Alcobendas (BOCM-20221003-51)
Urbanismo. Modificación puntual número 2, Los Peñotes
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 235
En el segundo párrafo que define el Centro de Jardinería se añade: “y el servicio de
cuidado de animales domésticos incluido el uso sanitario”.
2.1.3. En la definición del uso característico de la Zona.
En el apartado 2.3.4 Regulación pormenorizada de los usos.
Al final del primer párrafo del epígrafe 2.3.4.1 Usos característico.
Se define como uso característico el terciario, en su categoría de comercial y especialización concreta en la actual venta de especies vegetales en maceta, elementos de jardinería en
general y para las actividades al aire libre, incluyendo la venta de animales de compañía.
Se añade y el cuidado de estos, incluido el uso sanitario. En conjunto, los englobados
bajo el concepto de Centro de Jardinería.
2.1.4. En las condiciones exigibles a los usos permitidos.
En el epígrafe 2.3.4.2 Usos permitidos:
— En el Uso Terciario: Clase D. Recreativo D-2. “Establecimientos para consumo de
bebidas y comidas: son locales acondicionados para consumir en su interior alimentos, como bares, restaurantes y cafeterías, excepto bares especiales.
En situación de edificio exclusivo y hasta 1.000 metros cuadrados por edificio”.
Se añade: En edificio compartido con otros usos distintos de vivienda.
Al aire libre”.
— En el Uso Dotacional:
• Clase A. Equipamiento.
– A-2. Cultural.
– A-3. Docente.
Se añade:
– A.4. Sanitario.
2.1.5. Texto completo de las Norma MCJ. Mantenimiento del Centro de Jardinería
modificada.
2.3. Zona MCJ. Mantenimiento del Centro de Jardinería
2.3.1. Ámbito territorial y características.
Comprende las zonas de suelo grafiadas con el código MCJ en los planos de Ordenación.
El objeto de la presente Norma es la regulación pormenorizada de las condiciones del
suelo, de la edificación y de los usos para el mantenimiento y potenciación de la actividad
terciaria de comercio que en la actualidad se desarrolla y que consiste en la venta de especies vegetales en maceta, elementos de jardinería en general y para las actividades al aire
libre, incluyendo la venta de animales domésticos y el servicio de cuidado de animales domésticos, incluido el uso sanitario y sus equipamientos, la impartición de seminarios y clases sobre naturaleza, la guardería de niños y la hostelería de restauración. Actividades englobadas bajo el concepto general de Centro de Jardinería.
2.3.1.1. Tipología edificatoria.
La existente. En el Anexo V de la Memoria se detalla el Catálogo de Edificaciones
existentes, con su definición en plantas, alzados, secciones, uso y superficies.
2.3.2. Condiciones pormenorizadas del uso Terciario Comercial. Centro de Jardinería.
Se pormenoriza el uso Terciario Comercial en su especialización de Centro de Jardinería debido a que este uso, existente en la actualidad en el ámbito del API, se mantiene,
siendo este un objetivo principal que debe cumplir la ordenación del área, conforme se expresa en su ficha de planeamiento, y también por sus peculiares características.
Se define como Centro de Jardinería el dedicado a venta de especies vegetales en maceta, de elementos de jardinería en general y para el equipamiento de espacios libres de uso
particular, así como de los elementos complementarios necesarios, incluida la venta de animales domésticos y el servicio de cuidado de animales domésticos, incluido el uso sanitario y sus equipamientos.
La actividad se complementa con cursos de formación sobre la naturaleza y técnicas
de jardinería mediante la impartición de clases, seminarios y aulas de la naturaleza.
Son igualmente actividades complementarias, el mantenimiento y la reparación de los
elementos del Centro y los por él comercializados, la de guardería de niños y hostelería de
restauración.
La actividad se desarrolla en un tipo de instalaciones que requieren de gran superficie
ya que los productos en venta (las especies vegetales en maceta) se exponen en un solo ni-
BOCM-20221003-51
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 235
En el segundo párrafo que define el Centro de Jardinería se añade: “y el servicio de
cuidado de animales domésticos incluido el uso sanitario”.
2.1.3. En la definición del uso característico de la Zona.
En el apartado 2.3.4 Regulación pormenorizada de los usos.
Al final del primer párrafo del epígrafe 2.3.4.1 Usos característico.
Se define como uso característico el terciario, en su categoría de comercial y especialización concreta en la actual venta de especies vegetales en maceta, elementos de jardinería en
general y para las actividades al aire libre, incluyendo la venta de animales de compañía.
Se añade y el cuidado de estos, incluido el uso sanitario. En conjunto, los englobados
bajo el concepto de Centro de Jardinería.
2.1.4. En las condiciones exigibles a los usos permitidos.
En el epígrafe 2.3.4.2 Usos permitidos:
— En el Uso Terciario: Clase D. Recreativo D-2. “Establecimientos para consumo de
bebidas y comidas: son locales acondicionados para consumir en su interior alimentos, como bares, restaurantes y cafeterías, excepto bares especiales.
En situación de edificio exclusivo y hasta 1.000 metros cuadrados por edificio”.
Se añade: En edificio compartido con otros usos distintos de vivienda.
Al aire libre”.
— En el Uso Dotacional:
• Clase A. Equipamiento.
– A-2. Cultural.
– A-3. Docente.
Se añade:
– A.4. Sanitario.
2.1.5. Texto completo de las Norma MCJ. Mantenimiento del Centro de Jardinería
modificada.
2.3. Zona MCJ. Mantenimiento del Centro de Jardinería
2.3.1. Ámbito territorial y características.
Comprende las zonas de suelo grafiadas con el código MCJ en los planos de Ordenación.
El objeto de la presente Norma es la regulación pormenorizada de las condiciones del
suelo, de la edificación y de los usos para el mantenimiento y potenciación de la actividad
terciaria de comercio que en la actualidad se desarrolla y que consiste en la venta de especies vegetales en maceta, elementos de jardinería en general y para las actividades al aire
libre, incluyendo la venta de animales domésticos y el servicio de cuidado de animales domésticos, incluido el uso sanitario y sus equipamientos, la impartición de seminarios y clases sobre naturaleza, la guardería de niños y la hostelería de restauración. Actividades englobadas bajo el concepto general de Centro de Jardinería.
2.3.1.1. Tipología edificatoria.
La existente. En el Anexo V de la Memoria se detalla el Catálogo de Edificaciones
existentes, con su definición en plantas, alzados, secciones, uso y superficies.
2.3.2. Condiciones pormenorizadas del uso Terciario Comercial. Centro de Jardinería.
Se pormenoriza el uso Terciario Comercial en su especialización de Centro de Jardinería debido a que este uso, existente en la actualidad en el ámbito del API, se mantiene,
siendo este un objetivo principal que debe cumplir la ordenación del área, conforme se expresa en su ficha de planeamiento, y también por sus peculiares características.
Se define como Centro de Jardinería el dedicado a venta de especies vegetales en maceta, de elementos de jardinería en general y para el equipamiento de espacios libres de uso
particular, así como de los elementos complementarios necesarios, incluida la venta de animales domésticos y el servicio de cuidado de animales domésticos, incluido el uso sanitario y sus equipamientos.
La actividad se complementa con cursos de formación sobre la naturaleza y técnicas
de jardinería mediante la impartición de clases, seminarios y aulas de la naturaleza.
Son igualmente actividades complementarias, el mantenimiento y la reparación de los
elementos del Centro y los por él comercializados, la de guardería de niños y hostelería de
restauración.
La actividad se desarrolla en un tipo de instalaciones que requieren de gran superficie
ya que los productos en venta (las especies vegetales en maceta) se exponen en un solo ni-
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