D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20220908-20)
Convenio –  Convenio de 24 de agosto de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia e Interior) y el Ayuntamiento de El Molar para establecer un protocolo de actuación de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil en el ámbito de la extinción de incendios y salvamento
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE SEPTIEMBRE DE 2022

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B.O.C.M. Núm. 214

das con acceso solo peatonal, o cuando el incendio se manifiesta en fachadas
distintas de la de acceso) y comprobará si esos accesos (a la finca, al portal, a
la vivienda…) están abiertos o cerrados, y si disponen de llaves.
— Identificará, en el caso de que exista más de una escalera, cuál de ellas conduce a la zona incendiada. Si se puede realizar sin riesgo, confirmará cuál es la
zona exacta del incendio (planta, escalera, letra…).
— Confirmará la existencia o no de riesgos específicos, tales como gases domésticos, balas de oxígeno… así como la situación del cuadro eléctrico de protección y mando, los cuartos técnicos y las acometidas de suministros.
— Confirmará la ocupación (existencia o no de personas, cuántas, qué limitaciones pueden tener…) y la existencia de viviendas desocupadas.
Si no ha sido trasladada ya esta información al 112, el RI-AMVPC comunicará a
la Central de Coordinación del CBCM (mediante un mensaje corto pero preciso)
el alcance de la emergencia (indicando si cree tener capacidad suficiente para resolverla con medios propios), y toda la información recopilada, objetiva y que
pueda ser de interés.
Se establecerá una zonificación primaria del lugar del siniestro que evite la entrada de personal en la zona de riesgo a la vez que se facilita la evacuación o el confinamiento de quienes pudieran hallarse dentro de la misma. Esta tarea se llevará
a cabo en estrecha colaboración con las fuerzas y cuerpos de seguridad6, sin perjuicio de las competencias que estos tengan atribuidas en el lugar de la emergencia. Específicamente,
— Deberá evacuarse toda la zona exterior del edificio, por riesgo de caída de objetos calientes producidos por el incendio.
— Deberá confinarse a los ocupantes de plantas por encima de la incendiada,
para que no se vean expuestos a los efectos del humo en el tiro de escalera. Se
les darán instrucciones claras para que no intenten evacuar.
— Deberá confinarse a los ocupantes de plantas inferiores a la incendiada para
evitar que el colapso del hueco de escalera dificulte el acceso a los equipos de
extinción. Si se observan personas saliendo del portal, o si hasta la llegada de
los recursos del CBCM se opta por la evacuación de las plantas inferiores a la
incendiada, se realizará de manera ordenada, dando instrucciones claras para
que se dirijan a un punto de reunión acordado con las FCS si están presentes.
Los voluntarios de la AMVPC evitarán el ingreso a esta zona salvo que la intervención fuera necesaria y urgente y pudieran llevarla a cabo con garantías de seguridad, conocimientos y equipamiento adecuados, estando expresamente prohibido el acceso:
— A edificaciones inundadas de humo
— A plantas por encima de la incendiada.
— A garajes, cuartos de instalaciones o trasteros ubicados bajo rasante, cuando
el incendio se esté desarrollando en alguno de esos niveles.
— A túneles o galerías de servicio potencialmente afectados por humo o fuego.
En caso de acceder a la edificación, se transitará siempre en zona libre de humos y con
visibilidad, con vigilancia permanente de la evolución del humo y asegurando que la
vía de salida es practicable, cercana y libre de humos y riesgos adicionales.
En los exteriores de las edificaciones, se evitará la exposición a la columna de
humo, buscando posiciones inferiores, y/o a favor del viento; se evitará también
la exposición a objetos que puedan caer desde niveles superiores.
Siempre en coordinación con FCS, y sin perjuicio de sus competencias, se mantendrán los accesos y la zona de trabajo despejada, procurando retirar cuanto elemento
pueda obstaculizar la llegada y posterior actuación de los recursos en camino.
Salvo instrucción en contrario de las FCS que pudieran estar presentas, y siempre
en estrecha coordinación con las mismas, se destinará si es posible un recurso de
espera y guiado a los vehículos de emergencia.
En caso de tratarse de un incendio, se localizará el hidrante más cercano, haciendo
una maniobra básica de apertura/prueba/cierre del mismo, a la vez que se identifican y estudian otras opciones de abastecimiento alternativo de agua para las autobombas.
Pautas básicas de actuación:

BOCM-20220908-20

BOCM