B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20220915-2)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 9 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Resolución de 1 de febrero de 2022
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 14
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 220
3.5. Funciones.
Las funciones de la Comisión de Evaluación serán las siguientes:
— Nombrar a los maestros tutores, entre aquellos maestros, funcionarios de carrera
del centro donde estén destinados los funcionarios en prácticas que hayan superado el curso de formación convocado por la Dirección General de Bilingüismo y
Calidad de la Enseñanza.
— Evaluar a los funcionarios en prácticas, al término del proceso y elevar a la Comisión de Coordinación la propuesta de aptos. Para poder evaluar a los funcionarios
en prácticas, las Direcciones de Área Territorial pondrán a disposición de los Presidentes de las Comisiones de Evaluación, así como de la Comisión de Coordinación, el listado de maestros en prácticas, en el que se incluirá la especialidad por
la que fueron seleccionados y el centro de destino al que han sido destinados para
realizar la fase de prácticas.
— Nombrar, a propuesta de los Jefes de Inspección Educativa, a los Inspectores de
Educación responsables de la valoración de la labor profesional docente que incluirá la observación en el aula.
— Supervisar el nombramiento de los maestros tutores de prácticas y el ejercicio de
sus funciones, así como la labor del Director del centro, por ser tanto el maestro
tutor de prácticas como el director, intervinientes en el proceso de la fase de prácticas.
— Colaborar con la Subdirección General de Programas de Innovación y Formación
del Profesorado en la organización de las actividades de formación que deban realizar los funcionarios en prácticas.
— Hacer el seguimiento de la asistencia y desarrollo de la actividad en el aula, así
como del aprovechamiento del curso específico.
— Organizar las actividades de inserción en el centro.
Cuarto
4.1. Maestros tutores de prácticas: Requisitos, nombramiento, reducción horaria y
retribución.
Para ser maestro tutor de prácticas se requiere:
1. Ser funcionario de carrera con una antigüedad de, al menos, cinco años como funcionario de carrera en el Cuerpo de Maestros.
2. Estar prestando servicios en centros públicos docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.
3. Haber superado el curso de formación para maestros tutores convocado por la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza.
Los maestros que cumplan con los anteriores requisitos pasarán a formar parte de la
bolsa de aspirantes a ser nombrados maestros tutores de la fase de prácticas para sus centros de destino. De entre los integrantes de esta bolsa, la Comisión de Evaluación nombrará, en función del número de funcionarios en prácticas que hayan sido asignados a cada centro educativo, el maestro o maestros tutores necesarios.
En caso de que fueran varios los aspirantes a ser designados maestros tutores de la bolsa destinados en el mismo centro, teniendo en cuenta que sería excepcional que cada maestro tutor tuviera asignados más de cuatro funcionarios en prácticas, la designación se realizará a propuesta del Director del centro, teniendo preferencia los que tuvieran mayor
experiencia en el desempeño de las funciones de maestro tutor de prácticas correspondientes a procedimientos selectivos convocados en años anteriores o como tutor de las prácticas en la habilitación del profesorado para el ejercicio de la función docente. En caso de empate, se atenderá a la mayor antigüedad en el cuerpo como funcionario de carrera.
Si en un centro no hubiera ningún aspirante de la bolsa con destino en el mismo, corresponderá al Director del centro proponer como tutor entre los docentes del centro funcionarios de carrera del mismo que, voluntariamente, deseen ser propuestos como tutores
de funcionarios en prácticas, atendiendo a su cuerpo, experiencia y antigüedad. De igual
manera, los tutores así designados deberán superar el curso de formación convocado por la
Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza con carácter previo al ejerci-
BOCM-20220915-2
El maestro tutor de prácticas: Designación, desarrollo de la actuación tutorial,
informe final y reconocimiento
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 220
3.5. Funciones.
Las funciones de la Comisión de Evaluación serán las siguientes:
— Nombrar a los maestros tutores, entre aquellos maestros, funcionarios de carrera
del centro donde estén destinados los funcionarios en prácticas que hayan superado el curso de formación convocado por la Dirección General de Bilingüismo y
Calidad de la Enseñanza.
— Evaluar a los funcionarios en prácticas, al término del proceso y elevar a la Comisión de Coordinación la propuesta de aptos. Para poder evaluar a los funcionarios
en prácticas, las Direcciones de Área Territorial pondrán a disposición de los Presidentes de las Comisiones de Evaluación, así como de la Comisión de Coordinación, el listado de maestros en prácticas, en el que se incluirá la especialidad por
la que fueron seleccionados y el centro de destino al que han sido destinados para
realizar la fase de prácticas.
— Nombrar, a propuesta de los Jefes de Inspección Educativa, a los Inspectores de
Educación responsables de la valoración de la labor profesional docente que incluirá la observación en el aula.
— Supervisar el nombramiento de los maestros tutores de prácticas y el ejercicio de
sus funciones, así como la labor del Director del centro, por ser tanto el maestro
tutor de prácticas como el director, intervinientes en el proceso de la fase de prácticas.
— Colaborar con la Subdirección General de Programas de Innovación y Formación
del Profesorado en la organización de las actividades de formación que deban realizar los funcionarios en prácticas.
— Hacer el seguimiento de la asistencia y desarrollo de la actividad en el aula, así
como del aprovechamiento del curso específico.
— Organizar las actividades de inserción en el centro.
Cuarto
4.1. Maestros tutores de prácticas: Requisitos, nombramiento, reducción horaria y
retribución.
Para ser maestro tutor de prácticas se requiere:
1. Ser funcionario de carrera con una antigüedad de, al menos, cinco años como funcionario de carrera en el Cuerpo de Maestros.
2. Estar prestando servicios en centros públicos docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.
3. Haber superado el curso de formación para maestros tutores convocado por la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza.
Los maestros que cumplan con los anteriores requisitos pasarán a formar parte de la
bolsa de aspirantes a ser nombrados maestros tutores de la fase de prácticas para sus centros de destino. De entre los integrantes de esta bolsa, la Comisión de Evaluación nombrará, en función del número de funcionarios en prácticas que hayan sido asignados a cada centro educativo, el maestro o maestros tutores necesarios.
En caso de que fueran varios los aspirantes a ser designados maestros tutores de la bolsa destinados en el mismo centro, teniendo en cuenta que sería excepcional que cada maestro tutor tuviera asignados más de cuatro funcionarios en prácticas, la designación se realizará a propuesta del Director del centro, teniendo preferencia los que tuvieran mayor
experiencia en el desempeño de las funciones de maestro tutor de prácticas correspondientes a procedimientos selectivos convocados en años anteriores o como tutor de las prácticas en la habilitación del profesorado para el ejercicio de la función docente. En caso de empate, se atenderá a la mayor antigüedad en el cuerpo como funcionario de carrera.
Si en un centro no hubiera ningún aspirante de la bolsa con destino en el mismo, corresponderá al Director del centro proponer como tutor entre los docentes del centro funcionarios de carrera del mismo que, voluntariamente, deseen ser propuestos como tutores
de funcionarios en prácticas, atendiendo a su cuerpo, experiencia y antigüedad. De igual
manera, los tutores así designados deberán superar el curso de formación convocado por la
Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza con carácter previo al ejerci-
BOCM-20220915-2
El maestro tutor de prácticas: Designación, desarrollo de la actuación tutorial,
informe final y reconocimiento