C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221001-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa 3M España (código número 28102691012019)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 234

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 1 DE OCTUBRE DE 2022

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Excepcionalmente y si las condiciones específicas de la red de ventas lo aconsejan, las
posiciones de Delegados y Delegadas de Ventas, podrán combinar las previsiones de
ventas con un plan de objetivos cuya cuantía no deberá superar el 20% del bono anual de
ventas.
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Para posiciones técnicas de marketing 8 y 9: Una cantidad fija compuesta del Salario Base CA y los complementos que pudieran corresponder (personal de antigüedad, etc.), pagadera 16 veces al año, más un bono anual de ventas, liquidable trimestralmente. La escala o escalas de comisiones que servirán de base para la liquidación del bono de ventas,
se calcularán de tal forma que, alcanzando el 100% de las previsiones de ventas establecidas, el bono anual será igual al 2,5% de la cantidad fija antes citada, excluido el complemento de antigüedad, devengada en el año.

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Cuando un Delegado o Delegada de Ventas, o posición técnica de marketing 8 y 9 ingrese en la Compañía, cambie de Departamento o se den circunstancias excepcionales tales
como lanzamiento de nuevos productos o actividad, etc., la Jefatura del Departamento
podrá acordar la sustitución temporal del bono variable anteriormente descrito por un
bono fijo, que será el 54,54% del bono anual de ventas.
Si el Delegado y Delegada de Ventas o posición técnica de marketing 8 y 9 apreciara circunstancias de mercado que así se lo aconsejen, podrá solicitar a sus responsables que
estudien la posibilidad de estar en situación temporal de bono fijo o bien que sea revisado
su plan anual de comisiones.

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De no alcanzarse un acuerdo en lo anterior, el Delegado o Delegada de Ventas podrá
acudir a Recursos Humanos para que en una reunión con la persona interesada, la Dirección correspondiente y un miembro del Comité de Empresa, revisen la propuesta y decidan sobre la misma.
En caso de alguna controversia de importancia entre un Delegado o Delegada de Ventas,
posición técnica de marketing 8 y 9 y sus Responsables sobre el plan de objetivos fijado
para un año, si no se obtuviera un acuerdo entre las partes, la persona podrá acudir al
mecanismo regulado en el párrafo anterior.
En el supuesto de que la controversia afecte a uno o varios grupos, se podrá formar una
comisión de Delegados y Delegadas de Ventas o posición técnica de marketing 8 y 9 para
que la revisión anteriormente establecida, se realice de forma conjunta.

4. Remuneración de posiciones técnicas 8 y 9 del presente convenio.
La compensación total para estas posiciones queda establecida en la forma siguiente:
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Para posiciones técnicas 8 y 9:
Una cantidad fija compuesta del Salario Base CA y los complementos que pudieran corresponder (personal de antigüedad, etc.), pagadera 16 veces al año, más un plan de incentivos AIP liquidable anualmente cuya cantidad base será igual al 2,5% de la cantidad
fija antes citada, excluido el complemento de antigüedad, este incentivo se devengará en
la nómina del mes de febrero del año siguiente.

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La compañía informará de las métricas que conforman el AIP anualmente.
VI. PERMISOS Y EXCEDENCIAS

En este Capítulo debe entenderse su aplicación a las parejas de hecho oficialmente inscritas y
matrimonios conforme a la normativa vigente.
Estos permisos serán de aplicación con preferencia a cualquier otro convenio o legislación que
regule la misma materia.

La persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a
remuneración, por alguno de los motivos y duración siguiente:
a)

Tres días hábiles por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento superior a 150 km. al efecto, el plazo será de tres días
hábiles más.

b)

Dos días hábiles en el caso de fallecimiento, enfermedad graves, hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes hasta el

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