Paracuellos de Jarama (BOCM-20221006-72)
Organización y funcionamiento. Ordenanza terrazas, quioscos y similares
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 238

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2022

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b) Para las solicitudes de renovación simple:
1) Solicitud normalizada de renovación de Autorización de Instalación de Terraza, firmada por el titular de la actividad, incluyendo los datos indicados en la
misma.
2) Declaración de hallarse al corriente de pago de sus obligaciones tributarias
con el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama.
3) Justificante del abono de la tasa correspondiente.
4) Documentación acreditativa de la vigencia y de hallarse al corriente en el
pago de la póliza de seguro de responsabilidad civil y de incendios. En dicha
póliza debe indicarse expresamente la cobertura de la actividad de terraza y
de los elementos que en ella se dispongan.
5) Compromiso de mantener el seguro de responsabilidad civil mientras dure el
período de vigencia de autorización de la terraza.
c) Para las solicitudes de renovación con ampliación o modificación:
1) Solicitud normalizada de renovación de Autorización de Instalación de Terraza, firmada por el titular de la actividad, incluyendo los datos indicados en la
misma.
2) Declaración de hallarse al corriente de pago de sus obligaciones tributarias
con el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama.
3) Justificante del abono de la tasa correspondiente.
4) Documentación acreditativa de la vigencia y de hallarse al corriente en el
pago de la póliza de seguro de responsabilidad civil y de incendios. En dicha
póliza debe indicarse expresamente la cobertura de la actividad de terraza y
de los elementos que en ella se dispongan.
5) Compromiso de mantener el seguro de responsabilidad civil mientras dure el
período de vigencia de autorización de la terraza.
6) En función de la modificación o ampliación que se pretenda llevar a cabo, se
presentará la documentación correspondiente a los puntos 9 a 12 del apartado
a) del presente artículo, debiendo quedar perfectamente descrita la modificación o ampliación pretendida.
Art. 29. Tramitación.—El procedimiento para otorgar las autorizaciones de instalación de terraza se ha de ajustar a los siguientes trámites:

Art. 30. Competencia.—La autorización será otorgada por el órgano municipal competente de acuerdo con lo dispuesto en las leyes y, en su caso, acuerdos o decretos de delegación.
Art. 31. Contenido de la autorización.—Las autorizaciones de terrazas que se concedan deben tener, en todo caso, el siguiente contenido:
a)
b)
c)
d)
e)

Identificación del titular y de la ubicación del establecimiento principal.
Situación y superficie en metros cuadrados de la instalación.
Elementos que delimitan o acondicionan la terraza.
Período y horario de funcionamiento de la instalación.
Limitaciones y condicionantes de índole medioambiental a que queda condicionada.

BOCM-20221006-72

1. La solicitud, a la que se acompañará la documentación prevista en la presente ordenanza, se presentará conforme a lo establecido en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de la sede
del Registro Electrónico o en la Oficina de Registro del Ayuntamiento de Paracuellos de
Jarama, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16 de la mencionada Ley 39/2015.
2. Los servicios municipales dispondrán de un plazo de diez días para examinar la
solicitud y la documentación aportada y, en su caso, requerir al interesado para que en el
plazo de diez días subsane la falta o acompañe la documentación preceptiva con indicación
de que si no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución.
3. Una vez completada la documentación, se emitirá el informe técnico preceptivo
que propondrá el otorgamiento o la denegación de la autorización.
4. La resolución del órgano competente deberá producirse en un plazo no superior a
dos meses contados desde el día siguiente a la fecha en que se inicie el procedimiento.
Transcurrido el mismo sin dictarse resolución expresa, el interesado entenderá desestimada su solicitud por silencio administrativo.