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Convenio –  Convenio de 30 de agosto de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación de Malabaristas de Madrid, en el entorno del centro de acogida Casa de Campo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 218

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2022

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censes en el entorno del Centro de Acogida de la Casa de Campo, tales como la realización
de espectáculos y cursos incluidos en el programa artístico de la Escuela.
Segunda
1. Mantener las instalaciones en condiciones óptimas que garanticen el uso pactado.
2. A la finalización del convenio, entregar las instalaciones cedidas en el estado en
que se recibieron.
3. Responder de los daños que se puedan ocasionar a terceros. La Asociación suscribirá a su cargo un contrato de seguro de responsabilidad civil de daños que pudieren sufrir
tanto terceros como los propios usuarios del Centro Casa de Campo y el personal de la Asociación, en sí mismos o en sus bienes, y que deriven del funcionamiento de la instalación o
de las actividades que en él se desarrollen, incluidos los actos de los usuarios y el personal
del centro.
4. Obtener autorización previa de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad para la realización de obras de mantenimiento y reparación en las instalaciones. No será necesaria la previa autorización en aquellos casos en los que las obras
consistan tan sólo en la realización de trabajos de carácter urgente.
5. Mantener y cuidar adecuadamente las instalaciones, pudiendo la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad y los servicios de inspección de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social verificar el correcto cumplimiento de esta
obligación visitando las instalaciones, con un preaviso de dos días.
6. Responder de las sanciones administrativas que se le pudiesen imponer por incumplimiento de normativas locales, autonómicas, nacionales o comunitarias en todo aquello que traiga causa en la realización de la actividad del cesionario.
7. Hacer frente a los gastos de conservación y mantenimiento derivados del uso del
inmueble y de las instalaciones.
8. Correr con los gastos de luz y agua derivados de la realización de las actividades
de la Asociación.
9. Realizar un descuento del 10 por 100 para los menores del Centro de Casa de
Campo en todos los espectáculos y en todos los cursos del programa de tarde dentro del programa artístico que se desarrolla en la escuela.
10. Para los menores del Centro de Casa de Campo que se propongan con el visto
bueno de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, realizar dos
actuaciones gratis en el exterior de la carpa del espectáculo de fin de curso de los alumnos
del primer curso de Formación Profesional en el Arte del Circo de la Escuela. Esta actividad se realizará a finales de junio y durante el mes de julio.
11. La Asociación de Malabaristas pondrá su espacio a disposición de los menores
del Centro Casa de Campo con curiosidad circense, que acudan acompañados de un educador/a del centro, todos los miércoles por la tarde (de 19:00 a 21:00/21:30 horas), a excepción de festivos y períodos vacacionales, estando en todo caso sujetos a la limitación de aforo correspondiente.
12. Becar a un menor con medida de protección, contando con el visto bueno de la
Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, a participar durante todo
el año en uno de los cursos de la Escuela que se realizan por la tarde.
13. Enseñar la escuela a los menores del Centro Casa de Campo que tengan interés
en ello, contarles en qué consiste el proyecto que realizan y enseñarles las instalaciones
(siempre en horario de la escuela y sin interferir en la actividad de la misma).
14. Colaborar en la realización de actividades o en desarrollar iniciativas de calidad
en el ámbito circense para menores junto con la Dirección General de Infancia, Familia y
Fomento de la Natalidad.
Todas estas actividades serán susceptibles de ser revisadas o modificadas en cualquier
momento por la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad y de mutuo acuerdo por ambas partes, para que sea posible su realización.
15. Entregar a la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad
cualquier publicación o material de difusión que edite la Asociación, en solitario o en colaboración (revisada previamente).
16. Realizar un buen uso de los espacios ocupados por las actividades, siguiendo en
todo momento las indicaciones de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de
la Natalidad, no rompiendo en ningún caso la estética del lugar, y respetando la dinámica
propia de la instalación juvenil.

BOCM-20220913-36

Obligaciones de la Asociación de Malabaristas de Madrid