Alcorcón (BOCM-20220920-50)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 224

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2022

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— Permiso de conducir de la clase B. Este permiso podrá tener fecha de expedición
posterior a este momento, pero en todo caso habrá de acreditarse su posesión con
anterioridad a la fecha en que finalice el Curso Selectivo de Formación.
— Declaración jurada en la que figure expresamente el compromiso de portar armas
y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley, para lo que será necesario haber
cumplimentado la correspondiente declaración en la propia instancia de participación en el proceso selectivo.
— Certificado del Registro Central de delincuentes sexuales.
10.2. Plazo: el plazo de presentación de documentos será de 10 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados en el la web municipal.
10.3. Falta de presentación de documentos: quienes, dentro del plazo indicado, salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se deduzca que
carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombradas/os y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en las pruebas selectivas.
11. Nombramiento como funcionario/a en prácticas de la categoría de Inspector/a
del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Alcorcón
Terminado el plazo de presentación de documentos se procederá al nombramiento como
funcionario/a en prácticas de la categoría de Inspector/a del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Alcorcón. La persona nombrada percibirá durante el Curso Selectivo de Formación
las retribuciones que para el personal funcionario en prácticas establece la legislación vigente.
A la persona que resulte nombrada Inspector/a en prácticas del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Alcorcón, se le comunicará la fecha en que deberá presentarse para
dar comienzo al Curso Selectivo de Formación, momento desde el que empezará a percibir
la retribución económica establecida. En caso de no incorporarse en la fecha indicada, se le
considerará decaída en su derecho.
Ningún aspirante podrá ostentar la condición de funcionario/a en prácticas del Ayuntamiento de Alcorcón en más de una categoría o en la misma categoría de Inspector/a por
diferentes sistemas de acceso, por lo que, en su caso, deberá optar por su continuación en
uno solo de los procesos selectivos o sistemas de acceso, decayendo en los derechos que
pudieran derivarse de su participación en los restantes. De no realizar esta opción en el plazo concedido al efecto por la Administración, se entenderá que opta por el nombramiento
en prácticas correspondiente al primer proceso selectivo o sistema de acceso en que haya
sido propuesto por el correspondiente Tribunal a tal fin.

Será requisito indispensable superar, en una única convocatoria, un curso selectivo en
el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid, cuya duración
no será inferior a un período de 625 horas o su equivalente en créditos ECTS, así como no
incurrir en ninguna de las faltas que lleva consigo el cese inmediato en el cargo de Inspector/a “en prácticas”, conforme a lo establecido en el Reglamento de Régimen Interior de
aplicación al alumnado donde se realice el curso.
El Curso Selectivo de Formación será calificado de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada una de las asignaturas a superar. Las calificaciones serán elevadas por el órgano competente del Centro de Formación, en forma de propuesta al
Tribunal. La calificación definitiva que el Tribunal otorgue a los aspirantes en el Curso Selectivo de Formación coincidirá con la calificación efectuada por el Centro de Formación.
Quienes no superen en su totalidad el curso perderán toda expectativa de ingreso nacida de la superación del concurso-oposición y se producirá su exclusión definitiva del proceso selectivo, causando baja en el centro docente por Resolución del órgano competente
del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias a propuesta del Tribunal, previo informe del Centro de Formación.
Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo de formación, siempre que
se deba a causas de fuerza mayor o derivadas de embarazo o maternidad, debidamente justificadas y apreciadas por el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad
de Madrid, tendrán opción, por una sola vez, a realizarlo en la siguiente convocatoria del
curso que efectúe dicho centro.
En estos casos, para la calificación definitiva del proceso selectivo se mantendrá la calificación final obtenida en las pruebas de oposición y en el concurso, computándose la ob-

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12. Curso selectivo de formación