D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN - AGENCIA PARA LA ADMINISTRACIÓN DIGITAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM-20220823-11)
Formalización encargo apoyo contratación – Resolución de 3 de agosto de 2022, de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” de la formalización del encargo para la ejecución de actuaciones de apoyo administrativo y técnico a la gestión, tramitación y seguimiento de los contratos competencia de Madrid Digital. ECON/000169/2022
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 80
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 200
TRAGSATEC velará porque los trabajadores adscritos al encargo desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de las actividades detalladas en el presente documento.
Sexta
Subcontratación
La empresa TRAGSATEC deberá ejecutar directamente las actividades encomendadas, no pudiendo subcontratar con terceros la realización total o parcial de las mismas.
Séptima
Responsables de la actuación
Madrid Digital designará un Director Facultativo o responsable con la finalidad de dirigir y supervisar la actuación realizada por parte de TRAGSATEC.
El Director Facultativo se encargará de:
a) Realizar el seguimiento y control de la ejecución de las actividades.
b) Aceptar, si procede, el grado de avance de los trabajos realizados en el período correspondiente.
c) Validar la facturación de acuerdo al grado de avance de los trabajos.
Por su parte, TRAGSATEC designará al menos un Coordinador Técnico o responsable integrado en su propia plantilla, que asumirá las siguientes labores:
a) Actuar como interlocutor de TRAGSATEC frente a Madrid Digital, canalizando
la comunicación entre el personal de TRAGSATEC adscrito al encargo y esta
Agencia en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución de los trabajos.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de su ejecución e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio encargado.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de
trabajo de todas las funciones que tienen encomendadas y controlar la asistencia
del personal al puesto de trabajo.
d) Organizar las vacaciones del personal adscrito al encargo, coordinándose con
Madrid Digital, con el fin de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
e) Informar a Madrid Digital acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes,
en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del encargo.
Octava
Madrid Digital asume la supervisión, control y aprobación de los trabajos objeto de encargo, así como las correcciones que se estimen oportunas y, en particular, las siguientes
funciones:
a) Dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se
integre la concreta actividad material objeto del encargo.
b) Resolver de forma ejecutiva las controversias y los problemas de interpretación y
cumplimiento que se deriven del presente encargo, así como concretar las actuaciones a realizar.
c) Modificar las actuaciones a realizar cuando resulte necesario para la mejor realización del objeto del encargo y siempre que no supongan la alteración sustancial del
mismo, en los términos legalmente previstos. Esta modificación precisará resolución de Madrid Digital, previa instrucción del correspondiente expediente.
d) Realizar el seguimiento de la gestión y ejecución de las actuaciones previstas.
e) Velar por el adecuado cumplimiento del objeto del presente encargo, autorizando,
en su caso, las alteraciones en actividades encargadas que mejoren el cumplimiento del mismo.
f) Aprobar las justificaciones de los costes presentados por TRAGSATEC correspondientes a la realización de las actividades encargadas.
Por su parte, TRAGSATEC proporcionará el apoyo necesario para la consecución de
los objetivos planteados, de conformidad con las prescripciones detalladas en el Anexo I de
BOCM-20220823-11
Derechos y obligaciones de las partes
Pág. 80
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 200
TRAGSATEC velará porque los trabajadores adscritos al encargo desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de las actividades detalladas en el presente documento.
Sexta
Subcontratación
La empresa TRAGSATEC deberá ejecutar directamente las actividades encomendadas, no pudiendo subcontratar con terceros la realización total o parcial de las mismas.
Séptima
Responsables de la actuación
Madrid Digital designará un Director Facultativo o responsable con la finalidad de dirigir y supervisar la actuación realizada por parte de TRAGSATEC.
El Director Facultativo se encargará de:
a) Realizar el seguimiento y control de la ejecución de las actividades.
b) Aceptar, si procede, el grado de avance de los trabajos realizados en el período correspondiente.
c) Validar la facturación de acuerdo al grado de avance de los trabajos.
Por su parte, TRAGSATEC designará al menos un Coordinador Técnico o responsable integrado en su propia plantilla, que asumirá las siguientes labores:
a) Actuar como interlocutor de TRAGSATEC frente a Madrid Digital, canalizando
la comunicación entre el personal de TRAGSATEC adscrito al encargo y esta
Agencia en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución de los trabajos.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de su ejecución e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio encargado.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de
trabajo de todas las funciones que tienen encomendadas y controlar la asistencia
del personal al puesto de trabajo.
d) Organizar las vacaciones del personal adscrito al encargo, coordinándose con
Madrid Digital, con el fin de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
e) Informar a Madrid Digital acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes,
en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del encargo.
Octava
Madrid Digital asume la supervisión, control y aprobación de los trabajos objeto de encargo, así como las correcciones que se estimen oportunas y, en particular, las siguientes
funciones:
a) Dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se
integre la concreta actividad material objeto del encargo.
b) Resolver de forma ejecutiva las controversias y los problemas de interpretación y
cumplimiento que se deriven del presente encargo, así como concretar las actuaciones a realizar.
c) Modificar las actuaciones a realizar cuando resulte necesario para la mejor realización del objeto del encargo y siempre que no supongan la alteración sustancial del
mismo, en los términos legalmente previstos. Esta modificación precisará resolución de Madrid Digital, previa instrucción del correspondiente expediente.
d) Realizar el seguimiento de la gestión y ejecución de las actuaciones previstas.
e) Velar por el adecuado cumplimiento del objeto del presente encargo, autorizando,
en su caso, las alteraciones en actividades encargadas que mejoren el cumplimiento del mismo.
f) Aprobar las justificaciones de los costes presentados por TRAGSATEC correspondientes a la realización de las actividades encargadas.
Por su parte, TRAGSATEC proporcionará el apoyo necesario para la consecución de
los objetivos planteados, de conformidad con las prescripciones detalladas en el Anexo I de
BOCM-20220823-11
Derechos y obligaciones de las partes