D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220913-36)
Convenio – Convenio de 30 de agosto de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación de Malabaristas de Madrid, en el entorno del centro de acogida Casa de Campo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MARTES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 218
17. Participar en todas las reuniones de programación y evaluación de actividades
convocadas por la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad en las
que participe la asociación.
Tercera
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
1. Permitir, previa solicitud a la Dirección del Centro de Casa de Campo, la colocación de las infraestructuras necesarias para la realización de sus actividades circenses (dos
carpas desmontables, un centro de documentación, oficinas, baños) en el terreno incluido
dentro de los siguientes límites: desde la vía del Metro por el Este hasta una distancia de
tres metros de la verja metálica instalada al Oeste (seto de lilos), y desde la alambrada del
fondo Norte del terreno del inmueble, hasta por el Sur, la línea que pasa desde la verja del
Metro en perpendicular con la misma, hasta el poste de teléfono, y desde el poste teléfono,
hacia el Oeste, hasta la esquina de la verja metálica antes mencionada.
2. Permitir el depósito en el inmueble de los materiales de inventario o fungibles de
la asociación necesarios para dichas actividades. La Consejería de Familia, Juventud y Política Social declina expresamente toda responsabilidad sobre la integridad de dichos materiales. La Dirección del Centro Casa de Campo podrá inspeccionar dicho material en todo
momento, con la plena colaboración de los responsables de la Asociación.
3. Permitir la exposición de materiales documentales, educativos o de sensibilización al servicio de los usuarios del albergue y de todos aquellos interesados en las actividades de la Asociación.
4. Difundir a través de la Red de Centros de Protección las convocatorias de la Asociación para sus actividades.
5. Todas aquellas correspondientes a la responsabilidad directa como propietario del
inmueble.
Cuarta
Protección del menor
La Asociación de Malabaristas de Madrid deberá solicitar a los trabajadores y voluntarios que, en ejecución del presente acuerdo de colaboración, vayan a ejercer las actividades que impliquen contacto habitual con menores, la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, en aplicación de lo establecido en el
artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y
la adolescencia frente a la violencia, como requisito para el acceso y ejercicio de cualesquiera profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de edad.
Cada trabajador o voluntario estará obligado a comunicar inmediatamente a la Asociación de Malabaristas de Madrid que ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, cuando esta sentencia se dicte con posterioridad
a la aportación de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
En estos casos, la Asociación de Malabaristas de Madrid se compromete a comunicar dicha
circunstancia a la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad.
Una vez que se aporte la citada certificación negativa, su contenido se presumirá vigente hasta que la Asociación de Malabaristas de Madrid tenga conocimiento de que cualquier miembro que, en ejecución de este acuerdo de colaboración realice actividades que
impliquen contacto habitual con menores, ha sido condenado por sentencia firme por algún
delito contra la libertad e indemnidad sexual o surjan indicios fidedignos de que ha recaído
sentencia condenatoria firme por tales delitos. En ambos casos, la Asociación de Malabaristas de Madrid, por sí o a través del interesado, deberá recabar un nuevo certificado del
Registro Central de Delincuentes Sexuales con el fin de actualizar el hasta ahora vigente.
La Asociación de Malabaristas de Madrid adoptará las medidas oportunas para apartar a todo aquel personal que, en desarrollo de las actividades del acuerdo de colaboración
tenga contacto habitual con menores de edad, sea condenado por sentencia firme por un delito contra la libertad e indemnidad sexual o surjan indicios fidedignos de que existe dicha
sentencia firme.
Quinta
Personal de la Asociación
El personal dependiente de la Asociación que desarrolle su actividad en el entorno del
Centro Casa de Campo no tendrá ninguna relación contractual con la Comunidad de Madrid
BOCM-20220913-36
Pág. 156
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 218
17. Participar en todas las reuniones de programación y evaluación de actividades
convocadas por la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad en las
que participe la asociación.
Tercera
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
1. Permitir, previa solicitud a la Dirección del Centro de Casa de Campo, la colocación de las infraestructuras necesarias para la realización de sus actividades circenses (dos
carpas desmontables, un centro de documentación, oficinas, baños) en el terreno incluido
dentro de los siguientes límites: desde la vía del Metro por el Este hasta una distancia de
tres metros de la verja metálica instalada al Oeste (seto de lilos), y desde la alambrada del
fondo Norte del terreno del inmueble, hasta por el Sur, la línea que pasa desde la verja del
Metro en perpendicular con la misma, hasta el poste de teléfono, y desde el poste teléfono,
hacia el Oeste, hasta la esquina de la verja metálica antes mencionada.
2. Permitir el depósito en el inmueble de los materiales de inventario o fungibles de
la asociación necesarios para dichas actividades. La Consejería de Familia, Juventud y Política Social declina expresamente toda responsabilidad sobre la integridad de dichos materiales. La Dirección del Centro Casa de Campo podrá inspeccionar dicho material en todo
momento, con la plena colaboración de los responsables de la Asociación.
3. Permitir la exposición de materiales documentales, educativos o de sensibilización al servicio de los usuarios del albergue y de todos aquellos interesados en las actividades de la Asociación.
4. Difundir a través de la Red de Centros de Protección las convocatorias de la Asociación para sus actividades.
5. Todas aquellas correspondientes a la responsabilidad directa como propietario del
inmueble.
Cuarta
Protección del menor
La Asociación de Malabaristas de Madrid deberá solicitar a los trabajadores y voluntarios que, en ejecución del presente acuerdo de colaboración, vayan a ejercer las actividades que impliquen contacto habitual con menores, la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, en aplicación de lo establecido en el
artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y
la adolescencia frente a la violencia, como requisito para el acceso y ejercicio de cualesquiera profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de edad.
Cada trabajador o voluntario estará obligado a comunicar inmediatamente a la Asociación de Malabaristas de Madrid que ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, cuando esta sentencia se dicte con posterioridad
a la aportación de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
En estos casos, la Asociación de Malabaristas de Madrid se compromete a comunicar dicha
circunstancia a la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad.
Una vez que se aporte la citada certificación negativa, su contenido se presumirá vigente hasta que la Asociación de Malabaristas de Madrid tenga conocimiento de que cualquier miembro que, en ejecución de este acuerdo de colaboración realice actividades que
impliquen contacto habitual con menores, ha sido condenado por sentencia firme por algún
delito contra la libertad e indemnidad sexual o surjan indicios fidedignos de que ha recaído
sentencia condenatoria firme por tales delitos. En ambos casos, la Asociación de Malabaristas de Madrid, por sí o a través del interesado, deberá recabar un nuevo certificado del
Registro Central de Delincuentes Sexuales con el fin de actualizar el hasta ahora vigente.
La Asociación de Malabaristas de Madrid adoptará las medidas oportunas para apartar a todo aquel personal que, en desarrollo de las actividades del acuerdo de colaboración
tenga contacto habitual con menores de edad, sea condenado por sentencia firme por un delito contra la libertad e indemnidad sexual o surjan indicios fidedignos de que existe dicha
sentencia firme.
Quinta
Personal de la Asociación
El personal dependiente de la Asociación que desarrolle su actividad en el entorno del
Centro Casa de Campo no tendrá ninguna relación contractual con la Comunidad de Madrid
BOCM-20220913-36
Pág. 156
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID