Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago (BOCM-20220825-27)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 202

JUEVES 25 DE AGOSTO DE 2022

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9.3. El acto que ponga fin a cada procedimiento selectivo extraordinario deberá ser
motivado. La motivación de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad
técnica en el desarrollo de su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las
normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
10. Presentación de documentos
10.1. Una vez concluido cada proceso selectivo extraordinario, y en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la relación
definitiva de aspirantes aprobados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
los aspirantes propuestos aportarán en el Ayuntamiento los documentos que a continuación
se relacionan:
a) Documento nacional de identidad o, en su caso, del pasaporte o de cualquier otro
documento acreditativo de la nacionalidad. El documento que se presente habrá
de encontrarse en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse
de cónyuges, o descendientes de cónyuges, de españoles o nacionalidades de países miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos
por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el
que existe vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y en su caso,
del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
c) Titulación: No precisa titulación.
d) Vida laboral.
e) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatuarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de Personal Laboral Fijo en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales
de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en su situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
f) Permiso de conducir tipo B.
10.2. Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Reglamento General de Ingreso
del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, quienes dentro del plazo indicado en las presente bases, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria se dedujese que
carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas, no podrán ser contratados como
funcionario, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
las que pidieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
11. Adjudicación de destino
La adjudicación del puesto de trabajo de Personal Laboral Fijo se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados en el proceso selectivo extraordinario, según el orden obtenido en el proceso selectivo, teniendo preferencia por optar el personal laboral
temporal al puesto que desempeñe con carácter previo, en caso de que obtenga plaza en el
proceso selectivo.

Una vez finalizado el proceso selectivo, no se formará lista de espera para la contratación de Personal Laboral Fijo.
13. Datos de carácter personal
La participación en el proceso selectivo extraordinario implica el consentimiento para
que los datos personales aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios y web municipal del Ayuntamiento de Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago, cuando así lo requiera la tramitación del procedimiento.

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12. Formación lista de espera