A) Disposiciones Generales - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20220905-1)
Plan de estudios –  Decreto 89/2022, de 31 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios de las enseñanzas conducentes a la obtención de título de Técnico Deportivo Superior en Balonmano
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 211

3. Además de los requisitos recogidos en los apartados anteriores, los centros deberán contar con las condiciones y requisitos de seguridad y responsabilidad que se detallan:
a) Servicio médico o concierto de asistencia médica de urgencia.
b) Un plan de evacuación de enfermos y accidentados.
c) El equipamiento mínimo necesario para impartir los módulos correspondientes al
bloque específico, detallados en el anexo V del Real Decreto 901/2021, de 19 de
octubre, deberá estar actualizado y en las condiciones adecuadas para garantizar
que los módulos se imparten con las condiciones de seguridad necesarias.
4. Los titulares de los centros privados deberán garantizar que las actividades formativas realizadas durante los períodos lectivos se llevan a cabo de forma segura.
Artículo 14
Oferta a distancia de los módulos de enseñanza deportiva
Los módulos de enseñanza deportiva previstos en la disposición adicional tercera del
Real Decreto 901/2021, de 19 de octubre, podrán ser impartidos a distancia con arreglo a
lo dispuesto en la Orden 2232/2019, de 1 de agosto, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se regula el régimen de enseñanza a distancia de las enseñanzas deportivas de régimen especial y el procedimiento para su autorización en centros docentes de la
Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Aplicación transitoria del Decreto 88/2005, de 22 de septiembre, y de la Orden 3694/2009,
de 28 de julio
1. En el caso de que a la entrada en vigor del presente decreto estuviera siendo impartida alguna formación deportiva del grado superior en balonmano, según lo previsto en
el Decreto 88/2005, de 22 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid los currículos y la prueba de acceso correspondientes a
las Enseñanzas Deportivas de régimen especial de la modalidad de Balonmano, así como
los requisitos mínimos que deben cumplir los centros docentes en que se impartan, dicha
formación deberá finalizar en el curso 2021-2022 de acuerdo con el currículo establecido
en el mismo y a lo indicado en el anexo III en la Orden 3694/2009, de 28 de julio, por la
que se establece para la Comunidad de Madrid la distribución horaria de las Enseñanzas
Deportivas de régimen especial de las modalidades de Atletismo, Baloncesto, Balonmano,
Deportes de Invierno, Deportes de Montaña y Escalada y Fútbol.
2. A partir del curso 2022-2023 se considerarán extinguidas las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico Superior en Balonmano derivado del Real Decreto 361/2004, de 5 de marzo, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo y
Técnico Deportivo Superior en Balonmano, se aprueban las correspondientes enseñanzas
comunes y se regulan las pruebas de acceso a estas enseñanzas.
3. El alumno que no obtenga el título correspondiente al grado superior de balonmano durante el curso 2021-2022, para continuar los estudios, se deberá incorporar a las enseñanzas reguladas en este decreto, aplicándose las convalidaciones previstas en Real Decreto 901/2021, de 19 de octubre.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA

1. En lo que respecta a las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico Deportivo Superior en Balonmano, y sin perjuicio de lo indicado en la disposición
transitoria única de este decreto, queda derogado el Decreto 88/2005, de 22 de septiembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid los currículos y la prueba de acceso correspondientes a las Enseñanzas Deportivas de régimen especial de la modalidad de Balonmano, así como los requisitos mínimos que deben cumplir
los centros docentes en que se impartan.
2. En lo que respecta a las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico Deportivo Superior en Balonmano, y sin perjuicio de lo indicado en la disposición
transitoria única de este decreto, queda derogada la Orden 3694/2009, de 28 de julio, por la

BOCM-20220905-1

Derogación normativa