Móstoles (BOCM-20220825-29)
Ofertas de empleo. Gerencia Municipal de Urbanismo. Bases procesos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 202

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE AGOSTO DE 2022

Pág. 161

Los méritos relativos a la formación del aspirante se valorarán de acuerdo con lo dispuesto en la presente base hasta un máximo de 2 puntos
Solo serán objeto de valoración los cursos, acciones formativas y titulaciones de Expertos y Máster Universitarios impartidos por Instituciones, Organizaciones Sindicales, Federación Española de Municipios y Provincias o su equivalente autonómico que hayan formado parte de los planes de formación continua de las Administraciones Públicas, y de
Universidades o Colegios Profesionales, o bien por cualquier organismo público o privado
siempre que hayan sido oficialmente reconocidos que se acrediten mediante título, certificado o diploma, hasta el máximo de puntuación que se establezca en las bases.
Quedarán excluidos de la valoración relativa a la formación los siguientes supuestos:
— La posesión de una titulación superior a la exigida ni los títulos que se exijan como
requisito para el acceso a la convocatoria.
— Aquellos cursos de formación en los que no figura la fecha de realización de los
mismos.
— Cursos de preparación para los procesos selectivos.
— Las asignaturas o seminarios que formen parte de la obtención de un título académico.
En caso de diferentes versiones o denominaciones de la actividad formativa, se tendrá
en cuenta su contenido y solo si queda acreditado que existen denominaciones similares,
pero con contenidos diferentes, se puntuaran como acciones formativas distintas.
En el caso de los cursos de ofimática e informática, se valorarán los programas de uso
general en la Gerencia Municipal de Urbanismo de Móstoles, los de igual contenido solo se
valorará el más moderno o en uso por la Gerencia. No se valorarán los sistemas operativos.
7.3. El tribunal de Selección valorará la puntuación del concurso a la vista de la documentación entregada, puntuando únicamente aquellos méritos que hayan sido relacionados en el documento de autovaloración y justificados documentalmente, otorgando un plazo de reclamaciones de diez días, cuyo resultado, una vez resueltas las mismas, se publicará
como calificación definitiva del concurso.

8.1. La calificación final del proceso selectivo vendrá dada por el resultado de la
suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes méritos establecidos en la base séptima de las presentes Bases, declarando seleccionado/a al aspirante que mayor puntuación
haya obtenido.
8.2. No podrá el Tribunal proponer el acceso a la condición de personal funcionario
de carrera o de personal laboral fijo de un número superior de aprobados que el de las plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente.
8.3. En caso de empate en la calificación final obtenida, el orden se establecerá siguiendo los criterios que se indican a continuación en el siguiente orden:
1. La mayor puntuación obtenida en el apartado a) de la base 7 relativo a experiencia
profesional, por los servicios prestados en la Gerencia Municipal de Urbanismo
de Móstoles. Si persiste el empate, la mayor experiencia en este criterio obtenida
desde el día 1 de enero de 2016.
2. De persistir el empate, se volverán a valorar los criterios expuestos en la de experiencia profesional en la Gerencia Municipal de Urbanismo de Móstoles sin límite de puntuación.
3. La mayor puntuación obtenida por los servicios prestados en el mismo cuerpo, escala, categoría o equivalente de otras Administraciones Públicas a la plaza que se
convoca.
4. La mayor puntuación obtenida en el apartado de formación.
5. Si aun aplicando las anteriores normas continuara el empate, se solventará por orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, de conformidad
con la letra que se determine en el sorteo público anual realizado por la Secretaria
de Estado para la Administración Pública a que se refiere el artículo 17 del RGI,
que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”, vigente en el momento de la
publicación de las presentes bases.

BOCM-20220825-29

Octava. Calificación del proceso selectivo