C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220823-2)
Plan inspección medioambiental – Orden 2033/2022, de 3 de agosto, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se aprueba el Plan de Inspección Medioambiental de la Comunidad de Madrid 2022-2026
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BOCM
Pág. 10
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 200
negociantes conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Directiva 2008/98/CE, y de inspecciones de los traslados de residuos y de la valorización o eliminación correspondientes.
Asimismo, en relación a la eliminación de los SANDACH, a nivel nacional se han implementado los denominados Programas de Control de SANDACH en instalaciones de digestión anaerobia, incineradoras y coincineradoras, desarrollados en el seno de la Comisión
de Coordinación en materia de Residuos del actual Ministerio con competencias ambientales. Las Comunidades Autónomas, entre ellas la Comunidad de Madrid, participan en esta
Comisión y son responsables de la comunicación de los datos obtenidos como resultado de
la aplicación de dicho Programa de Control de SANDACH.
Teniendo en consideración los antecedentes normativos expuestos, el Plan de Inspección Medioambiental establece la estrategia en materia de inspección, control y seguimiento ambiental de la Comunidad de Madrid para el período 2022-2026, siendo su objetivo el
logro de un elevado nivel de protección del medio ambiente en nuestra Región.
Se redactan para este período, por separado, los tres Planes de Inspección de carácter
ambiental en aplicación de la normativa vigente (Plan de Inspección de Autorizaciones
Ambientales Integradas 2022-2026, Plan de Inspección de Traslados Transfronterizos de
Residuos 2022-2026 y Plan de Inspección de Instalaciones de Eliminación de SANDACH 2022-2026), incluyéndose todas las actuaciones previstas en dichos Planes sectoriales en el presente Plan de Inspección Medioambiental.
El plan, tras su resumen ejecutivo e introducción, da a conocer los escenarios socioeconómicos, medioambientales y normativos, al tiempo que pone en valor la experiencia adquirida tras la elaboración y ejecución del Plan de Inspección Medioambiental de la Comunidad de Madrid 2017-2020, aprobado por Orden 1248/2017, de 28 de junio, del Consejero
de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, y modificado por
Orden 438/2017, de 18 de marzo, con el fin de cambiar la planificación de las actuaciones
previstas para el año 2020 y ampliar su vigencia al 2021, debido a la variación de la situación socioeconómica y sanitaria en la Comunidad de Madrid provocada por la COVID-19.
En el plan se desarrollan el programa de inspección ambiental y el programa de mejora continua y creación de capacidad del personal inspector y de cooperación con los agentes económicos, estableciéndose mecanismos de revisión de las tareas de planificación así
como indicadores de resultados y de calidad.
Entre las funciones atribuidas a la Dirección General de Economía Circular en el artículo 8.3.b) del Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura, le corresponden las de inspección en los términos establecidos en la normativa aplicable.
En su virtud, y a propuesta de la Dirección General de Economía Circular, de 17 de junio de 2022,
DISPONGO
Primero
Aprobar el Plan de Inspección Medioambiental de la Comunidad de Madrid para el período 2022-2026, cuyo contenido se incluye en el Anexo de esta Orden.
Segundo
Ordenar la publicación de la presente Orden y su Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Adoptar cuantas otras medidas sean necesarias para la difusión del contenido del presente Plan.
Madrid, a 3 de agosto de 2022.
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN
BOCM-20220823-2
Tercero
Pág. 10
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 200
negociantes conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Directiva 2008/98/CE, y de inspecciones de los traslados de residuos y de la valorización o eliminación correspondientes.
Asimismo, en relación a la eliminación de los SANDACH, a nivel nacional se han implementado los denominados Programas de Control de SANDACH en instalaciones de digestión anaerobia, incineradoras y coincineradoras, desarrollados en el seno de la Comisión
de Coordinación en materia de Residuos del actual Ministerio con competencias ambientales. Las Comunidades Autónomas, entre ellas la Comunidad de Madrid, participan en esta
Comisión y son responsables de la comunicación de los datos obtenidos como resultado de
la aplicación de dicho Programa de Control de SANDACH.
Teniendo en consideración los antecedentes normativos expuestos, el Plan de Inspección Medioambiental establece la estrategia en materia de inspección, control y seguimiento ambiental de la Comunidad de Madrid para el período 2022-2026, siendo su objetivo el
logro de un elevado nivel de protección del medio ambiente en nuestra Región.
Se redactan para este período, por separado, los tres Planes de Inspección de carácter
ambiental en aplicación de la normativa vigente (Plan de Inspección de Autorizaciones
Ambientales Integradas 2022-2026, Plan de Inspección de Traslados Transfronterizos de
Residuos 2022-2026 y Plan de Inspección de Instalaciones de Eliminación de SANDACH 2022-2026), incluyéndose todas las actuaciones previstas en dichos Planes sectoriales en el presente Plan de Inspección Medioambiental.
El plan, tras su resumen ejecutivo e introducción, da a conocer los escenarios socioeconómicos, medioambientales y normativos, al tiempo que pone en valor la experiencia adquirida tras la elaboración y ejecución del Plan de Inspección Medioambiental de la Comunidad de Madrid 2017-2020, aprobado por Orden 1248/2017, de 28 de junio, del Consejero
de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, y modificado por
Orden 438/2017, de 18 de marzo, con el fin de cambiar la planificación de las actuaciones
previstas para el año 2020 y ampliar su vigencia al 2021, debido a la variación de la situación socioeconómica y sanitaria en la Comunidad de Madrid provocada por la COVID-19.
En el plan se desarrollan el programa de inspección ambiental y el programa de mejora continua y creación de capacidad del personal inspector y de cooperación con los agentes económicos, estableciéndose mecanismos de revisión de las tareas de planificación así
como indicadores de resultados y de calidad.
Entre las funciones atribuidas a la Dirección General de Economía Circular en el artículo 8.3.b) del Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura, le corresponden las de inspección en los términos establecidos en la normativa aplicable.
En su virtud, y a propuesta de la Dirección General de Economía Circular, de 17 de junio de 2022,
DISPONGO
Primero
Aprobar el Plan de Inspección Medioambiental de la Comunidad de Madrid para el período 2022-2026, cuyo contenido se incluye en el Anexo de esta Orden.
Segundo
Ordenar la publicación de la presente Orden y su Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Adoptar cuantas otras medidas sean necesarias para la difusión del contenido del presente Plan.
Madrid, a 3 de agosto de 2022.
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN
BOCM-20220823-2
Tercero