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Convenio –  Convenio de 22 de junio de 2022, entre la Comunidad de Madrid a través de la Agencia de Vivienda Social y el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, para el realojo y la integración social de las familias del núcleo chabolista de la Cañada Real Galiana, Sectores 4 y 5 del término municipal de Rivas-Vaciamadrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 200

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE AGOSTO DE 2022

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Para proceder al realojo de las familias, la Agencia de Vivienda Social tramitará los
correspondientes expedientes administrativos sociales que contendrá n, al menos, los siguientes documentos:
1. Solicitud de realojamiento firmada por los titulares. Se adjunta el modelo de solicitud como anexo II.
El plazo de presentación de las solicitudes será de dos años desde la publicación de este
Convenio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
2. Fotocopia del DNI, pasaporte o NIE, en vigor, de todos los miembros de la unidad familiar.
3. Certificado de nacimiento en España o, en su caso, certificado del país de origen
traducido al español con la apostilla de traductores oficiales.
4. Fotocopia del Libro de Familia.
5. Fotocopia de la tarjeta de asistencia sanitaria.
6. Certificado de empadronamiento, con el fin de acreditar la residencia y antigüedad
dentro del ámbito del asentamiento antes del 31 de diciembre de 2011. No obstante, en
los casos en los que no quede suficientemente acreditado mediante el empadronamiento, la
Comisión de Seguimiento podrá acordar qué documentación puede complementar la información del padrón, a los efectos de acreditar la residencia y antigüedad en el asentamiento.
7. Informe social razonado sobre la necesidad y oportunidad de la vivienda, elaborado por los Servicios Sociales del municipio de Rivas Vaciamadrid en el que se priorizará la
familia por su vulnerabilidad y situación social estableciendo su orden de prelación en la
adjudicación, caso de cumplir los requisitos establecidos en este convenio.
8. Informe social razonado sobre la necesidad y oportunidad de la vivienda, elaborado por los trabajadores sociales de la Agencia de Vivienda Social, incluyendo las características sociales y económicas de la familia solicitante.
9. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto
sobre el Patrimonio o certificados tributarios del ejercicio anterior a la solicitud de realojo
y/o cuanta documentación se estime necesaria para acreditar la situación económica y patrimonial de los solicitantes.
10. Cualquier otra documentación que se estime pertinente para acreditar el cumplimiento de los requisitos. La idoneidad de esta documentación complementaria tendrá que
ser previamente establecida por la Comisión de Seguimiento.
11. Número de expediente a asignar por la Agencia de Vivienda Social.
En todo caso se tendrán en cuenta las previsiones contenidas en el artículo 28 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, respecto a los documentos que deban aportar los interesados.
Quinta
La Comunidad de Madrid, a través de la Agencia de Vivienda Social, se compromete a:
— Iniciar y tramitar los expedientes administrativos sociales de realojo, conforme a
los criterios establecidos en el presente Convenio. Los expedientes serán informados por la Comisión de Seguimiento, con carácter previo a la resolución que dicte el órgano competente de la Agencia.
La Comisión de Seguimiento establecerá los modelos de notificación que correspondan a cada uno de los actos cuya propuesta informa, con carácter previo a la
resolución del órgano competente. En todo caso, la notificación se ajustará a lo
dispuesto por el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y deberá contener el
texto íntegro de la resolución, con indicación de si pone o no fin a la vía administrativa, garantizando la adecuada identificación del órgano que dicta la resolución,
junto con el régimen de recursos aplicable, el plazo para interponerlos y la incorporación del informe de la Comisión de Seguimiento suscrito por un miembro en
representación de cada una de las Administraciones, dejando constancia de la participación del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid en el proceso de realojo. Se
adjunta el modelo de informe como Anexo III.
— Realizar las aportaciones económicas en los términos establecidos en el presente
Convenio.
— Preparar a todas las familias incluidas dentro de ámbito del presente Convenio,
para el futuro realojo en vivienda a través del trabajo continuado en el propio ám-

BOCM-20220823-5

Obligaciones de la Comunidad de Madrid