C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221011-23)
Bases subvenciones – Orden 1605/2022, de 4 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras que han de regir la convocatoria pública para la concesión de subvenciones de concurrencia no competitiva destinadas a proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular en los establecimientos de alojamiento turístico de la Comunidad de Madrid con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) Next Generation Eu” componente C14.I4, línea de actuación 2, y se efectúa su convocatoria para el año 2022
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 242
b) Anexo VII. Declaración responsable de que la empresa a la que se represente, en
su caso, no está en crisis, según lo establecido en los artículos 2.18 y 1.4.c) del Reglamento (UE) n.o 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, y en el
Anexo III de la Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de
Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo
de 29 de marzo de 2022, sobre reparto territorial de crédito correspondiente al presupuesto de 2022, de la Línea de Financiación para Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas, del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
c) Anexo C. Declaración responsable de que la entidad solicitante es propietaria del
edificio existente destinado a alojamiento turístico o, en caso de ser explotadora,
arrendataria o concesionaria del mismo, acredite un contrato vigente que le otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma objeto de esta orden.
d) Licencia de actividad o de funcionamiento del establecimiento objeto de ayuda.
e) En el caso de viviendas de uso turístico se exigirá el correspondiente informe municipal de compatibilidad urbanística que permita dicho uso.
f) Anexo A Proyecto. Se indicarán las tipologías de actuación en las que se encuadra
la ayuda solicitada, descripción de las actuaciones subvencionables, justificación
del coste elegible, y cuantía máxima de la ayuda solicitada, donde se describan
adecuadamente las actuaciones a realizar y la situación de partida, en su caso. Se
hará una descripción de los trabajos y elementos a sustituir, planos o croquis acotados de los mismos, y se deberá acompañar de documentación gráfica si procede, así como la medición. Se justificará el cumplimiento de las exigencias básicas
del Documento Básico de Ahorro de Energía DB-HE del Código Técnico de la
Edificación que sea de aplicación a la tipología para la que se solicita ayuda.
g) Se acompañará Proyecto o Memoria Técnica, en el caso de que no se requiera proyecto por no ser necesaria la Dirección de Obra. La Memoria Técnica deberá estar suscrita por el técnico competente o instalador.
h) Se incluirá un Estudio de Gestión de Residuos donde se justifique el cumplimiento
del requisito relativo al mínimo del 70% de residuos, firmado por técnico competente, o en su defecto declaración responsable firmada por el representante del beneficiario en el que se compromete a cumplir y aportar toda la documentación necesaria para justificar el cumplimiento de lo indicado.
Se justificará que las actuaciones previstas no causarán un perjuicio significativo al
medio ambiente o, en su caso, las medidas correctoras que se adoptarán para cumplir con los criterios de la “Guía para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes
con el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente”, publicada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
i) Anexo B. Presupuesto de la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las
actuaciones, suficientemente desglosado. Asimismo, se desglosarán los importes
de IVA correspondientes de los elementos y trabajos auxiliares.
j) Anexo C. Declaración responsable de mantener el uso de alojamiento turístico del
establecimiento al menos durante los dos años siguientes a la concesión de la subvención, en el caso de que la obtenga. Si se trata de arrendatarios con un contrato
cuya vigencia es inferior al plazo indicado o supuestos análogos, también se deberá aportar una declaración suscrita por la propietaria del establecimiento, que
garantice el uso mencionado para el resto del período. En el supuesto de que no
sea respetado dicho compromiso procederá el reintegro de la cantidad recibida en
proporción al tiempo en que haya dejado de cumplirse.
k) Anexo C. Declaración responsable de que cuenta con los preceptivos permisos y
licencias exigibles por otras Administraciones y Organismos Públicos.
