D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN - AGENCIA PARA LA ADMINISTRACIÓN DIGITAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM-20220823-11)
Formalización encargo apoyo contratación –  Resolución de 3 de agosto de 2022, de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” de la formalización del encargo para la ejecución de actuaciones de apoyo administrativo y técnico a la gestión, tramitación y seguimiento de los contratos competencia de Madrid Digital. ECON/000169/2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 200

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE AGOSTO DE 2022

Pág. 79

CLÁUSULAS
Primera
Ámbito de aplicación subjetivo
El encargo a TRAGSATEC tiene naturaleza instrumental y no contractual, por lo que,
a todos los efectos se constituye una relación de carácter interno, dependiente y subordinada. Este encargo se ha de llevar a cabo conforme a las directrices e instrucciones que fija
Madrid Digital, actuando TRAGSATEC en esta relación como medio propio.
Segunda
Objeto del encargo
El objeto de este encargo es la ejecución de actuaciones de apoyo administrativo y técnico a la gestión, tramitación y seguimiento de los contratos competencia de Madrid Digital.
Conforme a las directrices establecidas por Madrid Digital, las actuaciones que
TRAGSATEC llevará a cabo son las descritas en el Anexo I de esta resolución.
Tercera
Lugar de trabajo
Por razones de operatividad y eficacia y con excepción de las actuaciones que corresponda realizar al personal de coordinación en oficinas de TRAGSATEC, las restantes descritas en el mencionado Anexo I se prestarán en la sede de Madrid Digital ubicadas en la
calle de Embajadores, 181, de Madrid.
Cuarta
Medios materiales e informáticos
Salvo el del personal de coordinación en oficinas de TRAGSATEC, Madrid Digital
proporcionará todos los medios informáticos y materiales necesarios para la realización de
las actividades objeto de este encargo y facilitará el acceso a aquellas aplicaciones informáticas que, por motivos de eficiencia en el desarrollo del trabajo, deba emplear el personal
de TRAGSATEC.
Quinta
TRAGSATEC pondrá a disposición de esta prestación el personal necesario para desarrollar correctamente los trabajos programados. Este personal, en ningún caso, actuará en
el ejercicio de competencias atribuidas a Madrid Digital, sino en apoyo de las mismas.
Corresponde exclusivamente a TRAGSATEC la selección del personal que forme parte
del equipo de trabajo adscrito al presente encargo, de acuerdo con lo previsto en el anexo I,
sin perjuicio de la posibilidad por parte de Madrid Digital de comprobar que las personas
incluidas finalmente en el equipo de trabajo cumplen con las condiciones previstas en este
encargo.
El personal adscrito a los trabajos dependerá exclusivamente de TRAGSATEC, que
asume la obligación de ejercer el poder de dirección, de modo real, efectivo y continuo, sobre dicho personal, ocupándose, en particular, de la negociación y pago de salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en caso de
baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono
de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales y del ejercicio de la potestad disciplinaria.
TRAGSATEC responderá de cuantas obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y
desarrollan esta relación, sin que pueda repercutir contra Madrid Digital ninguna carga o
responsabilidad resultante de su actividad o incumplimiento.
TRAGSATEC procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no
alterar el buen funcionamiento del servicio objeto del encargo, informando en todo momento a Madrid Digital.

BOCM-20220823-11

Medios personales