D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220924-4)
Convenio –  Convenio de colaboración de 7 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Algete para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65)
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B.O.C.M. Núm. 228

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE SEPTIEMBRE DE 2022

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ción de la ejecución de los proyectos, como en lo correspondiente a los hitos e indicadores establecidos, y de acuerdo a lo establecido en las Órdenes del Ministerio de Hacienda y Función Pública 1030/2021 y 1031/2021, de 29 de septiembre,
por las que se configura el Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público estatal, autonómico y local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución
presupuestaria y contable de las Medidas de los Componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El pago de las cantidades establecidas en este convenio, en los plazos señalados en
el mismo.
El seguimiento, control, liquidación y, en su caso, solicitud de reintegro de las
cantidades abonadas a la entidad local.
Por la entidad local:
La aportación del personal necesario para ejecutar los proyectos.
La contribución con la organización, los medios técnicos y las infraestructuras de
que disponga y sean necesarios para ejecutar los proyectos.
La aplicación de medidas contra el fraude, estructuradas en torno a los cuatro elementos clave del ciclo antifraude: prevención, detección, corrección y persecución, con el objetivo de garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las
normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y
corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
No obstante, si la entidad local ya dispone de un “Plan de medidas antifraude” de
elaboración, podrá aplicarlo adaptándolo a las orientaciones recogidas en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Con independencia de las medidas adoptadas por la entidad local en este ámbito,
la entidad local deberá cumplimentar una Declaración de Ausencia de Conflicto
de Intereses (DACI) respecto de los procedimientos que, en el marco de la ejecución de los convenios, se realicen conforme al Modelo establecido en la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, incluida en este convenio como Anexo III, o, en su caso, el que establezca la Consejería de Familia,
Juventud y Política Social.
La justificación y documentación de los gastos imputables al convenio dentro de
los plazos señalados en los anexos que deberá presentar a la Comunidad de
Madrid.
La presentación a la Comunidad de Madrid en el plazo y forma que esta establezca, de los datos correspondientes a los usuarios, indicadores y las actividades realizadas con cargo al convenio y, en su caso, las memorias de evaluación, informes
de ejecución y demás documentación que permita llevar a cabo la evaluación y seguimiento de los proyectos, necesaria para el cumplimiento de los hitos y objetivos establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
A este respecto, a efectos del seguimiento de la implementación de las inversiones
incluidas en el Componente 22, las entidades locales deberán aportar la información
que les solicite la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y, en concreto:
— Mensualmente: información del progreso de los hitos y objetivos alcanzados.
— Trimestralmente: información sobre el progreso de los hitos y objetivos alcanzados de manera agregada, la identificación de posibles riesgos de desviaciones que puedan acontecer respecto a la planificación realizada y las acciones preventivas o correctoras, así como la estimación de las inversiones a
realizar en los nueve meses siguientes.
Junto con esta información, la entidad local deberá reportar asimismo la información sobre los perceptores finales de fondos: beneficiarios de las ayudas,
contratistas y subcontratistas con el siguiente detalle:
d NIF del beneficiario, contratista o subcontratista.
d Nombre persona física o razón social.
d Domicilio fiscal.

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