Móstoles (BOCM-20220825-29)
Ofertas de empleo. Gerencia Municipal de Urbanismo. Bases procesos selectivos
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BOCM

JUEVES 25 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 202

Novena. Resolución del proceso selectivo
9.1. Una vez concluido el proceso de selección, el Tribunal Calificador hará pública la
relación de aspirantes por orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento nacional de identidad así como las puntuaciones obtenidas tanto en relación a los méritos de experiencia profesional como de formación, al Órgano competente para la resolución del proceso selectivo, que asimismo ordenará su publicación en el tablón de anuncios y en el apartado
de empleo público de la página web de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Móstoles.
9.2. No podrá el Tribunal proponer el acceso a la condición de personal funcionario
de carrera o de personal laboral fijo de un número superior de aprobados que el de las plazas convocadas. No obstante, cuando el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual
número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de
las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados o cuando de la
documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del
Tribunal relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento, en el caso de personal funcionario de carrera, o contratación, en el
caso de personal laboral fijo.
Décima. Presentación de documentos
10.1. Una vez se haga pública la Resolución en que se contenga la relación definitiva de aspirantes aprobados, los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo contarán con un plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación para
aportar la siguiente documentación:
— Fotocopia y original del documento nacional de identidad, o en su caso, del pasaporte o de cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad. El documento que se presente deberá encontrarse en vigor.
— En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse
de cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países
miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por
las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el que
existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su
caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
— Fotocopia y original del título exigido en las bases, o certificación académica que
acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
— Fotocopia y original de la documentación acreditativa de los méritos referidos a la
experiencia profesional y formación del concurso en los términos establecidos en
las presentes bases.
— Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante Expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
Los nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente, ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o
equivalente que les impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la
función pública.
— Documentación acreditativa de los restantes requisitos que, en su caso, pudieran
exigirse.
10.2. Conforme a lo establecido en el artículo 23.2 del Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, quienes dentro del plazo indicado en las presente bases y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del
examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las
mismas, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera o contratados como personal la-

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