C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220927-8)
Convenio colectivo – Resolución de 9 de septiembre de 2022, de la Dirección General de trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial 2021 del convenio colectivo del Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra (personal laboral), suscrito por la Comisión Negociadora (código número 28011402012001)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 28
MARTES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 230
Las funciones que los trabajadores de este Ayuntamiento han asumido a lo largo de su trayectoria profesional, se han visto dotadas económicamente en algunas ocasiones mediante pluses
o complementos que no han seguido una línea de actuación, ni han sido recogidos en ningún informe
o documento que lo acreditara, sin equidad con el resto de los puestos de trabajo, fruto de negociaciones individuales de estos trabajadores con los diferentes equipos degobierno que se han ido sucediendo. Nos encontramos con pluses y complementos ya consolidados en el tiempo en las nóminas, bajo conceptos retributivos como productividad que se suceden mensualmente o disponibilidad,
sin que ésta sea una disponibilidad real, generando por tanto que, esas negociaciones individuales,
den lugar a situaciones injustas para el propio trabajador y para sus compañeros.
Con el Anexo que se desea aprobar y que se ha denominado “Tablas Salariales”, se equipararánlos “Salarios Base” y “Complementos de Destino” de cada uno de los trabajadores. El concepto
“Complemento Específico” será el correspondiente a cada puesto de trabajo, teniendo en cuenta
que está destinado a retribuir sus condiciones particulares de trabajo, atendiendo a su especial dificultad técnica, dedicación, incompatibilidad, responsabilidad, peligrosidad o penosidad. El resto de
complementos se fijarán siguiendo los criterios que la propia tabla indica.
Por otro lado, el Anexo de Tablas Salariales además de regular las condiciones de los trabajadores que actualmente forman parte de la plantilla, servirá de herramienta para regularlas condiciones laborales de nuevas contrataciones ya sean por bolsas de trabajo o por programas de empleo,
asegurándonos que no se produzcan agravios comparativos entre unos y otros trabajadores por
diferencias en sus conceptos retributivos.
En resumen, las tablas salariales son necesarias para:
-
Igualar económicamente los conceptos retributivos de las nóminas de los trabajadores,
mejorando sus condiciones laborales.
Regular las diferentes categorías profesionales de los trabajadores y favorecer el desarrollo de una carrera profesional entre los mismos.
Regular las condiciones económicas de las nuevas contrataciones que se produzcan en
un futuro en el Ayuntamiento.
Dotar económicamente los diferentes complementos salariales, tales como: Dirección,
Disponibilidad, Jornada Partida, Nocturnidad, Inclemencias Invernales, etc.; eliminando
las negociaciones individuales y creando un criterio unificado para todos.
TABLAS SALARIALES 2021
CATEGORÍAS PROFESIONALES
OCUPACIONES
SALARIO BASE
COMPLEMENTO
DE DESTINO
COMPLEMENTO
ESPECÍFICO
A1 Técnico Superior, Licenciado Superior o equivalente
1214,39 €
638,29 €
600,00 €
A2 Técnico Medio, Diplomado Superior oequivalente (Servicios
técnicos)
1050,06 €
518,33 €
600,00 €
A2 Terapeuta Ocupacional, Biblioteca, Archivo
1050,06 €
518,33 €
350,00 €
A2 Dirección Escuela de Música, Enfermera
1050,06 €
518,33 €
100,00 €
C1 Administrativos, Encargados, Encargado General, Coordinador
788,42 €
383,18 €
600,00 €
C1 Técnicos: Turismo, Juventud, Informática
788,42 €
383,18 €
470,00 €
C1 Profesores Escuela Infantil,Escuela de música y Monitores
Deportivos (con titulación/ley deporte)
788,42 €
383,18 €
430,00 €
C2 Aux. administrativo
656,18 €
383,18 €
610,00 €
C2 Oficiales obras, electricistas, etc.
656,18 €
383,18 €
510,00 €
C2 Monitor Deportivo (sin titulación Grado superior/ley deporte), Monitor juventud
656,18 €
383,18 €
380,00 €
C2 Peón especialista,
656,18 €
383,18 €
270,00 €
C2 Auxiliar de geriatría, cocinera
656,18 €
383,18 €
150,00 €
C2 Peón, Limpieza viaria,Limpieza interior, Pinche,Conserje
656,18 €
383,18 €
100,00 €
Dirección: 350,00 € (este complemento será únicamente para aquellos trabajadores que lo
asuman fuera de su contrato de trabajo).
Disponibilidad: 200,00 € (presencial y telefónica, incluyendo la resolución de la incidencia).
Jornada partida: 100,00 €.
Encargado\Responsabilidad: 350,00 €.
Coordinador campamentos juventud: 200,00 €.
Nocturnidad: 150,00 €.
