C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20221010-37)
Encomienda de gestión –  Acuerdo de 7 de septiembre de 2022, para la encomienda de gestión entre la Dirección General del Proceso Integrado de Salud y la Dirección General de Sistemas de Información y Salud Digital, para el desarrollo de una nueva aplicación informática que de soporte al programa de cribado poblacional de cáncer de cérvix de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 241

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE OCTUBRE DE 2022

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g) Comunicar a la Dirección General del Proceso Integrado de Salud cualquier alteración que afecte sustancialmente a la ejecución de las actuaciones previstas en el
presente acuerdo.
2. La Dirección General del Proceso Integrado de Salud se compromete a:
a) Facilitar toda la información técnica y administrativa y requisitos funcionales que
resulten precisos para el cumplimiento del objetivo de la encomienda.
b) Realizar la aportación del fondo asignado al cumplimiento de la encomienda.
c) Establecer las actuaciones y el cronograma, para la consecución del objeto de la
encomienda de gestión.
d) Realizar el seguimiento, la evaluación del estado de la encomienda de gestión y la
comprobación de las actuaciones realizadas para garantizar una correcta adecuación a las finalidades perseguidas y un debido uso del fondo percibido, que se llevará a cabo por la persona formalmente designada por el titular de la Dirección
General del Proceso Integrado de Salud.
e) Justificar ante el Ministerio de Sanidad la realización del proyecto y la gestión de
los fondos asignados del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Cuarto
Presupuesto y pago
El presupuesto que se asigna al objeto de la encomienda procede de los fondos asignados
a la Comunidad de Madrid por el Ministerio de Sanidad para el ejercicio 2021, procedente de
los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España,
en el marco del componente 18 “promoción de la salud y prevención del cáncer en el marco de
la estrategia del cáncer” (C18.I2), (“Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU”), y en relación con el subproyecto de
“programa de cribado poblacional de cáncer de cérvix en la Comunidad de Madrid”.
A tal efecto, para el desarrollo del objeto encomendado y constatada la existencia de
crédito suficiente en la partida 311P/22703, dado que ambas Direcciones se adscriben al mismo Centro de gasto 171188100, no procede realizar modificación presupuestaria alguna.
Quinto
Titularidad de la competencia
La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de la competencia ni de
los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de encomienda.
Sexto
Las partes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento de Protección de Datos), así
como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.
Los datos personales que se recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación
de la encomienda, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.
En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto, y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a la que
se tenga acceso en la realización de actividades objeto de esta encomienda, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y la Ley 10/2019, de 10 de
abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos queda sometido a la mencionada normativa, así como a la
vigente en cada momento, de conformidad con los Anexos I y II de esta encomienda.

BOCM-20221010-37

Protección de datos, confidencialidad y transparencia