C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20220825-6)
Plan auditorías financieras –  Orden 1293/2022, de 17 de agosto, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece el Plan de Auditorías financieras y de gestión de las federaciones deportivas madrileñas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 202

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE AGOSTO DE 2022

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evitan las modificaciones múltiples porque alteran el principio de división material del ordenamiento y perjudican el conocimiento y localización de las disposiciones modificadas.
La presente Orden es coherente con los principios de buena regulación establecidos en
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, así como en el artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24 de
marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de Madrid.
Conforme a los principios de necesidad y eficacia, se trata de una norma necesaria por
cuanto su finalidad es establecer el plan de auditorías de gestión, que permita conocer la situación de gestión y funcionamiento de las federaciones deportivas, y mantener, con ligeras modificaciones, el sistema de auditoría de cuentas vigente.
De acuerdo con el principio de proporcionalidad, se justifica esta opción por tratarse de
una disposición normativa que pretende adecuar y completar el contenido de la Orden 615/2008/00, de 30 de julio, que establece el plan de auditorías de las cuentas anuales de
las federaciones deportivas madrileñas, a lo dispuesto en el artículo 33.3 del Decreto 159/1996,
de 14 de noviembre, artículo en cuyo concreto desarrollo fue dictada la referida Orden.
El principio de seguridad jurídica queda salvaguardado con la coherencia del contenido de esta Orden con el conjunto del ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión
Europea, así como, en concreto, de la Comunidad de Madrid.
En aplicación del principio de transparencia, una vez aprobada la propuesta, será objeto de publicación en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, lo que posibilitará el acceso sencillo, universal y actualizado a la normativa en vigor y a los documentos propios de su proceso de elaboración. Asimismo, ha sido sometida al trámite de
audiencia e información públicas, garantizando la participación activa de los destinatarios.
En aplicación del principio de eficiencia, la norma reduce las cargas administrativas,
al incrementar, con respecto a la actual regulación, el importe mínimo del presupuesto de
gastos en virtud del cual deberán someterse a auditoría financiera las federaciones deportivas, pasando de 300.000 a 400.000 euros. Ello supondrá que algunas federaciones ya no estén obligadas a someterse a dicha auditoría, salvo que, cuando por circunstancias especiales, la consejería competente en materia de Deportes considere necesario este instrumento
de control y mejora de su gestión económica.
Por lo que respecta a la tramitación realizada, el proyecto de orden se ha sometido al
trámite de audiencia e información públicas en el Portal de Transparencia de la Comunidad
de Madrid, y se han recabado los informes preceptivos de las Direcciones Generales de
Igualdad, de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, Transparencia y Atención al Ciudadano y de Presupuestos, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Turismo,
Cultura y Deporte, así como de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13
de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de la disposición final primera del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, corresponde a la titular de la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte la aprobación de la presente Orden.
En su virtud, a propuesta del Director General de Deportes,
DISPONGO
Artículo 1
La presente Orden tiene por objeto establecer la obligación de presentación por las federaciones deportivas madrileñas de las cuentas anuales auditadas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, dependiente de la dirección general competente en materia de Deportes, y de sometimiento a auditorías de gestión en aquellos casos
que proceda, como instrumentos de control que coadyuven a garantizar los objetivos de
control de gastos y de optimización de funcionamiento, todo ello en el marco de las subvenciones otorgadas a las mismas.
Artículo 2
Ámbito de aplicación
1. Las federaciones deportivas madrileñas que, a partir del ejercicio de 2022 (si su
ejercicio es por año natural) o del ejercicio 2022-2023 (si su ejercicio es por temporada), ha-

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