San Sebastián de los Reyes (BOCM-20220825-36)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 202

JUEVES 25 DE AGOSTO DE 2022

Pág. 175

— Secretaría: una persona funcionaria de carrera del Ayuntamiento de San Sebastián
de los Reyes, propuesto por la Concejalía-Delegada de RR. HH.
Los/las vocales miembros del Órgano de Selección deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 4, apartado e), del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio.
El Órgano de Selección se clasifica en la tercera categoría, conforme a lo establecido
en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
6.2. Recusación y abstención: los/las aspirantes podrán recusar a los miembros del
Órgano de Selección y estos/as abstenerse cuando concurran las circunstancias previstas en
los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
6.3. Actuación y constitución del Órgano de Selección: para la válida constitución
del Órgano de Selección, se requerirá la presencia de la Presidencia y de la Secretaría, o en
su caso, de quienes los sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.
El Órgano de Selección resolverá por mayoría de votos de los/las miembros presentes todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en estas bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos. Sus acuerdos sólo podrán ser impugnados
por las personas interesadas en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
El Órgano de Selección podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores/as
especialistas durante el proceso selectivo. Dichos asesores/as se limitarán a la colaboración
que, en función de sus especialidades técnicas, le solicite el Órgano de Selección, por lo que
actuarán con voz, pero sin voto.
El Órgano de Selección continuará constituido hasta que no se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.
Cuando el proceso selectivo, por razón del número de aspirantes presentados/as a las
pruebas o por otras circunstancias que así lo aconsejen, el Órgano de Selección, por medio
de su Presidencia, podrá solicitar al Servicio de Recursos Humanos la incorporación al mismo de otros personas empleadas públicas municipales, para colaborar en el desarrollo de
los procesos selectivos, bajo la dirección del citado Órgano de Selección.

El proceso selectivo de oposición constará de dos ejercicios.
Primer ejercicio:
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el Órgano de
Selección, compuesto por cuarenta preguntas, con tres respuestas alternativas y que versarán
sobre el programa que figura en el Anexo de esta convocatoria. Cada respuesta errónea penalizará con 1/3 del valor de la pregunta. El tiempo para su realización será de 60 minutos.
Con carácter previo a las calificaciones, el Órgano de Selección publicará el cuestionario y la plantilla con las respuestas correctas y la nota de corte establecida. Dicha plantilla tendrá carácter provisional y las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco
días hábiles a partir de su publicación, para formular alegaciones sobre el contenido de la
prueba y la plantilla correctora. Las citadas alegaciones serán resueltas por el Órgano de Selección.
La resolución se hará pública con la plantilla definitiva y la lista de calificaciones de
las personas aspirantes que lo hubieran superado, entendiéndose desestimadas todas aquellas alegaciones y reclamaciones que no aparezcan en la citada Resolución, sin perjuicio de
la notificación individualizada que se realice a cada una de las personas aspirantes que formularon alegaciones o reclamaciones.
Segundo ejercicio:
Consistirá en la realización de un supuesto teórico o prueba práctica, a elegir entre dos o
más propuestos por el Órgano de Selección, relacionado con las funciones propias de la plaza.
El Órgano de Selección anunciará con carácter previo el tipo de prueba, los criterios
de valoración y los elementos que se utilizarán.
El tiempo máximo de realización de la prueba será de 2 horas.
En este ejercicio se valorará fundamentalmente el conocimiento de las funciones en la
aplicación práctica.

BOCM-20220825-36

Séptima. Proceso selectivo