Madrid (BOCM-20220826-26)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial
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BOCM
VIERNES 26 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 203
Art. 39. Saneamiento.—En actuaciones de reurbanización, se adaptará la red existente a los criterios de los Sistemas Urbanos de Drenaje Sostenible (SUDS) descritos en la
Guía Básica de Diseño de Sistemas de Gestión Sostenible de Aguas Pluviales en Zonas
Verdes y otros Espacios Libres, editada por el Ayuntamiento de Madrid.
Art. 40. Vías públicas destinadas al tránsito de vehículos.—1. En las obras de reurbanización y mantenimiento de las calzadas, deberá propiciarse la utilización de medidas
de templado de tráfico que no impliquen un aumento de los niveles de emisión acústica.
2. La urbanización garantizará la accesibilidad universal al transporte público y a los
usos dotacionales públicos de servicios colectivos.
Art. 41. Señalización, mobiliario urbano y elementos singulares.—Se dispondrá señalización accesible de orientación en los itinerarios estructurantes.
El material de asientos y respaldos en bancos será de baja inercia térmica.
Se admite el mantenimiento de los elementos singulares existentes, en la medida que
sean compatibles con lo dispuesto en las normas.
ANEXO A LAS NORMAS URBANÍSTICAS
PREÁMBULO: OBJETO Y CARÁCTER DE ESTE ANEXO NORMATIVO
El Informe Ambiental Estratégico, emitido por la Dirección General de Sostenibilidad
y Cambio Climático de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, precisa que los condicionantes impuestos se deberán reflejar con carácter previo, en la formulación del Plan Especial de incremento y mejora de las redes públicas en
barrios de promoción pública donde proceda y en particular, de manera conveniente, en la
Normativa Urbanística propia del documento, Planos de Ordenación y Estudio Económico
del mismo.
Ese Informe establece, asimismo, que en el documento urbanístico se instrumente un
capítulo específico relativo a “Medidas Generales de Protección del Medio Ambiente” donde se asegure el cumplimiento de las medidas de carácter general y específicas propuestas
en el capítulo 10 del Documento Ambiental Estratégico presentado y las consideraciones
recogidas en su informe.
El objeto de este Anexo a las Normas Urbanísticas del Plan Especial de Incremento y
Mejora de las Redes Públicas en Barrios de Promoción Pública es dar cumplimiento a esa
exigencia.
Por otra parte, este Anexo incorpora otras aportaciones incluidas en los diferentes informes sectoriales recibidos que procede incorporar al Plan Especial con carácter normativo.
Este anexo se incorpora al Plan Especial como parte integrante de sus normas urbanísticas.
Capítulo 1
Informe Ambiental Estratégico
Artículo 1. Consideraciones a tener en cuenta para el desarrollo del Plan Especial.—Se deberán tener en cuenta para el desarrollo del Plan Especial, los siguientes condicionantes ambientales:
Se tengan presentes los objetivos de los planes con dimensión ambiental aprobados por
el Ayuntamiento de Madrid de acuerdo con el propio Documento Ambiental Estratégico del
Plan Especial, en el cual se insta a que cuando se desarrollen las actuaciones y directrices
propuestas se tengan presentes los objetivos de los planes con dimensión ambiental aprobados por el Ayuntamiento de Madrid como medida correctora prevista.
— Plan Madrid Recupera. Estrategia de Recuperación Urbana, 2016.
— Plan de Calidad del Aire y Cambio Climático (Plan A), 2017.
— Plan de Infraestructura Verde y Biodiversidad.
— Plan de Usos Sostenible de la Energía y Prevención del Cambio Climático de la
ciudad de Madrid. Horizonte (2014-2020).
— Estrategia de Sostenibilidad Ambiental Madrid 360.
— Plan de Acción en Materia de Contaminación Acústica de Madrid (2009).
— Plan de Calidad del Paisaje Urbano de la ciudad de Madrid (2010).
— Plan Movilidad Urbana Sostenible 2014 (PMUS).
