C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221001-2)
Convenio colectivo – Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa 3M España (código número 28102691012019)
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 234
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 1 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 45
4. Formación Profesional:
La Compañía destinará hasta un máximo de 60.000 euros a financiar los cursos externos relacionados con la actividad de la Compañía (Estudios primarios, Bachiller, Formación Profesional, Estudios Universitarios e inglés y francés, portugués, italiano o alemán para quienes tengan suficiente
nivel de inglés), que realicen aquellas personas interesadas sobre las siguientes:
a) Reembolso del 80% del valor del curso con un tope máximo a reembolsar de 1.600 euros año.
El valor del curso estará integrado por el coste de matrícula, clases y los libros oficiales necesarios. El coste de los libros tendrá como límite el 50% del coste de matrícula y clases.
b) Los cursos deberán realizarse fuera de horas de trabajo.
c) En los Cursos financiados con ayuda de estudios por la Compañía, se exigirá un control tanto
de asistencia como de aprovechamiento que en caso de ser negativo supondrá la retirada de
la ayuda.
d) Se establecerá un orden de prioridad para la concesión de estas financiaciones, basado en
circunstancias objetivas.
e) Los cursos deberán realizarse de manera presencial o en formato e-learning en centros oficiales o reconocidos por la Compañía.
f) A petición de la persona interesada y una vez aprobada la ayuda de estudios, se adelantará la
mitad de su cuantía que sería devuelta en caso de no cubrirse el objetivo del curso para el
que se solicitó.
g) La duración máxima de los cursos externos de idiomas será de 6 años y se podrán realizar en
formato presencial o e-learning. El Certificado de aprovechamiento expedido por un centro
acreditado será suficiente para proceder al pago de la ayuda.
Si el fondo no se hubiera agotado, tendrán cabida dentro de este capítulo los Cursos de mantenimiento de nivel en el caso de estudio de idiomas, o de actualización en los de estudios técnicos.
Los cursos de mantenimiento de idiomas, podrán ser alternos a partir del 5.º año hasta completar
10 años de formación.
También podrán solicitar ayuda de estudios para sus hijos y/o hijas aquellas personas que tuvieran
hijos y/o hijas estudiando en instituciones públicas o concertadas de educación infantil de segundo
ciclo, primaria, secundaria, bachillerato y grado medio:
a) El importe de esta ayuda será de 100 € anuales por hijo o hija.
b) En caso de que ambos progenitores sean trabajadores de la empresa y soliciten dicha ayuda, la misma será dividida a partes iguales.
c) El orden de preferencia de solicitud de ayuda de estudios para los hijos y/o hijas es de menor
a mayor salario de la persona que lo solicite.
d) Las solicitudes deberán ser presentadas durante el mes de septiembre.
e) Se establece el siguiente orden de preferencia entre las solicitudes recibidas:
-
Criterio principal: Tendrán preferencia las solicitudes de personas con un menor salario.
-
Criterio secundario: A igualdad de salario, tendrán prioridad las solicitudes de instituciones públicas respecto a las instituciones concertadas.
Trimestralmente se facilitará a la RLPT información nominal de las solicitudes recibidas, tipo de
curso y su importe, así como de su aprobación o denegación. Al final de cada curso académico, se
informará de las ayudas realmente abonadas.
a)
Analizar el balance de las acciones formativas desarrolladas en el ejercicio anterior.
b)
Recibir información sobre las orientaciones generales del contenido del plan formativo
(objetivos, especialidades, denominación de cursos, etc.) y presentar las sugerencias que
se consideren oportunas.
c)
Recibir información sobre los calendarios de ejecución.
d)
Analizar los colectivos afectados en las distintas categorías y grupos profesionales.
e)
Conocer los medios pedagógicos y lugares de impartición.
f)
Conocer los presupuestos de formación de la Compañía, especificando las partidas económicas que soportan las acciones formativas.
