad o afinidad.
C) Se dispondrá del tiempo necesario para asistir a matrimonios o enlaces de parejas de hecho, de
los familiares hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad.
Los/as empleados/as indefinidos/as que deseen participar en proyectos para el desarrollo
financiados por organismos oficiales podrán obtener un permiso sin retribución, a disfrutar de
forma continuada, cuya duración coincidirá con la de su participación en el proyecto, sin que en
ningún caso pueda ser superior a dos años.
Quienes hayan disfrutado este permiso no podrán obtener otro para el mismo o diferente proyecto
hasta que hayan transcurrido cuatro años desde la finalización de aquél.
BOCM-20221015-1
D) Permisos de Cooperación Internacional para el Desarrollo: