C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221001-2)
Convenio colectivo – Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa 3M España (código número 28102691012019)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 234
SÁBADO 1 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 47
IX. DISCIPLINA
En cuestión de disciplina, regirá la normativa vigente garantizándose las prerrogativas definidas en
el art. 64 del Estatuto de los Trabajadores en lo referente al derecho de Información y consulta de
la RLPT.
X. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
1. En cuantas materias afecten a Seguridad y Salud en el trabajo, serán de aplicación las disposiciones contenidas en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y su
Normativa Complementaria y de Desarrollo.
2. Se establecen las siguientes Normas de Funcionamiento de los Comités de Seguridad y Salud.
Primera: Composición.
El Comité de Seguridad y Salud estará formado por los delegados, delegadas de Prevención, y
delegado/a de medio ambiente de una parte, y por los Representantes de la Compañía en igual
número a los delegadas y delegados de Prevención, de la otra.
Los delegados y delegadas de Prevención serán designados por y entre la RLPT y de acuerdo con
la escala recogida en el artículo 35 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
En las reuniones del Comité de Seguridad y Salud participarán, con voz pero sin voto, las Secciones Sindicales y las personas responsables técnicas de la prevención en la Compañía que no
estén incluidas en la composición anterior.
También podrán participar las personas ajenas al Comité de Seguridad y Salud, según se recoge
en el artículo 38.2 de la L. de P.R.L.
Se incluye la figura del delegado/a de Sostenibilidad y Medio Ambiente por centro, esta figura no
conllevará un crédito horario adicional al existente, cuyas funciones serán:
Colaborar con la empresa en la mejora del comportamiento ambiental de la empresa.
Promover y fomentar la cooperación y participación de los trabajadores en el cumplimiento de la legislación ambiental y de los requisitos de las normas UNE-EN-ISO 14001 y el
Reglamento EMAS u otras de rango similar o superior.
Ejercer una labor de seguimiento sobre el cumplimiento de la normativa ambiental, de las
políticas y participar en la planificación objetivos ambientales de la empresa.
Recibir la información ambiental que genere la empresa, de las inspecciones y auditorías
realizadas en esta área.
Recibir copia de la documentación que esta facilite a las Administraciones Públicas en relación con las emisiones, los vertidos, la generación de residuos, el uso del agua y el consumo de energía
Colaborar con el diseño y el desarrollo de las acciones formativas relacionadas con el
medio ambiente.
Proponer a la empresa medidas tendentes a mejorar la gestión ambiental y reducir los
riesgos ambientales.
Asesoramiento: La RLPT debe recibir asesoramiento y formación externa e interna a la
empresa en materia de medio ambiente.
Segunda: Reuniones.
•
Información sobre:
1. Nivel de aplicación y resultados del Plan de Prevención.
2. Resultados de los eventuales controles ambientales o actividades de vigilancia de la
salud.
3. Evolución de la siniestralidad y absentismo en general, derivados de enfermedad y accidente laboral.
BOCM-20221001-2
El Comité de Seguridad y Salud se reunirá trimestralmente y siempre que lo solicite alguna de las
representaciones en el mismo.
Las reuniones del Comité del Seguridad y Salud se convocarán por escrito por el secretario del
Comité con 72 horas de antelación como mínimo y un orden del día que constará, al menos de:
•
Lectura y aprobación del acta anterior.
•
Revisión de puntos pendientes y en desacuerdo, de la reunión anterior.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 234
SÁBADO 1 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 47
IX. DISCIPLINA
En cuestión de disciplina, regirá la normativa vigente garantizándose las prerrogativas definidas en
el art. 64 del Estatuto de los Trabajadores en lo referente al derecho de Información y consulta de
la RLPT.
X. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
1. En cuantas materias afecten a Seguridad y Salud en el trabajo, serán de aplicación las disposiciones contenidas en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y su
Normativa Complementaria y de Desarrollo.
2. Se establecen las siguientes Normas de Funcionamiento de los Comités de Seguridad y Salud.
Primera: Composición.
El Comité de Seguridad y Salud estará formado por los delegados, delegadas de Prevención, y
delegado/a de medio ambiente de una parte, y por los Representantes de la Compañía en igual
número a los delegadas y delegados de Prevención, de la otra.
Los delegados y delegadas de Prevención serán designados por y entre la RLPT y de acuerdo con
la escala recogida en el artículo 35 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
En las reuniones del Comité de Seguridad y Salud participarán, con voz pero sin voto, las Secciones Sindicales y las personas responsables técnicas de la prevención en la Compañía que no
estén incluidas en la composición anterior.
También podrán participar las personas ajenas al Comité de Seguridad y Salud, según se recoge
en el artículo 38.2 de la L. de P.R.L.
Se incluye la figura del delegado/a de Sostenibilidad y Medio Ambiente por centro, esta figura no
conllevará un crédito horario adicional al existente, cuyas funciones serán:
Colaborar con la empresa en la mejora del comportamiento ambiental de la empresa.
Promover y fomentar la cooperación y participación de los trabajadores en el cumplimiento de la legislación ambiental y de los requisitos de las normas UNE-EN-ISO 14001 y el
Reglamento EMAS u otras de rango similar o superior.
Ejercer una labor de seguimiento sobre el cumplimiento de la normativa ambiental, de las
políticas y participar en la planificación objetivos ambientales de la empresa.
Recibir la información ambiental que genere la empresa, de las inspecciones y auditorías
realizadas en esta área.
Recibir copia de la documentación que esta facilite a las Administraciones Públicas en relación con las emisiones, los vertidos, la generación de residuos, el uso del agua y el consumo de energía
Colaborar con el diseño y el desarrollo de las acciones formativas relacionadas con el
medio ambiente.
Proponer a la empresa medidas tendentes a mejorar la gestión ambiental y reducir los
riesgos ambientales.
Asesoramiento: La RLPT debe recibir asesoramiento y formación externa e interna a la
empresa en materia de medio ambiente.
Segunda: Reuniones.
•
Información sobre:
1. Nivel de aplicación y resultados del Plan de Prevención.
2. Resultados de los eventuales controles ambientales o actividades de vigilancia de la
salud.
3. Evolución de la siniestralidad y absentismo en general, derivados de enfermedad y accidente laboral.
BOCM-20221001-2
El Comité de Seguridad y Salud se reunirá trimestralmente y siempre que lo solicite alguna de las
representaciones en el mismo.
Las reuniones del Comité del Seguridad y Salud se convocarán por escrito por el secretario del
Comité con 72 horas de antelación como mínimo y un orden del día que constará, al menos de:
•
Lectura y aprobación del acta anterior.
•
Revisión de puntos pendientes y en desacuerdo, de la reunión anterior.