San Sebastián de los Reyes (BOCM-20220926-50)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 229
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 225
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de grado, diplomado o
equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente En caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
d) Ser miembro del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de San Sebastián de
los Reyes y tener una antigüedad, de al menos, 2 años de servicio activo como funcionario/a de carrera en la categoría de Subinspector de policía local de este Ayuntamiento.
e) Poseer la capacidad funcional suficiente para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo, Escala o Categoría profesional objeto de la convocatoria.
f) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente
las correspondientes funciones.
g) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al
cuerpo o escala de funcionariado en el que se hubiese producido la separación o
inhabilitación.
h) Carecer de antecedentes penales.
i) Estar en posesión del permiso de conducir B.
j) No tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público el día de
la toma de posesión, de acuerdo con la Ley 53/84, de 26 de diciembre, y demás
normativa sobre incompatibilidades de los/as funcionarios/as públicos/as.
k) Además de los requisitos anteriores y de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto 210/2021, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, las personas aspirantes no podrán encontrarse en la situación de segunda actividad, se deberán
exceptuar de este supuesto las situaciones de segunda actividad derivadas de embarazo o lactancia reguladas en el artículo 47.1 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
Las personas aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos en las bases de convocatoria antes del día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, excepto el previsto en el apartado j) que deberá acreditarse con motivo del nombramiento y el i) que deberá acreditarse antes de la finalización del curso selectivo de formación.
Respecto a las titulaciones, cuando las mismas se hayan obtenido en el extranjero, se
deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en
su caso, la homologación.
3.1. Instancias. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se presentarán preferentemente a través de Sede Electrónica con el formulario de “Participación
en procesos selectivos”, en el Registro Municipal o por cualquiera de los medios previstos
en el artículo 16.2 y 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, y se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia, haciendo constar que se reúnen todos
y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda.
A las solicitudes, deberá acompañarse:
— Imagen electrónica del DNI o autorización para la consulta de plataforma SVD.
— Imagen o documento electrónico de la/s titulación/es exigida/s o autorización para
la consulta de plataforma SVD.
— Certificado de carecer de antecedentes penales o autorización para la consulta de
la plataforma SVD.
— Autorización para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias de acuerdo
con lo previsto en la base, a efectos de comprobar la aptitud médica de los mismos
según los criterios establecidos en el anexo correspondiente de las presentes bases
reguladoras.
— Documentos acreditativos de los méritos alegados, que pueden ser originales electrónicos o copias electrónicas en dos dossiers: uno de experiencia que incluya y
otro de formación que incluya diplomas o certificados expedidos por el organismo o entidad organizadora, en las que deben constar la fecha de realización y el
número de horas de formación o docencia.
BOCM-20220926-50
Tercera. Documentación y presentación de las solicitudes
B.O.C.M. Núm. 229
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 225
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de grado, diplomado o
equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente En caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
d) Ser miembro del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de San Sebastián de
los Reyes y tener una antigüedad, de al menos, 2 años de servicio activo como funcionario/a de carrera en la categoría de Subinspector de policía local de este Ayuntamiento.
e) Poseer la capacidad funcional suficiente para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo, Escala o Categoría profesional objeto de la convocatoria.
f) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente
las correspondientes funciones.
g) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al
cuerpo o escala de funcionariado en el que se hubiese producido la separación o
inhabilitación.
h) Carecer de antecedentes penales.
i) Estar en posesión del permiso de conducir B.
j) No tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público el día de
la toma de posesión, de acuerdo con la Ley 53/84, de 26 de diciembre, y demás
normativa sobre incompatibilidades de los/as funcionarios/as públicos/as.
k) Además de los requisitos anteriores y de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto 210/2021, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, las personas aspirantes no podrán encontrarse en la situación de segunda actividad, se deberán
exceptuar de este supuesto las situaciones de segunda actividad derivadas de embarazo o lactancia reguladas en el artículo 47.1 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
Las personas aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos en las bases de convocatoria antes del día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, excepto el previsto en el apartado j) que deberá acreditarse con motivo del nombramiento y el i) que deberá acreditarse antes de la finalización del curso selectivo de formación.
Respecto a las titulaciones, cuando las mismas se hayan obtenido en el extranjero, se
deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en
su caso, la homologación.
3.1. Instancias. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se presentarán preferentemente a través de Sede Electrónica con el formulario de “Participación
en procesos selectivos”, en el Registro Municipal o por cualquiera de los medios previstos
en el artículo 16.2 y 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, y se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia, haciendo constar que se reúnen todos
y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda.
A las solicitudes, deberá acompañarse:
— Imagen electrónica del DNI o autorización para la consulta de plataforma SVD.
— Imagen o documento electrónico de la/s titulación/es exigida/s o autorización para
la consulta de plataforma SVD.
— Certificado de carecer de antecedentes penales o autorización para la consulta de
la plataforma SVD.
— Autorización para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias de acuerdo
con lo previsto en la base, a efectos de comprobar la aptitud médica de los mismos
según los criterios establecidos en el anexo correspondiente de las presentes bases
reguladoras.
— Documentos acreditativos de los méritos alegados, que pueden ser originales electrónicos o copias electrónicas en dos dossiers: uno de experiencia que incluya y
otro de formación que incluya diplomas o certificados expedidos por el organismo o entidad organizadora, en las que deben constar la fecha de realización y el
número de horas de formación o docencia.
BOCM-20220926-50
Tercera. Documentación y presentación de las solicitudes