C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20220825-4)
Plan anual inspección educativa –  Resolución de 10 de agosto de 2022, de la Viceconsejería de Organización Educativa, por la que se aprueba el Plan Anual de Actuación de la Inspección Educativa para el curso 2022-2023
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BOCM

JUEVES 25 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 202

c. Relaciones institucionales.
d. Resultados del centro.
5. Los apartados e indicadores relacionados con cada ámbito serán fijados por la Inspección Educativa que los dará a conocer previamente al director que vaya a ser evaluado.
También serán publicados en la página web de la Subdirección General de Inspección Educativa.
6. En cada uno de los ámbitos se establecen los siguientes apartados:
— Gestión y administración:
d Oferta educativa amplia y ajustada.
d Gestión de recursos humanos.
d Gestión de recursos materiales.
d Gestión de la documentación administrativa.
d Gestión de la documentación pedagógica y académica.
— Organización pedagógica:
d Aprovechamiento pedagógico de los recursos humanos y materiales.
d Dinamización de los órganos colegiados, de coordinación docente y equipos
docentes.
d Promoción y puesta en marcha de programas institucionales o de iniciativas de
formación e innovación.
d Dinamización de la atención a la diversidad.
d Fomento de la igualdad real de género.
d Impulso de la evaluación interna y planes de mejora.
— Relaciones institucionales:
d Transparencia.
d Disponibilidad para atender al alumnado y a sus familias.
d Organización de actividades complementarias y extraescolares que favorecen
la apertura y conexión del centro con el entorno.
d Colaboración con la administración educativa.
d Colaboración con otros centros educativos, empresas e instituciones.
d Grado de satisfacción de los diferentes sectores de la comunidad educativa.
— Resultados:
d Prevención del absentismo.
d Evolución del éxito escolar.
d Fomento de la convivencia y resolución de conflictos.
d Demanda de plaza escolar en el centro.
7. Para evaluar los ámbitos se establecerán niveles de valoración teniendo en cuenta
los indicadores fijados por la Inspección Educativa.
8. La metodología, técnicas e instrumentos que se empleen para la evaluación serán
fijados por la Inspección Educativa y se darán a conocer previamente al director. Entre los
instrumentos que se utilizarán para la valoración, se encontrarán el análisis de la documentación, la observación directa, cuestionarios específicos, entrevistas y reuniones.
Cuarta. Tipos de evaluación y agentes evaluadores
1. Para la evaluación de la función directiva se distinguirán dos tipos de evaluación:
la anual y la final:
a) La evaluación anual estará orientada a la mejora y perfeccionamiento del ejercicio
de la dirección. Se realizará mediante actuaciones sistemáticas recogidas en los
planes anuales de la Inspección Educativa. Será efectuada por la Inspección Educativa en cada curso escolar que no coincida con el final del mandato del director
susceptible de renovación, con el objetivo de efectuar un seguimiento, supervisión
y asesoramiento continuos. La Inspección elaborará un informe anual de evaluación al finalizar cada uno de estos cursos en el que se reflejarán los logros y aspectos susceptibles de mejora. La Inspección Educativa analizará a lo largo del siguiente curso la implementación de las medidas adoptadas y las tendrá en cuenta
en su siguiente informe de evaluación. Si se detectaran deficiencias o irregularidades en el ejercicio de la función directiva, deberán comunicarse al director lo
antes posible con el objeto de su inmediata subsanación.

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