5. En relación con el edificio de alojamiento turístico, deberán aportarse:
a) Copia del documento que acredite la propiedad del edificio: certificado catastral
electrónico que acredite la titularidad del edificio, certificado o nota simple del registro de la propiedad, o bien, aportar documento/s acreditativo/s del hecho, acto o
negocio jurídico que demuestre la adquisición del inmueble; dicho documento puede ser de naturaleza pública (escritura pública) o privada, siempre y cuando conste fehacientemente la realidad de su fecha, en los términos establecidos en el artículo 1227 del Código Civil; de los intervinientes en el acto; y la concurrencia de
todos los requisitos que refiere el artículo 1261 del Código Civil. En el caso de que
el solicitante de la actuación no sea el propietario, se deberá aportar adicionalmen-
BOCM-20221011-23
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 242
b) Anexo VII. Declaración responsable de que la empresa a la que se represente, en
su caso, no está en crisis, según lo establecido en los artículos 2.18 y 1.4.c) del Reglamento (UE) n.o 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, y en el
Anexo III de la Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de
Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo
de 29 de marzo de 2022, sobre reparto territorial de crédito correspondiente al presupuesto de 2022, de la Línea de Financiación para Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas, del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
c) Anexo C. Declaración responsable de que la entidad solicitante es propietaria del
edificio existente destinado a alojamiento turístico o, en caso de ser explotadora,
arrendataria o concesionaria del mismo, acredite un contrato vigente que le otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma objeto de esta orden.
d) Licencia de actividad o de funcionamiento del establecimiento objeto de ayuda.
e) En el caso de viviendas de uso turístico se exigirá el correspondiente informe municipal de compatibilidad urbanística que permita dicho uso.
f) Anexo A Proyecto. Se indicarán las tipologías de actuación en las que se encuadra
la ayuda solicitada, descripción de las actuaciones subvencionables, justificación
del coste elegible, y cuantía máxima de la ayuda solicitada, donde se describan
adecuadamente las actuaciones a realizar y la situación de partida, en su caso. Se
hará una descripción de los trabajos y elementos a sustituir, planos o croquis acotados de los mismos, y se deberá acompañar de documentación gráfica si procede, así como la medición. Se justificará el cumplimiento de las exigencias básicas
del Documento Básico de Ahorro de Energía DB-HE del Código Técnico de la
Edificación que sea de aplicación a la tipología para la que se solicita ayuda.
g) Se acompañará Proyecto o Memoria Técnica, en el caso de que no se requiera proyecto por no ser necesaria la Dirección de Obra. La Memoria Técnica deberá estar suscrita por el técnico competente o instalador.
h) Se incluirá un Estudio de Gestión de Residuos donde se justifique el cumplimiento
del requisito relativo al mínimo del 70% de residuos, firmado por técnico competente, o en su defecto declaración responsable firmada por el representante del beneficiario en el que se compromete a cumplir y aportar toda la documentación necesaria para justificar el cumplimiento de lo indicado.
Se justificará que las actuaciones previstas no causarán un perjuicio significativo al
medio ambiente o, en su caso, las medidas correctoras que se adoptarán para cumplir con los criterios de la “Guía para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes
con el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente”, publicada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
i) Anexo B. Presupuesto de la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las
actuaciones, suficientemente desglosado. Asimismo, se desglosarán los importes
de IVA correspondientes de los elementos y trabajos auxiliares.
j) Anexo C. Declaración responsable de mantener el uso de alojamiento turístico del
establecimiento al menos durante los dos años siguientes a la concesión de la subvención, en el caso de que la obtenga. Si se trata de arrendatarios con un contrato
cuya vigencia es inferior al plazo indicado o supuestos análogos, también se deberá aportar una declaración suscrita por la propietaria del establecimiento, que
garantice el uso mencionado para el resto del período. En el supuesto de que no
sea respetado dicho compromiso procederá el reintegro de la cantidad recibida en
proporción al tiempo en que haya dejado de cumplirse.
k) Anexo C. Declaración responsable de que cuenta con los preceptivos permisos y
licencias exigibles por otras Administraciones y Organismos Públicos.
5. En relación con el edificio de alojamiento turístico, deberán aportarse:
a) Copia del documento que acredite la propiedad del edificio: certificado catastral
electrónico que acredite la titularidad del edificio, certificado o nota simple del registro de la propiedad, o bien, aportar documento/s acreditativo/s del hecho, acto o
negocio jurídico que demuestre la adquisición del inmueble; dicho documento puede ser de naturaleza pública (escritura pública) o privada, siempre y cuando conste fehacientemente la realidad de su fecha, en los términos establecidos en el artículo 1227 del Código Civil; de los intervinientes en el acto; y la concurrencia de
todos los requisitos que refiere el artículo 1261 del Código Civil. En el caso de que
el solicitante de la actuación no sea el propietario, se deberá aportar adicionalmen-
BOCM-20221011-23
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