B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20220902-4)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 26 de agosto de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en el concurso-oposición para acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, convocado por Resolución de 17 de diciembre de 2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 209

a) La coordinación de los inspectores tutores, para lo cual los reunirá al menos trimestralmente.
b) La valoración final de la fase de prácticas, basada en el análisis de los siguientes
aspectos:
— Una memoria elaborada por cada funcionario en prácticas cuyo contenido se
ajustará a los criterios establecidos por la Comisión de Evaluación y que en
todo caso incluirá las actuaciones realizadas, la autoevaluación de estas y los
informes y/o estudios que, en su caso, le hubieran sido encomendados. A tal
efecto, la Comisión de Evaluación diseñará un modelo de memoria que deberá ser utilizado por todos los aspirantes.
— Un informe elaborado por el inspector tutor en el que se valoren las actuaciones propias de la actividad inspectora realizadas por el inspector en prácticas.
Asimismo, comprobará que el funcionario en prácticas posee conocimientos
y destrezas, a nivel básico, en el uso de medios informáticos. Al efecto de unificar los informes y su contenido, la Comisión de Evaluación diseñará un modelo que deberá ser utilizado por todos los inspectores tutores.
— Un informe elaborado por el inspector jefe del distrito al que haya estado adscrito el aspirante y que contará con el visto bueno del jefe del servicio de Inspección de la Dirección de Área Territorial, en el que se valoren las actuaciones propias de la actividad inspectora realizadas por el inspector en prácticas.
Al efecto de unificar los informes y su contenido, la Comisión de Evaluación
diseñará un modelo que deberá ser utilizado por todos los inspectores tutores.
c) La redacción del acta de evaluación final, que incluirá a todos los funcionarios en
prácticas con su calificación correspondiente. Una vez elaborada, será enviada a
la Dirección General de Recursos Humanos.
Octavo
Funciones del inspector tutor
Las funciones del inspector tutor serán:
— Asesorar e informar al aspirante sobre el funcionamiento de la Inspección Educativa.
— Orientar en la elaboración de los informes que realice el inspector en prácticas.
— Efectuar un seguimiento preciso del trabajo del inspector durante su período de
prácticas.
— Realizar visitas conjuntas con el aspirante en los centros educativos.
Para el desarrollo de dichas funciones, el inspector tutor mantendrá una comunicación
fluida y permanente con el funcionario en prácticas, para lo cual al menos deberá mantenerse una reunión quincenal.
Noveno
Programa de formación

Décimo
Valoración de la fase de prácticas
La valoración de la fase de prácticas será realizada por la Comisión de Evaluación, a
la vista de la memoria e informes a los que se hace alusión en el resuelve octavo, requiriendo un resultado favorable tanto del desarrollo de las funciones propias de la actividad inspectora como de la realización del programa formativo anteriormente expuesto. Su calificación se expresará en términos de “apto” o “no apto”.

BOCM-20220902-4

Tal y como se dispone en el resuelve segundo, todos los inspectores nombrados en
prácticas deberán superar un programa de formación, cuyo formato, duración, contenido
y procedimientos de evaluación serán determinados por la Subdirección General de Inspección Educativa y publicado por la Dirección General de Recursos en el portal de la Comunidad de Madrid, www.comunidad.madrid en el apartado Administración Electrónica
( https://tramita.comunidad.madrid/oferta-empleo/pruebas-selectivas-inspectores-educacion-0 ).
Se podrá consultar, a efectos meramente informativos, en el portal personal+educación ( www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), siguiendo la ruta “Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Inspectores”.