C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221001-2)
Convenio colectivo – Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa 3M España (código número 28102691012019)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 42
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 1 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 234
segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento superior a 150 km. al efecto, el plazo será de tres días hábiles
más.
c)
Cuando corresponda permiso por hospitalización podrán tomarse en días discontinuos
mientras dura la hospitalización.
d)
Un día para la realización de exámenes de estudios oficiales o Máster.
e)
Un día natural en el caso de matrimonio de hijos o hijas, hermanos o hermanas, nietos o
nietas
f)
Un día para traslado de domicilio.
g)
El tiempo necesario para cumplir obligaciones de carácter público personales.
h)
En caso de matrimonio, quince días naturales.
i)
En caso de fallecimiento, enfermedad o matrimonio, se ampliarán los permisos en el tiempo necesario para desplazamiento, hasta un máximo de tres días más.
j)
El tiempo empleado en realizar trabajos ineludibles en días no laborales 3M, tales como
asistencia a Ferias y Congresos, será compensado con tiempo equivalente al utilizado en
dichos trabajos.
2. Permiso por cuidado del lactante.
A la persona trabajadora, que le corresponda permiso por cuidado del lactante, podrá reducir su
jornada diaria de trabajo en una hora, durante el tiempo reglamentario, tanto si se disfruta durante
la jornada laboral, como al comienzo o final de la misma.
A su elección, esta reducción de jornada podrá sustituirse por un periodo de 13 días laborables
retribuidos.
Se deberá realizar la solicitud al menos 15 días antes de la reincorporación tras el periodo obligatorio del permiso por nacimiento y cuidado del menor (6 semanas) precisando la fecha en que iniciará y finalizará el permiso de cuidado del lactante. La duración del permiso será proporcional a las
jornadas laborales restantes hasta que el menor cumpla 9 meses.
Cuando ambos progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores ejerzan este derecho con la
misma duración y régimen, el periodo de disfrute podrá extenderse hasta que el lactante cumpla 12
meses, con reducción proporcional del salario a partir del cumplimiento de los nueve meses. La
acreditación del ejercicio corresponsable del cuidado del lactante se realizará mediante certificación de la reducción de la jornada por las empresas en que trabajen sus progenitores, adoptantes,
guardadores o acogedores.
Si dos personas trabajadoras ejercen este derecho por el mismo sujeto causante, la dirección
empresarial podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la
Compañía, que deberá comunicar por escrito.
3. Asistencia a consultorio médico:
Cuando por razón de enfermedad la persona trabajadora precise la asistencia a consultorio médico
en horas coincidentes con las de su jornada laboral, la Compañía concederá el permiso necesario
por el tiempo preciso al efecto, debiendo justificarse el mismo con el correspondiente volante.
4. Licencias para estudios:
La Compañía, excepcionalmente y previa justificación de su necesidad, podrá conceder licencias
por un período máximo de un mes, sin devengo de salarios para la realización de estudios a las
personas con una antigüedad superior a un año. Dichas licencias podrán otorgarse siempre que no
afecten a la organización del trabajo, o no superen el 1% de la plantilla, ni exista más de un caso
en un mismo departamento.
Para la concesión de una nueva licencia, será necesario el haber transcurrido, al menos, dos años
desde la terminación de la última disfrutada.
5. Permiso No retribuido con reserva de puesto de trabajo:
Las personas con al menos 1 año de antigüedad podrán acogerse a este permiso, cuya aprobación de disfrute por parte de la Compañía estará condicionada a las necesidades de servicio y
organización del departamento, en las siguientes condiciones:
BOCM-20221001-2
Al término de la licencia, la persona a quien se otorga dicha licencia deberá aportar los justificantes
oportunos.
Pág. 42
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 1 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 234
segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento superior a 150 km. al efecto, el plazo será de tres días hábiles
más.
c)
Cuando corresponda permiso por hospitalización podrán tomarse en días discontinuos
mientras dura la hospitalización.
d)
Un día para la realización de exámenes de estudios oficiales o Máster.
e)
Un día natural en el caso de matrimonio de hijos o hijas, hermanos o hermanas, nietos o
nietas
f)
Un día para traslado de domicilio.
g)
El tiempo necesario para cumplir obligaciones de carácter público personales.
h)
En caso de matrimonio, quince días naturales.
i)
En caso de fallecimiento, enfermedad o matrimonio, se ampliarán los permisos en el tiempo necesario para desplazamiento, hasta un máximo de tres días más.
j)
El tiempo empleado en realizar trabajos ineludibles en días no laborales 3M, tales como
asistencia a Ferias y Congresos, será compensado con tiempo equivalente al utilizado en
dichos trabajos.
2. Permiso por cuidado del lactante.
A la persona trabajadora, que le corresponda permiso por cuidado del lactante, podrá reducir su
jornada diaria de trabajo en una hora, durante el tiempo reglamentario, tanto si se disfruta durante
la jornada laboral, como al comienzo o final de la misma.
A su elección, esta reducción de jornada podrá sustituirse por un periodo de 13 días laborables
retribuidos.
Se deberá realizar la solicitud al menos 15 días antes de la reincorporación tras el periodo obligatorio del permiso por nacimiento y cuidado del menor (6 semanas) precisando la fecha en que iniciará y finalizará el permiso de cuidado del lactante. La duración del permiso será proporcional a las
jornadas laborales restantes hasta que el menor cumpla 9 meses.
Cuando ambos progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores ejerzan este derecho con la
misma duración y régimen, el periodo de disfrute podrá extenderse hasta que el lactante cumpla 12
meses, con reducción proporcional del salario a partir del cumplimiento de los nueve meses. La
acreditación del ejercicio corresponsable del cuidado del lactante se realizará mediante certificación de la reducción de la jornada por las empresas en que trabajen sus progenitores, adoptantes,
guardadores o acogedores.
Si dos personas trabajadoras ejercen este derecho por el mismo sujeto causante, la dirección
empresarial podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la
Compañía, que deberá comunicar por escrito.
3. Asistencia a consultorio médico:
Cuando por razón de enfermedad la persona trabajadora precise la asistencia a consultorio médico
en horas coincidentes con las de su jornada laboral, la Compañía concederá el permiso necesario
por el tiempo preciso al efecto, debiendo justificarse el mismo con el correspondiente volante.
4. Licencias para estudios:
La Compañía, excepcionalmente y previa justificación de su necesidad, podrá conceder licencias
por un período máximo de un mes, sin devengo de salarios para la realización de estudios a las
personas con una antigüedad superior a un año. Dichas licencias podrán otorgarse siempre que no
afecten a la organización del trabajo, o no superen el 1% de la plantilla, ni exista más de un caso
en un mismo departamento.
Para la concesión de una nueva licencia, será necesario el haber transcurrido, al menos, dos años
desde la terminación de la última disfrutada.
5. Permiso No retribuido con reserva de puesto de trabajo:
Las personas con al menos 1 año de antigüedad podrán acogerse a este permiso, cuya aprobación de disfrute por parte de la Compañía estará condicionada a las necesidades de servicio y
organización del departamento, en las siguientes condiciones:
BOCM-20221001-2
Al término de la licencia, la persona a quien se otorga dicha licencia deberá aportar los justificantes
oportunos.