C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20221010-37)
Encomienda de gestión – Acuerdo de 7 de septiembre de 2022, para la encomienda de gestión entre la Dirección General del Proceso Integrado de Salud y la Dirección General de Sistemas de Información y Salud Digital, para el desarrollo de una nueva aplicación informática que de soporte al programa de cribado poblacional de cáncer de cérvix de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 194
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 241
al instrumento de la encomienda de gestión, de acuerdo a lo previsto en el artículo 11 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Dirección General del Proceso Integrado de Salud y la Dirección General de Sistemas de Información y Salud Digital,
ACUERDAN
Primero
Objeto de la encomienda
Por el presente Acuerdo, la Dirección General del Proceso Integrado de Salud encomienda a la Dirección General de Sistemas de Información y Salud Digital, el desarrollo de
una nueva aplicación informática que de soporte al Programa de Detección Precoz del Cáncer Cérvix de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Comunicaciones y seguimiento
La Dirección General del Proceso Integrado de Salud, a través de la Oficina Regional
de Coordinación Oncológica, formulará las instrucciones y establecerá los requisitos o condiciones a la Dirección General de Sistemas de Información y Salud Digital para la adecuada realización del objeto encomendado.
La Dirección General del Proceso Integrado de Salud, a través de la Oficina Regional de
Coordinación Oncológica, se encargará de realizar periódicamente el seguimiento y la evaluación del grado de consecución de los objetivos marcados por el Ministerio de Sanidad.
Tercero
Obligaciones de las partes
a) Aportar su conocimiento técnico y experiencia en la arquitectura tecnológica y desarrollo de aplicaciones informáticas en el ámbito sanitario.
b) Realizar el desarrollo de la aplicación informática de soporte al Programa de Detección Precoz del Cáncer Cérvix de la Comunidad de Madrid, conforme a los requisitos funcionales e instrucciones dadas por la Dirección General del Proceso
Integrado de Salud.
c) Justificar económicamente, en el plazo de tres meses desde la fecha de la transferencia del crédito al Ente Público, los gastos asociados a la relación de actuaciones realizadas durante el período y estado contable del crédito asignado al presente acuerdo.
d) Facilitar toda la información que le sea requerida y someterse a las actuaciones de
comprobación que puedan realizarse por la Dirección General del Proceso Integrado de Salud, y a las de control de la actividad económico-financiera que correspondan a la Intervención y otros órganos, dentro de la gestión de fondos provenientes
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
A tales efectos, deberá admitir la presencia de las personas que, formalmente sean
designadas por el titular de la Dirección General del Proceso Integrado de Salud,
para realizar el seguimiento y evaluación del estado de la encomienda y de los fondos asignados, facilitándoles cuanta información y datos contables o de otro tipo,
le sean solicitados a tal efecto.
e) Poner a disposición de la Dirección General del Proceso Integrado de Salud la información necesaria para la cumplimentación del seguimiento y evaluación requeridos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
f) Cumplir los protocolos establecidos para la ejecución del proyecto subvencionado
con fondos provenientes del “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU”, y suscribir los documentos de declaración y compromiso que se requieran a tal fin por parte de los
participantes en el proyecto.
BOCM-20221010-37
1. La Dirección General de Sistemas de Información y Salud Digital se compromete a:
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 241
al instrumento de la encomienda de gestión, de acuerdo a lo previsto en el artículo 11 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Dirección General del Proceso Integrado de Salud y la Dirección General de Sistemas de Información y Salud Digital,
ACUERDAN
Primero
Objeto de la encomienda
Por el presente Acuerdo, la Dirección General del Proceso Integrado de Salud encomienda a la Dirección General de Sistemas de Información y Salud Digital, el desarrollo de
una nueva aplicación informática que de soporte al Programa de Detección Precoz del Cáncer Cérvix de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Comunicaciones y seguimiento
La Dirección General del Proceso Integrado de Salud, a través de la Oficina Regional
de Coordinación Oncológica, formulará las instrucciones y establecerá los requisitos o condiciones a la Dirección General de Sistemas de Información y Salud Digital para la adecuada realización del objeto encomendado.
La Dirección General del Proceso Integrado de Salud, a través de la Oficina Regional de
Coordinación Oncológica, se encargará de realizar periódicamente el seguimiento y la evaluación del grado de consecución de los objetivos marcados por el Ministerio de Sanidad.
Tercero
Obligaciones de las partes
a) Aportar su conocimiento técnico y experiencia en la arquitectura tecnológica y desarrollo de aplicaciones informáticas en el ámbito sanitario.
b) Realizar el desarrollo de la aplicación informática de soporte al Programa de Detección Precoz del Cáncer Cérvix de la Comunidad de Madrid, conforme a los requisitos funcionales e instrucciones dadas por la Dirección General del Proceso
Integrado de Salud.
c) Justificar económicamente, en el plazo de tres meses desde la fecha de la transferencia del crédito al Ente Público, los gastos asociados a la relación de actuaciones realizadas durante el período y estado contable del crédito asignado al presente acuerdo.
d) Facilitar toda la información que le sea requerida y someterse a las actuaciones de
comprobación que puedan realizarse por la Dirección General del Proceso Integrado de Salud, y a las de control de la actividad económico-financiera que correspondan a la Intervención y otros órganos, dentro de la gestión de fondos provenientes
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
A tales efectos, deberá admitir la presencia de las personas que, formalmente sean
designadas por el titular de la Dirección General del Proceso Integrado de Salud,
para realizar el seguimiento y evaluación del estado de la encomienda y de los fondos asignados, facilitándoles cuanta información y datos contables o de otro tipo,
le sean solicitados a tal efecto.
e) Poner a disposición de la Dirección General del Proceso Integrado de Salud la información necesaria para la cumplimentación del seguimiento y evaluación requeridos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
f) Cumplir los protocolos establecidos para la ejecución del proyecto subvencionado
con fondos provenientes del “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU”, y suscribir los documentos de declaración y compromiso que se requieran a tal fin por parte de los
participantes en el proyecto.
BOCM-20221010-37
1. La Dirección General de Sistemas de Información y Salud Digital se compromete a: