C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20220825-4)
Plan anual inspección educativa –  Resolución de 10 de agosto de 2022, de la Viceconsejería de Organización Educativa, por la que se aprueba el Plan Anual de Actuación de la Inspección Educativa para el curso 2022-2023
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Pág. 26

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 202

Temporalización:
La actuación se desarrollará a lo largo del segundo trimestre del curso.
4.3.5. Actuación de atención preferente de supervisión de la fase de prácticas de los
inspectores seleccionados por la Resolución de 17 de diciembre de 2020, de la Dirección
General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso-oposición de acceso al
Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid:
Correspondencia con Objetivos del Plan General Plurianual de Actuación:
— Aumentar la eficiencia en la organización y en el funcionamiento de centros, programas y servicios educativos.
Objetivos de la actuación:
— Supervisar la fase de prácticas: el nombramiento de los tutores y el ejercicio de sus
funciones.
— Evaluar la labor profesional del inspector en prácticas y elevar los informes de
evaluación.
Indicadores de logro:
— Porcentaje de informes de evaluación del funcionario en prácticas sobre el total
previsto en la actuación.
— Nivel de satisfacción de los Inspectores de educación con el desarrollo de la actuación.
— Elaboración del Informe final de la Subdirección General de Inspección Educativa, elevado al Viceconsejero de Organización Educativa.
Temporalización:
La actuación se desarrollará a lo largo de todo el curso.
4.4. Actuaciones para el fomento de la educación para la convivencia, erradicación
del acoso escolar y atención socioemocional al alumnado en los centros educativos:
La Subdirección General de Inspección Educativa colaborará en el asesoramiento a los
centros y servicios educativos de la Comunidad de Madrid en situaciones de convivencia,
acoso escolar y atención socioemocional al alumnado. Para ello, cuenta con la Unidad de
convivencia y contra el acoso escolar, que en el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del
Consejo de Gobierno, tiene conferidas las funciones de planificación y desarrollo de medidas dirigidas a favorecer la convivencia en los centros docentes, así como la coordinación
de los diferentes servicios y unidades que intervienen en los conflictos de convivencia escolar y en las situaciones de acoso escolar.
El Decreto 60/2020, de 29 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el
Decreto 32/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Marco
Regulador de la Convivencia en los Centros Docentes de la Comunidad de Madrid concreta las competencias de la unidad de convivencia y contra el acoso escolar:
a) Informar y asesorar a los equipos directivos, en casos de conflictos de convivencia, acoso y ciberacoso colaborando en su análisis y valoración y, en su caso, elaborando propuestas de intervención.
b) Colaborar con los servicios territoriales de Inspección Educativa en el asesoramiento y análisis de situaciones de especial relevancia y complejidad.
c) Proporcionar materiales para la elaboración del plan de convivencia y, en especial,
para la prevención, la detección y la intervención en situaciones de acoso escolar,
la LGTBIfobia y la violencia de género en los centros educativos.
d) Colaborar con la red de formación en la detección de necesidades de acciones de
mejora de la convivencia en los centros educativos, en materia de acoso y ciberacoso y en materia de prevención y lucha contra todo tipo de discriminación, así
como promover e impulsar la formación de los agentes implicados en la detección,
prevención, intervención, análisis e investigación del acoso escolar.
e) Registrar y analizar la evolución de los casos de acoso y ciberacoso en el ámbito
escolar.
f) Participar, cuando así se le requiera, en los grupos de trabajo y comisiones que sobre el acoso escolar integren diferentes servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid y de otras administraciones.

BOCM-20220825-4

BOCM