A) Disposiciones Generales - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20220905-1)
Plan de estudios – Decreto 89/2022, de 31 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios de las enseñanzas conducentes a la obtención de título de Técnico Deportivo Superior en Balonmano
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 211
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 13
que se establece para la Comunidad de Madrid la distribución horaria de las Enseñanzas
Deportivas de régimen especial de las modalidades de Atletismo, Baloncesto, Balonmano,
Deportes de Invierno, Deportes de Montaña y Escalada y Fútbol.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Implantación del nuevo currículo
Las enseñanzas que se determinan en el presente decreto se implantarán a partir del comienzo del curso escolar 2022-2023.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Habilitación para el desarrollo normativo
Se autoriza al titular de la consejería competente en materia de Educación para dictar
cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo de lo dispuesto en este decreto.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
Entrada en vigor
TÍN
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 31 de agosto de 2022.
El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO
BOCM-20220905-1
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
B.O.C.M. Núm. 211
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 13
que se establece para la Comunidad de Madrid la distribución horaria de las Enseñanzas
Deportivas de régimen especial de las modalidades de Atletismo, Baloncesto, Balonmano,
Deportes de Invierno, Deportes de Montaña y Escalada y Fútbol.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Implantación del nuevo currículo
Las enseñanzas que se determinan en el presente decreto se implantarán a partir del comienzo del curso escolar 2022-2023.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Habilitación para el desarrollo normativo
Se autoriza al titular de la consejería competente en materia de Educación para dictar
cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo de lo dispuesto en este decreto.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
Entrada en vigor
TÍN
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 31 de agosto de 2022.
El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO
BOCM-20220905-1
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO