C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221008-1)
Convenio colectivo – Resolución de 20 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la Empresa Saargummi Ibérica, S. A. (Código número 28100442012013)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 240
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 8 DE OCTUBRE DE 2022
b)
Vigilar el cumplimiento de lo pactado.
c)
Cualesquiera otras actividades que tiendan a una mejor aplicación y desarrollo de lo
establecido en el Convenio.
d)
Emitir informe previo a la interposición de conflicto colectivo, así como reunirse con carácter
previo a la adopción de cualquier medida de presión.
Pág. 11
La Comisión Paritaria tendrá que reunirse en un plazo de 7 días desde que se instó su actuación, al
igual que tendrá un plazo de 10 días para resolver desde que se reunió la comisión paritaria.
En caso de no llegar a ningún acuerdo en el seno de la comisión paritaria cualquiera de las partes
podrá optar por someter las discrepancias al Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, respecto
a la cuestión no resuelta en esta comisión paritaria de acuerdo a lo establecido en el art. 82.3 E.T.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA
1.
Mediante la firma del presente convenio Colectivo la Empresa se compromete, siempre que la
capacidad y la superficie productiva disponible lo permitan, a llevar a cabo la producción de
grandes series en la planta de Loeches.
2.
No obstante, la Empresa se reserva la posibilidad de poder externalizar la ejecución de
operaciones secundarias dentro del proceso, con o sin antecedentes históricos y cuya
fabricación ofrezca escasa rentabilidad.
3.
También la Empresa se reserva la opción de poder optimizar los costes de otras áreas de
actividad que no sean directamente productivas, externalizando los servicios correspondientes.
DISPOSICIÓN FINAL
BOCM-20221008-1
El presente Convenio Colectivo de SaarGummi Ibérica tiene fuerza normativa y obliga, por todo el
tiempo de su vigencia y con exclusión de cualquier otro, a la totalidad de los trabajadores/as de
SaarGummi Ibérica dentro de su ámbito de aplicación.
B.O.C.M. Núm. 240
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 8 DE OCTUBRE DE 2022
b)
Vigilar el cumplimiento de lo pactado.
c)
Cualesquiera otras actividades que tiendan a una mejor aplicación y desarrollo de lo
establecido en el Convenio.
d)
Emitir informe previo a la interposición de conflicto colectivo, así como reunirse con carácter
previo a la adopción de cualquier medida de presión.
Pág. 11
La Comisión Paritaria tendrá que reunirse en un plazo de 7 días desde que se instó su actuación, al
igual que tendrá un plazo de 10 días para resolver desde que se reunió la comisión paritaria.
En caso de no llegar a ningún acuerdo en el seno de la comisión paritaria cualquiera de las partes
podrá optar por someter las discrepancias al Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, respecto
a la cuestión no resuelta en esta comisión paritaria de acuerdo a lo establecido en el art. 82.3 E.T.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA
1.
Mediante la firma del presente convenio Colectivo la Empresa se compromete, siempre que la
capacidad y la superficie productiva disponible lo permitan, a llevar a cabo la producción de
grandes series en la planta de Loeches.
2.
No obstante, la Empresa se reserva la posibilidad de poder externalizar la ejecución de
operaciones secundarias dentro del proceso, con o sin antecedentes históricos y cuya
fabricación ofrezca escasa rentabilidad.
3.
También la Empresa se reserva la opción de poder optimizar los costes de otras áreas de
actividad que no sean directamente productivas, externalizando los servicios correspondientes.
DISPOSICIÓN FINAL
BOCM-20221008-1
El presente Convenio Colectivo de SaarGummi Ibérica tiene fuerza normativa y obliga, por todo el
tiempo de su vigencia y con exclusión de cualquier otro, a la totalidad de los trabajadores/as de
SaarGummi Ibérica dentro de su ámbito de aplicación.