D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220924-4)
Convenio – Convenio de colaboración de 7 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Algete para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 76
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 228
Segunda
Líneas de acción a desarrollar
Las líneas de acción a desarrollar por parte de las entidades locales se enmarcan dentro de las líneas de inversión, proyectos y subproyectos que se especifican a continuación:
a) Línea de inversión I1. Plan de apoyos y cuidados de larga duración: desinstitucionalización, equipamientos y tecnología:
— Proyecto P01 “Transformación de centros hacia un nuevo modelo de cuidados centrados en la calidad de vida y la autonomía de las personas”
(LINEA C22.I1.P01):
• Subproyecto S20: Ayudas a entidades locales para la construcción, adquisición y remodelación y equipamiento de centros de día de proximidad
• Subproyecto S21: Ayudas a entidades locales para la adaptación de centros
residenciales a un modelo de unidades de convivencia.
• Subproyecto S22: Ayudas a entidades locales para la adaptación de viviendas de personas usuarias de centros de día
b) Línea de inversión I2. Plan de Modernización de los Servicios Sociales. Transformación tecnológica, innovación, formación y refuerzo de la atención a la infancia:
— Proyecto P03. “Transformación tecnológica de los servicios sociales”. Inversión en mejora tecnológica en los centros de servicios sociales de entidades
locales (LINEA C22.I2.P03):
• Subproyecto S33: Ayudas a centros de servicios sociales de entidades locales para la inversión en la mejora tecnológica.
c) Línea de inversión I3. Plan España País Accesible:
— Proyecto P06 “Mejora de la accesibilidad de los centros de servicios sociales”
(LÍNEA C22.I3.P06):
• Subproyecto S65: Ayudas a entidades locales para la mejora de la accesibilidad de los centros de servicios sociales
La descripción, objetivos perseguidos y actuaciones a desarrollar quedan definidos en
este convenio y en sus anexos, que forman parte inseparable del mismo.
A cada entidad local se le adjudicará una cuantía presupuestaria por cada subproyecto
en el que participe, en función de los criterios de distribución previstos. En el caso de que
una entidad local no desee hacer uso de la totalidad de recursos, la Comunidad de Madrid
podrá adjudicarlos a otras entidades locales con capacidad de asumir una mayor cuantía en
cada línea.
Tercera
La Comunidad de Madrid y la entidad local asumen las obligaciones que se establecen
en las cláusulas de este convenio y en los anexos al mismo.
Con independencia de lo establecido con carácter general en el párrafo anterior, de manera específica se asumen por cada una de las partes las obligaciones que a continuación se
señalan y que son asumidas por ellas, de acuerdo con el contenido y alcance que se establecen en el clausulado de este convenio:
1. Por la Comunidad de Madrid:
a) El apoyo técnico y la coordinación necesarios para la ejecución de los proyectos y
subproyectos.
b) La definición de los criterios y prioridades de actuación en cada una de las líneas
de inversión.
c) La validación de los proyectos que se presenten por las entidades y su evaluación.
d) Las relaciones con el órgano de la Administración General del Estado competente
en materia de servicios sociales, en relación con la definición y la evaluación de
los proyectos financiados por la Administración del Estado, a través de los sistemas y procedimientos que el mismo establezca.
e) Facilitar los modelos para el intercambio de información y demás materiales necesarios para el buen desarrollo de los proyectos, tanto en lo referente a la justifica-
BOCM-20220924-4
Obligaciones de las partes
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 228
Segunda
Líneas de acción a desarrollar
Las líneas de acción a desarrollar por parte de las entidades locales se enmarcan dentro de las líneas de inversión, proyectos y subproyectos que se especifican a continuación:
a) Línea de inversión I1. Plan de apoyos y cuidados de larga duración: desinstitucionalización, equipamientos y tecnología:
— Proyecto P01 “Transformación de centros hacia un nuevo modelo de cuidados centrados en la calidad de vida y la autonomía de las personas”
(LINEA C22.I1.P01):
• Subproyecto S20: Ayudas a entidades locales para la construcción, adquisición y remodelación y equipamiento de centros de día de proximidad
• Subproyecto S21: Ayudas a entidades locales para la adaptación de centros
residenciales a un modelo de unidades de convivencia.
• Subproyecto S22: Ayudas a entidades locales para la adaptación de viviendas de personas usuarias de centros de día
b) Línea de inversión I2. Plan de Modernización de los Servicios Sociales. Transformación tecnológica, innovación, formación y refuerzo de la atención a la infancia:
— Proyecto P03. “Transformación tecnológica de los servicios sociales”. Inversión en mejora tecnológica en los centros de servicios sociales de entidades
locales (LINEA C22.I2.P03):
• Subproyecto S33: Ayudas a centros de servicios sociales de entidades locales para la inversión en la mejora tecnológica.
c) Línea de inversión I3. Plan España País Accesible:
— Proyecto P06 “Mejora de la accesibilidad de los centros de servicios sociales”
(LÍNEA C22.I3.P06):
• Subproyecto S65: Ayudas a entidades locales para la mejora de la accesibilidad de los centros de servicios sociales
La descripción, objetivos perseguidos y actuaciones a desarrollar quedan definidos en
este convenio y en sus anexos, que forman parte inseparable del mismo.
A cada entidad local se le adjudicará una cuantía presupuestaria por cada subproyecto
en el que participe, en función de los criterios de distribución previstos. En el caso de que
una entidad local no desee hacer uso de la totalidad de recursos, la Comunidad de Madrid
podrá adjudicarlos a otras entidades locales con capacidad de asumir una mayor cuantía en
cada línea.
Tercera
La Comunidad de Madrid y la entidad local asumen las obligaciones que se establecen
en las cláusulas de este convenio y en los anexos al mismo.
Con independencia de lo establecido con carácter general en el párrafo anterior, de manera específica se asumen por cada una de las partes las obligaciones que a continuación se
señalan y que son asumidas por ellas, de acuerdo con el contenido y alcance que se establecen en el clausulado de este convenio:
1. Por la Comunidad de Madrid:
a) El apoyo técnico y la coordinación necesarios para la ejecución de los proyectos y
subproyectos.
b) La definición de los criterios y prioridades de actuación en cada una de las líneas
de inversión.
c) La validación de los proyectos que se presenten por las entidades y su evaluación.
d) Las relaciones con el órgano de la Administración General del Estado competente
en materia de servicios sociales, en relación con la definición y la evaluación de
los proyectos financiados por la Administración del Estado, a través de los sistemas y procedimientos que el mismo establezca.
e) Facilitar los modelos para el intercambio de información y demás materiales necesarios para el buen desarrollo de los proyectos, tanto en lo referente a la justifica-
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Obligaciones de las partes