BOCM-20220826-26
Pág. 126
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 203
Art. 39. Saneamiento.—En actuaciones de reurbanización, se adaptará la red existente a los criterios de los Sistemas Urbanos de Drenaje Sostenible (SUDS) descritos en la
Guía Básica de Diseño de Sistemas de Gestión Sostenible de Aguas Pluviales en Zonas
Verdes y otros Espacios Libres, editada por el Ayuntamiento de Madrid.
Art. 40. Vías públicas destinadas al tránsito de vehículos.—1. En las obras de reurbanización y mantenimiento de las calzadas, deberá propiciarse la utilización de medidas
de templado de tráfico que no impliquen un aumento de los niveles de emisión acústica.
2. La urbanización garantizará la accesibilidad universal al transporte público y a los
usos dotacionales públicos de servicios colectivos.
Art. 41. Señalización, mobiliario urbano y elementos singulares.—Se dispondrá señalización accesible de orientación en los itinerarios estructurantes.
El material de asientos y respaldos en bancos será de baja inercia térmica.
Se admite el mantenimiento de los elementos singulares existentes, en la medida que
sean compatibles con lo dispuesto en las normas.
ANEXO A LAS NORMAS URBANÍSTICAS
PREÁMBULO: OBJETO Y CARÁCTER DE ESTE ANEXO NORMATIVO
El Informe Ambiental Estratégico, emitido por la Dirección General de Sostenibilidad
y Cambio Climático de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, precisa que los condicionantes impuestos se deberán reflejar con carácter previo, en la formulación del Plan Especial de incremento y mejora de las redes públicas en
barrios de promoción pública donde proceda y en particular, de manera conveniente, en la
Normativa Urbanística propia del documento, Planos de Ordenación y Estudio Económico
del mismo.
Ese Informe establece, asimismo, que en el documento urbanístico se instrumente un
capítulo específico relativo a “Medidas Generales de Protección del Medio Ambiente” donde se asegure el cumplimiento de las medidas de carácter general y específicas propuestas
en el capítulo 10 del Documento Ambiental Estratégico presentado y las consideraciones
recogidas en su informe.
El objeto de este Anexo a las Normas Urbanísticas del Plan Especial de Incremento y
Mejora de las Redes Públicas en Barrios de Promoción Pública es dar cumplimiento a esa
exigencia.
Por otra parte, este Anexo incorpora otras aportaciones incluidas en los diferentes informes sectoriales recibidos que procede incorporar al Plan Especial con carácter normativo.
Este anexo se incorpora al Plan Especial como parte integrante de sus normas urbanísticas.
Capítulo 1
Informe Ambiental Estratégico
Artículo 1. Consideraciones a tener en cuenta para el desarrollo del Plan Especial.—Se deberán tener en cuenta para el desarrollo del Plan Especial, los siguientes condicionantes ambientales:
Se tengan presentes los objetivos de los planes con dimensión ambiental aprobados por
el Ayuntamiento de Madrid de acuerdo con el propio Documento Ambiental Estratégico del
Plan Especial, en el cual se insta a que cuando se desarrollen las actuaciones y directrices
propuestas se tengan presentes los objetivos de los planes con dimensión ambiental aprobados por el Ayuntamiento de Madrid como medida correctora prevista.
— Plan Madrid Recupera. Estrategia de Recuperación Urbana, 2016.
— Plan de Calidad del Aire y Cambio Climático (Plan A), 2017.
— Plan de Infraestructura Verde y Biodiversidad.
— Plan de Usos Sostenible de la Energía y Prevención del Cambio Climático de la
ciudad de Madrid. Horizonte (2014-2020).
— Estrategia de Sostenibilidad Ambiental Madrid 360.
— Plan de Acción en Materia de Contaminación Acústica de Madrid (2009).
— Plan de Calidad del Paisaje Urbano de la ciudad de Madrid (2010).
— Plan Movilidad Urbana Sostenible 2014 (PMUS).
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