BOCM-20221001-2
A los efectos de permitir el seguimiento de las previsiones en materia de formación se constituye
una comisión paritaria de 6 miembros, con las siguientes funciones:
B.O.C.M. Núm. 234
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 1 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 45
4. Formación Profesional:
La Compañía destinará hasta un máximo de 60.000 euros a financiar los cursos externos relacionados con la actividad de la Compañía (Estudios primarios, Bachiller, Formación Profesional, Estudios Universitarios e inglés y francés, portugués, italiano o alemán para quienes tengan suficiente
nivel de inglés), que realicen aquellas personas interesadas sobre las siguientes:
a) Reembolso del 80% del valor del curso con un tope máximo a reembolsar de 1.600 euros año.
El valor del curso estará integrado por el coste de matrícula, clases y los libros oficiales necesarios. El coste de los libros tendrá como límite el 50% del coste de matrícula y clases.
b) Los cursos deberán realizarse fuera de horas de trabajo.
c) En los Cursos financiados con ayuda de estudios por la Compañía, se exigirá un control tanto
de asistencia como de aprovechamiento que en caso de ser negativo supondrá la retirada de
la ayuda.
d) Se establecerá un orden de prioridad para la concesión de estas financiaciones, basado en
circunstancias objetivas.
e) Los cursos deberán realizarse de manera presencial o en formato e-learning en centros oficiales o reconocidos por la Compañía.
f) A petición de la persona interesada y una vez aprobada la ayuda de estudios, se adelantará la
mitad de su cuantía que sería devuelta en caso de no cubrirse el objetivo del curso para el
que se solicitó.
g) La duración máxima de los cursos externos de idiomas será de 6 años y se podrán realizar en
formato presencial o e-learning. El Certificado de aprovechamiento expedido por un centro
acreditado será suficiente para proceder al pago de la ayuda.
Si el fondo no se hubiera agotado, tendrán cabida dentro de este capítulo los Cursos de mantenimiento de nivel en el caso de estudio de idiomas, o de actualización en los de estudios técnicos.
Los cursos de mantenimiento de idiomas, podrán ser alternos a partir del 5.º año hasta completar
10 años de formación.
También podrán solicitar ayuda de estudios para sus hijos y/o hijas aquellas personas que tuvieran
hijos y/o hijas estudiando en instituciones públicas o concertadas de educación infantil de segundo
ciclo, primaria, secundaria, bachillerato y grado medio:
a) El importe de esta ayuda será de 100 € anuales por hijo o hija.
b) En caso de que ambos progenitores sean trabajadores de la empresa y soliciten dicha ayuda, la misma será dividida a partes iguales.
c) El orden de preferencia de solicitud de ayuda de estudios para los hijos y/o hijas es de menor
a mayor salario de la persona que lo solicite.
d) Las solicitudes deberán ser presentadas durante el mes de septiembre.
e) Se establece el siguiente orden de preferencia entre las solicitudes recibidas:
-
Criterio principal: Tendrán preferencia las solicitudes de personas con un menor salario.
-
Criterio secundario: A igualdad de salario, tendrán prioridad las solicitudes de instituciones públicas respecto a las instituciones concertadas.
Trimestralmente se facilitará a la RLPT información nominal de las solicitudes recibidas, tipo de
curso y su importe, así como de su aprobación o denegación. Al final de cada curso académico, se
informará de las ayudas realmente abonadas.
a)
Analizar el balance de las acciones formativas desarrolladas en el ejercicio anterior.
b)
Recibir información sobre las orientaciones generales del contenido del plan formativo
(objetivos, especialidades, denominación de cursos, etc.) y presentar las sugerencias que
se consideren oportunas.
c)
Recibir información sobre los calendarios de ejecución.
d)
Analizar los colectivos afectados en las distintas categorías y grupos profesionales.
e)
Conocer los medios pedagógicos y lugares de impartición.
f)
Conocer los presupuestos de formación de la Compañía, especificando las partidas económicas que soportan las acciones formativas.
BOCM-20221001-2
A los efectos de permitir el seguimiento de las previsiones en materia de formación se constituye
una comisión paritaria de 6 miembros, con las siguientes funciones: