C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221003-15)
Bases ayudas – Orden 3130/2022, de 23 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a empresas pertenecientes a los sectores agrícola, ganadero, forestal e industria asociada o agroalimentaria, para la realización de proyectos de investigación, desarrollo e innovación
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BOCM
Pág. 94
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 235
noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
DISPONGO
Artículo 1
Objeto y finalidad
1. Esta orden tiene por objeto la aprobación de las bases reguladoras que regirán la
concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), llevados a cabo por empresas de
la Comunidad de Madrid, pertenecientes a los sectores agrícola, ganadero, forestal o de sus
industrias asociadas o agroalimentarias (línea de ayudas “Innobonos”).
2. La finalidad de estas ayudas es la activación de la inversión privada en I+D+i y el
fortalecimiento de las capacidades tecnológicas y de innovación de los sectores agrícola,
ganadero, forestal y de sus industrias asociadas o agroalimentarias de la Comunidad de
Madrid, con el objeto de promover, impulsar y apoyar a estos sectores económicos, reforzando así su competitividad, rentabilidad y sostenibilidad.
Artículo 2
Régimen jurídico
Estas ayudas se regirán por lo establecido en estas bases reguladoras. En todo lo no dispuesto en las mismas, se aplicará el Reglamento (UE) número 651/2014, de la Comisión,
de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles
con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2023, por el Reglamento (UE) 2020/972, de la Comisión de 2 de julio, por el que se modifican el Reglamento (UE) número 1407/2013 en lo que respecta a su
prórroga y el Reglamento (UE) número 651/2014 en lo que respecta a su prórroga y los ajustes pertinentes, o reglamento que lo sustituya; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en todo lo que constituya legislación básica; la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de
Madrid, el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas, el Decreto 222/1998, de 23 de
diciembre, de Desarrollo Parcial de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de bases reguladoras de las mismas; la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen
Gobierno, la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad
de Madrid, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Artículo 3
1. A efectos de estas ayudas, serán líneas prioritarias de I + D + i aquellas que desarrollen productos, prácticas, procesos, tecnologías, nuevos o mejorados, en alguna de las siguientes temáticas:
— Adaptación de cultivos al cambio climático.
— Reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero o aumento de sumideros de carbono.
— Prevención de la pérdida y erosión de suelo agrario o forestal.
— Reducción del consumo de insumos.
— Prevención de la generación de residuos agrarios, forestales o agroalimentarios.
— Valorización de residuos o subproductos derivados de la agricultura, ganadería y
silvicultura, así como de su industria asociada o agroalimentaria.
— Nuevo envasado, conservación o procesado de productos agroalimentarios.
— Aumento de la competitividad mediante cultivos multiobjetivo.
— Estudios de vida útil del producto.
— Desarrollo de nuevos productos alimentarios. Optimización y mejora de la formulación y de los procesos alimentarios, incluido el procesado de conservación.
BOCM-20221003-15
Líneas de investigación, desarrollo e innovación prioritarias
Pág. 94
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 235
noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
DISPONGO
Artículo 1
Objeto y finalidad
1. Esta orden tiene por objeto la aprobación de las bases reguladoras que regirán la
concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), llevados a cabo por empresas de
la Comunidad de Madrid, pertenecientes a los sectores agrícola, ganadero, forestal o de sus
industrias asociadas o agroalimentarias (línea de ayudas “Innobonos”).
2. La finalidad de estas ayudas es la activación de la inversión privada en I+D+i y el
fortalecimiento de las capacidades tecnológicas y de innovación de los sectores agrícola,
ganadero, forestal y de sus industrias asociadas o agroalimentarias de la Comunidad de
Madrid, con el objeto de promover, impulsar y apoyar a estos sectores económicos, reforzando así su competitividad, rentabilidad y sostenibilidad.
Artículo 2
Régimen jurídico
Estas ayudas se regirán por lo establecido en estas bases reguladoras. En todo lo no dispuesto en las mismas, se aplicará el Reglamento (UE) número 651/2014, de la Comisión,
de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles
con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2023, por el Reglamento (UE) 2020/972, de la Comisión de 2 de julio, por el que se modifican el Reglamento (UE) número 1407/2013 en lo que respecta a su
prórroga y el Reglamento (UE) número 651/2014 en lo que respecta a su prórroga y los ajustes pertinentes, o reglamento que lo sustituya; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en todo lo que constituya legislación básica; la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de
Madrid, el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas, el Decreto 222/1998, de 23 de
diciembre, de Desarrollo Parcial de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de bases reguladoras de las mismas; la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen
Gobierno, la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad
de Madrid, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Artículo 3
1. A efectos de estas ayudas, serán líneas prioritarias de I + D + i aquellas que desarrollen productos, prácticas, procesos, tecnologías, nuevos o mejorados, en alguna de las siguientes temáticas:
— Adaptación de cultivos al cambio climático.
— Reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero o aumento de sumideros de carbono.
— Prevención de la pérdida y erosión de suelo agrario o forestal.
— Reducción del consumo de insumos.
— Prevención de la generación de residuos agrarios, forestales o agroalimentarios.
— Valorización de residuos o subproductos derivados de la agricultura, ganadería y
silvicultura, así como de su industria asociada o agroalimentaria.
— Nuevo envasado, conservación o procesado de productos agroalimentarios.
— Aumento de la competitividad mediante cultivos multiobjetivo.
— Estudios de vida útil del producto.
— Desarrollo de nuevos productos alimentarios. Optimización y mejora de la formulación y de los procesos alimentarios, incluido el procesado de conservación.
BOCM-20221003-15
Líneas de investigación, desarrollo e innovación prioritarias