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Convenio – Convenio de 7 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y Federación de Plataformas Sociales “Pinardi” para la protección a la familia y atención a la pobreza infantil 2022
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 226
breza Infantil. Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, los proyectos se enmarcarán en
las siguientes tipologías:
— A1: Protección a la Familia y Atención a la Pobreza Infantil, que a su vez se subdivide en tres tipos de proyectos en función de la cobertura de las necesidades.
— A2: Programa específico para garantizar el derecho básico de alimentación, ocio y
cultura de niños, niñas y adolescentes durante las vacaciones escolares y la conciliación de la vida familiar y laboral.
El proyecto objeto de este Convenio “Atención integral a menores y sus familias en
horario y período no lectivos para la conciliación de la vida familiar y laboral” presentado
por la Federación de Plataformas “Pinardi” se encuadra en esta segunda tipología de proyectos (A2).
Este tipo de proyectos (A2), tienen como finalidad contribuir a hacer efectivo el derecho de niños, niñas y adolescentes a la alimentación y a actividades de esparcimiento, ocio
y vida cultural, así como ampliar la oferta de recursos de ocio educativo con vocación inclusiva y facilitar su acceso a menores en situación de vulnerabilidad, teniendo a la vez en cuenta las situaciones excepcionales producidas por la crisis social y sanitaria por el COVID-19,
especialmente en el caso de familias monoparentales y numerosas, así mismo, contemplan
el disfrute de actividades de juego y esparcimiento y apoyo socioemocional.
Pretenden, además, garantizar la cobertura de una alimentación equilibrada, saludable
y adecuada a las necesidades nutricionales para la población infantil en períodos no lectivos y vacacionales y facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral de las familias económicamente vulnerables.
Serán gastos subvencionables del mencionado proyecto:
a) Las prestaciones que se proporcionen a las familias para la cobertura de productos
básicos, bien directamente o a través de otros sistemas que favorezcan la gestión
autónoma de estas prestaciones.
En este apartado se incluirán los siguientes gastos:
— Alimentación.
— Higiene personal.
— Vestido y calzado.
— Medicinas.
— Otros gastos de primera necesidad necesarios para paliar o mejorar la situación de vulnerabilidad de las familias.
b) La realización de actividades que favorezcan la conciliación familiar y el derecho
al ocio, el deporte y la cultura.
Dentro de este apartado se incluirán los gastos derivados de la realización de las siguientes actividades:
— Realización de tutorías y entrevistas individuales relativas a gestión de economía doméstica, promoción de hábitos saludables, prevención de consumo de
sustancias nocivas, corresponsabilidad en el cuidado de los niños, dificultades de acceso al mercado laboral y otras que fomenten el desarrollo de las potencialidades de cada miembro de la familia.
— Realización de diferentes actividades deportivas y de ocio y tiempo libre.
— Campamentos y escuelas de verano al finalizar el curso escolar.
— Formación a las familias en el uso de nuevas tecnologías.
— Sesiones de trabajo conjunto con menores y sus familias para el manejo de aspectos emocionales (desarrollo de habilidades comunicativas, acompañamiento telefónico en caso de conflictos o de violencia en el hogar, acompañamiento a menores con carencias de apego, etc.).
El período subvencionable a efecto de gastos será desde el 1 de enero de 2022 hasta
el 31 de diciembre de 2022, si bien se admitirán justificantes de pago cuya fecha sea anterior a 31 de enero de 2023.
Séptima
Justificación de la subvención
La justificación de la subvención se presentará por la Federación de Plataformas Pinardi antes del 31 de enero de 2023, en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid,
o cualquiera de las oficinas de registro a las que se refiere el artículo 16.4.a) de la
BOCM-20220922-31
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 226
breza Infantil. Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, los proyectos se enmarcarán en
las siguientes tipologías:
— A1: Protección a la Familia y Atención a la Pobreza Infantil, que a su vez se subdivide en tres tipos de proyectos en función de la cobertura de las necesidades.
— A2: Programa específico para garantizar el derecho básico de alimentación, ocio y
cultura de niños, niñas y adolescentes durante las vacaciones escolares y la conciliación de la vida familiar y laboral.
El proyecto objeto de este Convenio “Atención integral a menores y sus familias en
horario y período no lectivos para la conciliación de la vida familiar y laboral” presentado
por la Federación de Plataformas “Pinardi” se encuadra en esta segunda tipología de proyectos (A2).
Este tipo de proyectos (A2), tienen como finalidad contribuir a hacer efectivo el derecho de niños, niñas y adolescentes a la alimentación y a actividades de esparcimiento, ocio
y vida cultural, así como ampliar la oferta de recursos de ocio educativo con vocación inclusiva y facilitar su acceso a menores en situación de vulnerabilidad, teniendo a la vez en cuenta las situaciones excepcionales producidas por la crisis social y sanitaria por el COVID-19,
especialmente en el caso de familias monoparentales y numerosas, así mismo, contemplan
el disfrute de actividades de juego y esparcimiento y apoyo socioemocional.
Pretenden, además, garantizar la cobertura de una alimentación equilibrada, saludable
y adecuada a las necesidades nutricionales para la población infantil en períodos no lectivos y vacacionales y facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral de las familias económicamente vulnerables.
Serán gastos subvencionables del mencionado proyecto:
a) Las prestaciones que se proporcionen a las familias para la cobertura de productos
básicos, bien directamente o a través de otros sistemas que favorezcan la gestión
autónoma de estas prestaciones.
En este apartado se incluirán los siguientes gastos:
— Alimentación.
— Higiene personal.
— Vestido y calzado.
— Medicinas.
— Otros gastos de primera necesidad necesarios para paliar o mejorar la situación de vulnerabilidad de las familias.
b) La realización de actividades que favorezcan la conciliación familiar y el derecho
al ocio, el deporte y la cultura.
Dentro de este apartado se incluirán los gastos derivados de la realización de las siguientes actividades:
— Realización de tutorías y entrevistas individuales relativas a gestión de economía doméstica, promoción de hábitos saludables, prevención de consumo de
sustancias nocivas, corresponsabilidad en el cuidado de los niños, dificultades de acceso al mercado laboral y otras que fomenten el desarrollo de las potencialidades de cada miembro de la familia.
— Realización de diferentes actividades deportivas y de ocio y tiempo libre.
— Campamentos y escuelas de verano al finalizar el curso escolar.
— Formación a las familias en el uso de nuevas tecnologías.
— Sesiones de trabajo conjunto con menores y sus familias para el manejo de aspectos emocionales (desarrollo de habilidades comunicativas, acompañamiento telefónico en caso de conflictos o de violencia en el hogar, acompañamiento a menores con carencias de apego, etc.).
El período subvencionable a efecto de gastos será desde el 1 de enero de 2022 hasta
el 31 de diciembre de 2022, si bien se admitirán justificantes de pago cuya fecha sea anterior a 31 de enero de 2023.
Séptima
Justificación de la subvención
La justificación de la subvención se presentará por la Federación de Plataformas Pinardi antes del 31 de enero de 2023, en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid,
o cualquiera de las oficinas de registro a las que se refiere el artículo 16.4.a) de la
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