Pezuela de las Torres (BOCM-20221010-93)
Régimen económico. Ordenanza fiscal huertos vecinales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 241
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 385
ANEXO A
CONTRATO DE ADJUDICACIÓN DE USO TEMPORAL DE HUERTOS VECINALES
ENTRE LAS PERSONAS O ENTIDADES ADJUDICATARIA Y EL AYUNTAMIENTO
DE PEZUELA DE LAS TORRES
En Pezuela de las Torres, a
de
de
.
REUNIDOS
De una parte,
D.
, como Alcalde Presidente del Ayuntamiento de
Pezuela de las Torres, en nombre y representación del mismo, en adelante Ayuntamiento
Y de otra,
D.
, mayor de edad, con domicilio
en
, número
de la localidad de
, con NIF
,
, actuando en nombre
propio, en adelante Adjudicatario.
Ambas partes se reconocen la capacidad legal necesaria para formalizar el presente CONTRATO
DE CONCESION DE USO PRIVATIVO DE HUERTOS VECINALES el que intervienen en el
mismo, y, en consecuencia,
EXPONEN
I.
II.
Que el adjudicatario está interesado en disfrutar durante los años
administrativa de un huerto vecinal de propiedad municipal.
Que la Alcaldía/Junta de gobierno local ha aprobado con fecha
administrativa de uso privativo de un huerto vecinal.
de la concesión
la concesión
Por lo que ambas partes suscriben el presente CONTRATO DE CONCESION DE USO PRIVATIVO
DE HUERTOS VECINALES, de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA. - El Adjudicatario tendra derecho al uso del huerto vecinal nº
, situado en la
zona de servicios El Piocejo (Polígono 10 de la parcela 71 del término municipal de Pezuela de
las Torres), según se indica en el plano adjunto desde el 1 de enero de
al 31 de
diciembre de
.
Asimismo, para garantizar el cumplimiento de las cláusulas establecidas en los contratos, se
deposita una fianza de 50 € que le será retenida hasta la resolución o término del contrato. En el
caso de incumplimiento daños a las infraestructuras por parte del Adjudicatario el Ayuntamiento
podrá aplicar la fianza como pago de las reparaciones pertinentes. En su caso, el saldo resultante
deberá ser restituido a las personas adjudicatarias al final del arriendo, en un plazo máximo de un
mes desde la resolución del cálculo del saldo resultante.
TERCERA. - Las actividades agrícolas permitidas en los huertos vecinales las siguientes:
a)
b)
Cultivo de plantas hortícolas de ciclo anual
La gestión de residuos no peligrosos para su compostaje y reutilización en la mejora de la
fertilización del suelo
No esta permitido el cultivo de plantas leñosas o la tenencia de animales domésticos
BOCM-20221010-93
SEGUNDA. – A la firma del presente contrato, el Adjudicatario ingresara, la cuota tributaria de la
concesión anual de parcela de huerto vecinal para cultivo de 50 €/año.
B.O.C.M. Núm. 241
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 385
ANEXO A
CONTRATO DE ADJUDICACIÓN DE USO TEMPORAL DE HUERTOS VECINALES
ENTRE LAS PERSONAS O ENTIDADES ADJUDICATARIA Y EL AYUNTAMIENTO
DE PEZUELA DE LAS TORRES
En Pezuela de las Torres, a
de
de
.
REUNIDOS
De una parte,
D.
, como Alcalde Presidente del Ayuntamiento de
Pezuela de las Torres, en nombre y representación del mismo, en adelante Ayuntamiento
Y de otra,
D.
, mayor de edad, con domicilio
en
, número
de la localidad de
, con NIF
,
, actuando en nombre
propio, en adelante Adjudicatario.
Ambas partes se reconocen la capacidad legal necesaria para formalizar el presente CONTRATO
DE CONCESION DE USO PRIVATIVO DE HUERTOS VECINALES el que intervienen en el
mismo, y, en consecuencia,
EXPONEN
I.
II.
Que el adjudicatario está interesado en disfrutar durante los años
administrativa de un huerto vecinal de propiedad municipal.
Que la Alcaldía/Junta de gobierno local ha aprobado con fecha
administrativa de uso privativo de un huerto vecinal.
de la concesión
la concesión
Por lo que ambas partes suscriben el presente CONTRATO DE CONCESION DE USO PRIVATIVO
DE HUERTOS VECINALES, de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA. - El Adjudicatario tendra derecho al uso del huerto vecinal nº
, situado en la
zona de servicios El Piocejo (Polígono 10 de la parcela 71 del término municipal de Pezuela de
las Torres), según se indica en el plano adjunto desde el 1 de enero de
al 31 de
diciembre de
.
Asimismo, para garantizar el cumplimiento de las cláusulas establecidas en los contratos, se
deposita una fianza de 50 € que le será retenida hasta la resolución o término del contrato. En el
caso de incumplimiento daños a las infraestructuras por parte del Adjudicatario el Ayuntamiento
podrá aplicar la fianza como pago de las reparaciones pertinentes. En su caso, el saldo resultante
deberá ser restituido a las personas adjudicatarias al final del arriendo, en un plazo máximo de un
mes desde la resolución del cálculo del saldo resultante.
TERCERA. - Las actividades agrícolas permitidas en los huertos vecinales las siguientes:
a)
b)
Cultivo de plantas hortícolas de ciclo anual
La gestión de residuos no peligrosos para su compostaje y reutilización en la mejora de la
fertilización del suelo
No esta permitido el cultivo de plantas leñosas o la tenencia de animales domésticos
BOCM-20221010-93
SEGUNDA. – A la firma del presente contrato, el Adjudicatario ingresara, la cuota tributaria de la
concesión anual de parcela de huerto vecinal para cultivo de 50 €/año.