D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20220919-41)
Convenio – Convenio de 25 de agosto de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Provincia Eclesiástica de Madrid, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una subvención, por importe de 646.750,95 euros, en relación con las actuaciones de conservación y restauración del Patrimonio Histórico-Artístico de la Iglesia Católica, incluidas en el Proyecto C.24.I2.P3.1 – Medidas de conservación restauración en BICS inmuebles de titularidad de las CC. AA., entes locales y privados. financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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BOCM
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 223
d) Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión (anexo I).
e) Obligación de aplicar medidas para evitar el fraude, la corrupción y los conflictos
de intereses a la hora de aplicar las subvenciones recibidas a la financiación de las
actuaciones del proyecto. Deberá, asimismo, cumplimentar la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) (anexo II).
f) Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas
para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación
y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (anexo III).
g) Los perceptores finales deben comprometerse por escrito a conceder los derechos
y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de
Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes
ejerzan sus competencias (anexo III).
h) El adjudicatario deberá acreditar el cumplimiento de esta condición suscribiendo
el documento “Declaración responsable sobre el cumplimiento del principio de no
perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales (DNSH) en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852” (anexo IV)”.
i) Los contratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o en el
Censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad efectivamente desarrollada en la fecha de participación en el procedimiento de licitación.
Sexta
Comprobación material
Se verificará materialmente la efectiva realización de cada una de las obras completas
y finalizadas programadas objeto de la presente subvención, así como su adecuación al contenido de lo estipulado en el presente Convenio. A estos efectos, será igualmente necesaria
la presentación del correspondiente informe de fin de obra.
El resultado de esta comprobación material se reflejará en Acta que será suscrita por todos los que concurran al acto de recepción de las obras y en la que se harán constar, en su
caso, las deficiencias apreciadas, las medidas a adoptar para subsanarlas y los hechos y circunstancias que se consideren relevantes. Estas deficiencias, si las hubiera, con su correspondiente valoración, y siempre que no se proceda a su subsanación en el plazo que se indique
en el Acta, supondrán que las unidades de obra afectadas quedarán fuera de la certificación
correspondiente y, por tanto, no serán subvencionadas, sin que ello comprometa los pagos
anteriores de dicha obra o el conjunto de obras de la Diócesis de que se trate.
Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.1 y 6 del Decreto 45/1997, de 20 de
marzo, por el que se desarrolla el Régimen de Control Interno y contable ejercido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid.
Séptima
Vigencia
El presente Convenio tendrá vigencia desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2023.
Octava
Se constituirá una comisión de seguimiento y coordinación, que tendrá las siguientes
funciones:
— Realizar un seguimiento de las actuaciones que se lleven a cabo con cargo al Convenio, tanto en lo referente a la adecuación de las obras como a su evolución, para
garantizar que se finalicen en el plazo de vigencia. Con este fin, se celebrará una
reunión con una periodicidad, al menos, mensual.
— Resolver las discrepancias técnicas que surjan durante la ejecución del Convenio.
BOCM-20220919-41
Comisión de seguimiento
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 223
d) Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión (anexo I).
e) Obligación de aplicar medidas para evitar el fraude, la corrupción y los conflictos
de intereses a la hora de aplicar las subvenciones recibidas a la financiación de las
actuaciones del proyecto. Deberá, asimismo, cumplimentar la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) (anexo II).
f) Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas
para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación
y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (anexo III).
g) Los perceptores finales deben comprometerse por escrito a conceder los derechos
y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de
Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes
ejerzan sus competencias (anexo III).
h) El adjudicatario deberá acreditar el cumplimiento de esta condición suscribiendo
el documento “Declaración responsable sobre el cumplimiento del principio de no
perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales (DNSH) en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852” (anexo IV)”.
i) Los contratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o en el
Censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad efectivamente desarrollada en la fecha de participación en el procedimiento de licitación.
Sexta
Comprobación material
Se verificará materialmente la efectiva realización de cada una de las obras completas
y finalizadas programadas objeto de la presente subvención, así como su adecuación al contenido de lo estipulado en el presente Convenio. A estos efectos, será igualmente necesaria
la presentación del correspondiente informe de fin de obra.
El resultado de esta comprobación material se reflejará en Acta que será suscrita por todos los que concurran al acto de recepción de las obras y en la que se harán constar, en su
caso, las deficiencias apreciadas, las medidas a adoptar para subsanarlas y los hechos y circunstancias que se consideren relevantes. Estas deficiencias, si las hubiera, con su correspondiente valoración, y siempre que no se proceda a su subsanación en el plazo que se indique
en el Acta, supondrán que las unidades de obra afectadas quedarán fuera de la certificación
correspondiente y, por tanto, no serán subvencionadas, sin que ello comprometa los pagos
anteriores de dicha obra o el conjunto de obras de la Diócesis de que se trate.
Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.1 y 6 del Decreto 45/1997, de 20 de
marzo, por el que se desarrolla el Régimen de Control Interno y contable ejercido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid.
Séptima
Vigencia
El presente Convenio tendrá vigencia desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2023.
Octava
Se constituirá una comisión de seguimiento y coordinación, que tendrá las siguientes
funciones:
— Realizar un seguimiento de las actuaciones que se lleven a cabo con cargo al Convenio, tanto en lo referente a la adecuación de las obras como a su evolución, para
garantizar que se finalicen en el plazo de vigencia. Con este fin, se celebrará una
reunión con una periodicidad, al menos, mensual.
— Resolver las discrepancias técnicas que surjan durante la ejecución del Convenio.
BOCM-20220919-41
Comisión de seguimiento