Trabajos superiores a la categoría del puesto ocupado: 250,00 € mensuales
BOCM-20220927-8
COMPLEMENTOS SALARIALES
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 28
MARTES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 230
Las funciones que los trabajadores de este Ayuntamiento han asumido a lo largo de su trayectoria profesional, se han visto dotadas económicamente en algunas ocasiones mediante pluses
o complementos que no han seguido una línea de actuación, ni han sido recogidos en ningún informe
o documento que lo acreditara, sin equidad con el resto de los puestos de trabajo, fruto de negociaciones individuales de estos trabajadores con los diferentes equipos degobierno que se han ido sucediendo. Nos encontramos con pluses y complementos ya consolidados en el tiempo en las nóminas, bajo conceptos retributivos como productividad que se suceden mensualmente o disponibilidad,
sin que ésta sea una disponibilidad real, generando por tanto que, esas negociaciones individuales,
den lugar a situaciones injustas para el propio trabajador y para sus compañeros.
Con el Anexo que se desea aprobar y que se ha denominado “Tablas Salariales”, se equipararánlos “Salarios Base” y “Complementos de Destino” de cada uno de los trabajadores. El concepto
“Complemento Específico” será el correspondiente a cada puesto de trabajo, teniendo en cuenta
que está destinado a retribuir sus condiciones particulares de trabajo, atendiendo a su especial dificultad técnica, dedicación, incompatibilidad, responsabilidad, peligrosidad o penosidad. El resto de
complementos se fijarán siguiendo los criterios que la propia tabla indica.
Por otro lado, el Anexo de Tablas Salariales además de regular las condiciones de los trabajadores que actualmente forman parte de la plantilla, servirá de herramienta para regularlas condiciones laborales de nuevas contrataciones ya sean por bolsas de trabajo o por programas de empleo,
asegurándonos que no se produzcan agravios comparativos entre unos y otros trabajadores por
diferencias en sus conceptos retributivos.
En resumen, las tablas salariales son necesarias para:
-
Igualar económicamente los conceptos retributivos de las nóminas de los trabajadores,
mejorando sus condiciones laborales.
Regular las diferentes categorías profesionales de los trabajadores y favorecer el desarrollo de una carrera profesional entre los mismos.
Regular las condiciones económicas de las nuevas contrataciones que se produzcan en
un futuro en el Ayuntamiento.
Dotar económicamente los diferentes complementos salariales, tales como: Dirección,
Disponibilidad, Jornada Partida, Nocturnidad, Inclemencias Invernales, etc.; eliminando
las negociaciones individuales y creando un criterio unificado para todos.
TABLAS SALARIALES 2021
CATEGORÍAS PROFESIONALES
OCUPACIONES
SALARIO BASE
COMPLEMENTO
DE DESTINO
COMPLEMENTO
ESPECÍFICO
A1 Técnico Superior, Licenciado Superior o equivalente
1214,39 €
638,29 €
600,00 €
A2 Técnico Medio, Diplomado Superior oequivalente (Servicios
técnicos)
1050,06 €
518,33 €
600,00 €
A2 Terapeuta Ocupacional, Biblioteca, Archivo
1050,06 €
518,33 €
350,00 €
A2 Dirección Escuela de Música, Enfermera
1050,06 €
518,33 €
100,00 €
C1 Administrativos, Encargados, Encargado General, Coordinador
788,42 €
383,18 €
600,00 €
C1 Técnicos: Turismo, Juventud, Informática
788,42 €
383,18 €
470,00 €
C1 Profesores Escuela Infantil,Escuela de música y Monitores
Deportivos (con titulación/ley deporte)
788,42 €
383,18 €
430,00 €
C2 Aux. administrativo
656,18 €
383,18 €
610,00 €
C2 Oficiales obras, electricistas, etc.
656,18 €
383,18 €
510,00 €
C2 Monitor Deportivo (sin titulación Grado superior/ley deporte), Monitor juventud
656,18 €
383,18 €
380,00 €
C2 Peón especialista,
656,18 €
383,18 €
270,00 €
C2 Auxiliar de geriatría, cocinera
656,18 €
383,18 €
150,00 €
C2 Peón, Limpieza viaria,Limpieza interior, Pinche,Conserje
656,18 €
383,18 €
100,00 €
Dirección: 350,00 € (este complemento será únicamente para aquellos trabajadores que lo
asuman fuera de su contrato de trabajo).
Disponibilidad: 200,00 € (presencial y telefónica, incluyendo la resolución de la incidencia).
Jornada partida: 100,00 €.
Encargado\Responsabilidad: 350,00 €.
Coordinador campamentos juventud: 200,00 €.
Nocturnidad: 150,00 €.
Trabajos superiores a la categoría del puesto ocupado: 250,00 € mensuales
BOCM-20220927-8
COMPLEMENTOS SALARIALES