D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220924-4)
Convenio –  Convenio de colaboración de 7 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Algete para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 228

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE SEPTIEMBRE DE 2022

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Décimo tercero
El sistema público debe ofrecer respuestas armonizadas, que garanticen una atención
pertinente y de calidad a todos los madrileños que la requieran y, de una forma especial en
estos momentos, a los grupos vulnerables o en situación de exclusión social, para atender
necesidades motivadas por circunstancias excepcionales derivadas del COVID-19, según
lo previsto en el Plan de Recuperación, que responde a las expectativas y aspiraciones de
los ciudadanos y requiere de la colaboración de todas las Administraciones públicas nacionales y europeas, de los agentes económicos y del conjunto de la sociedad.
Los convenios de colaboración entre municipios y mancomunidades y la Comunidad
de Madrid, constituyen un instrumento básico para lograr este objetivo.
Décimo cuarto
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de acuerdo con el Decreto 88/2021, 30 junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y el Decreto 208/2021, de 1 de
septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Familia, Juventud y Política Social, corresponde al titular de la Consejería el
desarrollo general, la coordinación, la dirección y ejecución de las políticas del Gobierno,
entre otros, en los ámbitos de la cohesión, inclusión social, servicios sociales, dependencia,
discapacidad, infancia, juventud, promoción social, fomento del voluntariado, inmigración
y cooperación al desarrollo, familia y natalidad, mejora de la calidad asistencial y de atención al usuario de los centros y servicios de acción social, innovación social, consecución de
la igualdad real y efectiva en los diferentes ámbitos de la vida política, económica y social.
Décimo quinto
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, recoge en su artículo 26.1.23 la competencia exclusiva de la
Comunidad de Madrid en materia de promoción y ayuda a la tercera edad, emigrantes, minusválidos y demás grupos sociales necesitados de especial atención, incluida la creación
de centros de protección, reinserción y rehabilitación. Asimismo, la Ley 11/2003, de 27 de
marzo de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, recoge en su artículo 42.1 que la
competencia en materia de servicios sociales, es compartida entre la Comunidad de Madrid
y los municipios por sí solos o agrupados en mancomunidades.
En consecuencia, su tramitación se ha de realizar como convenio de colaboración de
acuerdo con lo establecido en el artículo 2.4.b) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
En este sentido, ambas partes expresan su acuerdo en reforzar las actuaciones conjuntas en la planificación del sistema público, que supongan una mejora de la calidad en la
atención de los ciudadanos.
En virtud de lo expuesto, suscriben el presente convenio conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
El objeto del presente convenio es regular la colaboración entre las partes firmantes
para la ejecución de los proyectos/subproyectos con cargo a fondos europeos previstos en el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con la finalidad de impulsar el crecimiento económico y la creación de empleo, recuperar y reparar los daños de la crisis ocasionada por la pandemia del SARS-CoV-2, y promover un proceso de transformación estructural mediante el impulso de la inversión pública y privada y el apoyo al tejido productivo, la
aceleración de la doble transición ecológica y digital, y el refuerzo y aumento de la resiliencia y la cohesión económica, social y territorial en el marco del mercado único europeo.

BOCM-20220924-4

Objeto